@jljcolorado@drMSupervia Existe y es de aplicación. Este mismo #RD486_1997 exigía una obligación d 30m3/h x persona (algo superior a calidad IDA3) como valor mínimo ventilación en espacios de trabajo. La actualización normativa lo evoluciona a referencia #RITE@aireamos#CovidCO2
@jljcolorado@drMSupervia@aireamos La propia guía del @insst publicada en 2016 indica la actualización de los valores de referencia #RD486_97 a los del RD 1027/2007 (y posteriores) que nos lleva a asegurar 12.5 l/s. persona en espacios de trabajo (IDA 2)<900 ppmCO2
@jljcolorado@drMSupervia@aireamos@insst Por tanto, podemos establecer q es exigible ventilación filtrada, continua y controlada en todos los espacios de trabajo actuales, a la vez q se deben garantizar de compatibles las condiciones térmicas mínimas (al menos por debajo de 900ppm) #CovidCO2@aireamos
El #RD486_97, el cual se aplica en estos locales, establece en su Artículo 7 la necesidad de asegurar unas condiciones ambientales adecuadas:
Junto con la necesidad de establecer una franja térmica de 17 a 27 ºC (Anexo III), se exige la obligación d 30m3/h.persona (algo superior a calidad IDA3) como valor mínimo ventilación #espacios_trabajo.