(2) Normalmente suelo coincidir con Pérez Royo. En este caso no coincido en su análisis.
Pérez Royo parte de un axioma incorrecto. Supone que en un estado independiente se mantiene el mismo derecho ciudadano de participación.
(3) Cuando te independizas tienes soberanía para decidir las normas del censo.
Históricamente cuando una colonia se independiza pone condiciones a los colonos. No necesariamente pasan a ser ciudadanos nacionales con derecho a voto.
(4) Eso da un cambio radical a la relación de fuerzas.
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(1) Se tiene la idea de que la UE no moverá ni un dedo a favor de Catalunya. Que no hará ni un gesto.
La cuestión es que, si la UE no mueve un dedo y Catalunya consigue la independencia a pesar de todo, Catalunya tiene las manos libres para decidir su futuro dentro de Europa.
(2) No sería lógico que Catalunya pidiera su ingreso en una organización que le ha hecho la cama.
Catalunya puede integrarse en la EFTA y tener todos los beneficios del mercado único europeo.
(3) Tengamos en cuenta que si Catalunya consigue su independencia por sus propios medios, la deuda soberana de España se la queda España y eso sí que sería el problema definitivo para la UE.
(1) Churras y merinas.
Vale las dos son ovejas. Pero que tendrá que ver un queso con una camisa!!!
(2) En las redes se está desarrollando un debate, que su origen está en el intento de comparar a nivel de efectividad práctica, las resoluciones de la justicia europea (ovejas) con los casos Junqueras (churras) y Torra (merinas).
(3) El caso Junqueras es una prejudicial.
El caso Torra es una resolución en última instancia nacional.
Los procedimientos judiciales empiezan en A y terminan en Z.
(1) Si la Justícia Europea restitueix a l'MHP Torra i la Justícia Espanyola no reconeix la restitució, podria donar-se el cas que la presidenta de la Comissió Europea visités, en missió oficial a Palau i faci lliurament a l'MHP Torra dels diners dels fons europeus.
(2) A això se l'anomena coacció del executiu europeu.
P.D.: (1)
Vale, me parece que al ser tan extremista la idea, no se ha entendido el fondo.
Reformulo a un nivel más bajo…
(1) Para los que no entiendan la diferencia entre desobedecer una resolución administrativa (no es delito y se sanciona con una multa administrativa –Caso P. Sánchez-) y desobedecer una resolución judicial (es delito).
¿Qué resolución judicial ha desobedecido el MHP Torra?
👇👇
(1) Después de la primera lectura de la sentencia del TS sobre el caso del MHP Torra, me han venido a la memoria un articulo de @elisabeni que definía la calidad del TS. La cuestión es que el TS no ha sabido rebatir ninguno de los argumentos de la defensa.
Es un copia y pega.
(2) Es un ejercicio de la manera tan especial que hay en España de interpretar el derecho europeo.
Ha sido un puro trámite.
La cuestión es queda totalmente intacta la defensa de cara a la justicia al norte de los Pirineos.
La justicia española no da más de si.
(3) Y eso, como previsible, está en las carpetas de @boye_g.