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Sep 24, 2020 15 tweets 8 min read Read on X
La consulta de @lopezobrador_ es inconstitucional, dice el proyecto que discutirá la @SCJN.

¿Por qué razones?

El ponente es contundente:

Porque la Constitución prohíbe que sean objeto de consulta los derechos humanos y sus garantías.

Sigue el 🧵...

elsoldemexico.com.mx/mexico/politic…
La conclusión del proyecto es clarísima:

La consulta de @lopezobrador_ conlleva una restricción a derechos y un afectación a sus garantías para su protección, pues condiciona su efectividad y ejecución al resultado de la consulta, con lo que se desnaturaliza su propósito y fin.
Veamos ahora, los argumentos puntuales del ponente, el ministro Aguilar.

¿Por qué la consulta es una restricción a derechos y a sus garantías?
(1) Hay una restricción de derechos en la medida en que su eficacia y validez está se condicional al resultado de la consulta popular de @lopezobrador_.

Proteger derechos humanos es obligación de toda autoridad.

Las mayorías no pueden decidir si se cumplen o no esta obligación.
(2) La consulta de @lopezobrador_ restringe el derecho de acceso a la justicia y la obtención de medidas de restauración y reparación para las víctimas.

Su efecto podría ser un perdón o amnistía por delitos de lesa humanidad, que son imprescriptibles y que afectan a todos.
Con esto se vulneraría, además, los derechos de acceso a la justicia, especialmente de las víctimas.

El Estado mexicano incumpliría con sus compromisos internacionales, demoraría el acceso a la justicia de las víctimas y dificultaría la posibilidad de acceder a la verdad.
(3) La consulta de @lopezobrador_ también violaría la presunción de inocencia y el debido proceso.

La exposición mediática de los expresidentes como culpables violaría el derecho de toda persona a ser tratada como inocente hasta que se declare su culpabilidad mediante sentencia.
Y sí: el proyecto de Aguilar sí echa mano conceptualmente del "efecto corruptor", acuñado nada más y nada menos que en una sentencia del hoy ministro presidente Zaldívar.

👇
(4) La consulta de @lopezobrador_, asimismo, restringe las garantías necesarias para la protección de los derechos humanos, en la medida en que podría afectar las funciones constitucionales de procuración e impartición de justicia.
(5) La consulta de @lopezobrador_ , finalmente, viola el principio constitucional de igualdad.

No se justifica que sólo a algunas personas (y no a todas) se les someta al escrutinio público para determinar si se les investiga y sanciona penalmente.
Y aquí el cierre del proyecto.

Las razones (1) a (5) son razones independientes y suficientes para concluir la inconstitucionalidad de la consulta de @lopezobrador_.

Pero, visto el conjunto, estamos frente a un "concierto de inconstitucionalidades".

(Nada qué agregar).
Termino con algunas reflexiones a partir del proyecto de Aguilar.

La @SCJN tiene un caso (muy) sencillo en términos jurídicos.

Si se toma en serio la Constitución, el resultado debe ser 11 vs. 0 a favor de la inconstitucionalidad de la consulta de @lopezobrador_.
Pero, políticamente, el caso es complicadísimo.

La consulta a los expresidentes es la nueva cortina de humo de @lopezobrador_.

Él sabe, o debería saber, que es inviable.

Pero con con ella busca desviar la discusión de lo relevante y posicionarse electoralmente para el 2021.
Las y los ministros están obligados a demostrar su independencia e imparcialidad respecto del poder presidencial.

Cualquier votación diferente 11 vs. 0 mandaría una terrible señal en términos de autonomía.

La @SCJN se está jugado, en suma, su credibilidad y legitimidad.
*la restricción a os derechos humanos y sus garantías.

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Mar 3, 2023
En la mañanera de hoy, @lopezobrador_ criticó esta radiografía del #PlanB:

📘

Exigió, además, que le dijéramos cuando antes en el @IIJUNAM se criticó a las reformas del “periodo neoliberal”.

Va un 🧵… —a ver si así sí se entera el Presidente—. https://t.co/Sp7DTDgb1Y https://t.co/nwLAHUY7kYbit.ly/RadiografiaPla…
twitter.com/i/web/status/1…

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En 2009, en pleno sexenio de Calderón, el @IIJUNAM publicó:

📙"Democracia sin garantes" ().

Ahí, un grupo de académicos criticó duramente que no se respetara la reforma electoral de 2007-2008 —esa reforma que recogió tantas demandas del obradorismo—. https://t.co/GoobOfUikFru.juridicas.unam.mx/xmlui/handle/1…


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Ese mismo año —insisto, en pleno sexenio de @FelipeCalderon— el @IIJUNAM también publicó:

📕 "Nuevos escenarios del derecho electoral" ().

Ahí, de nuevo, un grupo de personas investigadoras analizó, con ojo crítico, la reforma electoral de 2007-2008. https://t.co/FYvuuFAlpdbiblio.juridicas.unam.mx/bjv/detalle-li…


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Mar 2, 2023
La espera ha terminado.

El #PlanB se publicó hoy y desde hoy tendrá consecuencias.

Para entender los alcances y problemas de la #ReformaElectoral, en el @IIJUNAM elaboramos esta radiografía.

Abro 🧵 para explicar los capíutulos del libro: 📕🔽

juridicas.unam.mx/publicaciones/…
1/

Primero, @MarvanMaria y yo explicamos el contexto del #PlanB y los objetivos de la opinión técnica.

En total, tenemos 24 capítulos, que abordan desde el proceso legislativo de la reforma electoral, hasta las vías judiciales para para impugnarla.

📕bit.ly/RadiografiaPla…
2/

Luego, @khemvirg ofrece un detallado análisis sobre el camino legislativo del #PlanB.

Se trató, como nos explica, de un proceso que no permitió la apertura al escrutinio y participación del público, ni cumplió con los estándares de transparencia.

📕bit.ly/RadiografiaPla…
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Jul 8, 2021
El @IIJUNAM y el @CIDE_MX acaban de publicar «Ni tribunal ni electoral», que coordinamos @garza_onofre y yo.

Doce autoras y doce autores analizamos algunas de las principales (y más lamentables) decisiones del @TEPJF_informa.

Abro 🧵 sobre los textos:👇

biblio.juridicas.unam.mx/bjv/detalle-li…
Pedro Salazar Ugarte y @slayllon sintetizan lo que hemos visto en el @TEPJF_informa desde la designación de 2016 y el propósito del libro:

"[P]oner en evidencia cómo la lógica política ha ido ganando paulatinamente la batalla a la racionalidad jurídica".

archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros… ImageImage
La gran @magalonik nos recuerda que estamos frente al problema de siempre del TE:

"El déficit de la calidad de las sentencias [...] no tiene sólo que ver con los casos más relevantes o politizados, sino que, lamentablemente, es un fenómeno transversal".

archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros… ImageImage
Read 26 tweets
Apr 9, 2021
El @TEPJF_informa podría revivir mañana la candidatura de Salgado Macedonio.

El proyecto de sentencia confirma que Salgado incumplió con la ley, pero regresa el asunto al @INEMexico para que decida si cancela su candidatura o impone otra sanción.

Abro 🧵con detalles del caso.
Lo primero que habría que destacar es que el proyecto del @TEPJF_informa sólo le da parcialmente la razón a Salgado.

Entre otras cosas, se confirmaría que Salgado Macedonio:

1) Sí fue precandidato (aunque él lo niegue).

2) Incumplió la obligación legal de presentar su informe.
Aunque Salgado violó la ley, el proyecto alega que el @INEMexico realizó una incorrecta interpretación del art. 229 de la LGIPE.

El INE, según esto, podía imponer otras sanciones y no sólo la cancelación.

Pero esto es harto discutible: juzguen ustedes la redacción del 229: 👇
Read 14 tweets
Feb 28, 2021
La resolución de la @CNHJ_Morena en el caso de Félix Salgado Macedonio es un monumento a la simulación y incongruencia.

La comisión se fue por la tangente: no hizo una investigación seria y ordenó una reposición que carece de fundamento y que nada resuelve.

Abro 🧵con detalles.
Comencemos con lo más básico.

Todo esto inició con el escrito de una de las presuntas víctimas de Salgado, quien pidió rendir testimonio.

La @CNHJ_Morena inició un "procedimiento sancionador de oficio", a partir de las facultades que le da el art. 49, inciso e) del Estatuto.
¿Y qué dice el art. 49.e del Estatuto?

Que la @CNHJ_Morena tiene la facultad de "[a]ctuar de oficio en caso de flagrancia y evidencia pública de violación a la normatividad por algún o alguna protagonista del cambio verdadero".

Ojo: en caso de flagrancia y evidencia pública.
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Oct 5, 2020
El proyecto del @TEPJF_informa que busca anular la encuesta de Morena es una aberración jurídica.

Alega que el @INEMexico no reguló bien la encuesta.

Pero olvida que:

1) La regulación la definió principalmente el TEPJF.

2) EL INE sí fijó reglas que ya no es posible impugnar.
Dicho de otro modo:

1) Si hubo omisiones en la regulación, esto es responsabilidad del propio @TEPJF_informa. El @INEMexico sólo acató lo que el TEPJF dijo.

2) Las reglas que fijó el INE ya están firmes, sea porque no se impugnaron o porque el TEPJF las confirmó.
3) La argumentación de @FFuentesBarrera, además, es ridícula.

No tiene idea de cómo funcionan las encuestas y pide lo imposible.

Dice que sólo se debía medir el reconocimiento de los candidatos y las preferencias de la militancia, sino identificar "a los más idóneos" (WTM). ImageImage
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