De acuerdo a procedimiento, la Cámara de Diputados turnó a la Cámara de Senadores la propuesta de reforma a la Ley de Industria Eléctrica.
¿Qué sigue ahora? ¿Tiene futuro realmente? Resumen de un escenario altamente probable.
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1) Al ser una iniciativa preferente, los Senadores tienen 30 días para realizar su dictamen y votar.
Se necesitan 65 votos para aprobar. Morena (64) y PT (6) suman 70. La oposición, incluyendo en este caso el Verde, suma 57. Además hay un independiente.
2) Si bien la mayoría de Morena no es abrumadora, como en la Cámara de Diputados, pero es de esperarse que la iniciativa se apruebe.
3) Una vez que se apruebe, las autoridades del sector tendrán 180 días naturales para implementar los lineamientos, manuales y demás regulación secundaria.
Esto es relevante porque determinará la fecha en que se consolide lo que en derecho se llama el "acto reclamado".
4) Las empresas perjudicadas basicamente tendrán dos vías para buscar la defensa de sus derechos, ya sea por juicio de amparo indirecto ante juzgado de distrito, o protección por Tratados Comerciales Internacionales.
No se puede implementar ambas al mismo tiempo.
5) Si fuera por vía de amparo, es de esperarse que la RESOLUCIÓN sea FAVORABLE A LAS EMPRESAS, que el asunto escale al tribunal colegiado y termine en la Suprema Corte.
Todos sabemos lo que la Suprema Corte ya opinó sobre la Política de Confiabilidad de @rocionahle.
6) Si fuera por Tratado Internacional, también es de esperarse que la RESOLUCIÓN sea FAVORABLE A LAS EMPRESAS.
Pero hay una diferencia: el fallo de una corte internacional no detendría la aplicación de la Ley, y solamente obligaría al gobierno a resarcir por daños y perjuicios.
En conclusión, aunque la iniciativa de @lopezobrador_ se vaya a aprobar, él perderá de una u otra manera en tribunales, perderá México por el periodo de incertidumbre juridica que se provocará, y perderá el ciudadano quien inevitablemente verá el costo de la energia incrementarse
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Hoy a las 11:00am en el pleno de la Cámara de Diputados se dará el primer paso hacia la destrucción de una Reforma Energética que costó mucho construir.
Aquí el histórico de cómo llegamos hasta aquí.
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El sector comenzó a abrirse en 1992. En la gestión de Carlos Salinas se modificó la Ley del Servicio Público de Energía. Creó algunos esquemas de participación privada y también a la @CRE_Mexico
El cambio a la Ley fue controversial pues evadió modificar la Constitución.
UN DATO: en USA el sector también se abrió en 1992. Ese año se publicó el Energy Policy Act creando al regulador (@FERC) e instruyendo el acceso abierto a las líneas de transmisión.
Ellos abrieron el sector con un solo paso pero contundente; En México nos tardariamos 22 años.
1) el Capítulo 22 Art 22.4 (2)(d) establece que las empresas “no utilizarán su posición monopólica, directa o indirectamente... para incurrir en prácticas anticompetitivas que afecten negativamente el comercio o la inversión”
2) el Capítulo 32 Art 32.11 establece que aunque las Empresas Productivas del Estado adopten nuevas medidas éstas “serán compatibles con las medidas MENOS RESTRICTIVAS que Mexico pueda adoptar, conforme a las obligaciones en otros tratados internacionales”
Continuando con las falacias de nuestros servidores públicos sobre el tema energia, hoy @rocionahle hizo estas declaraciones en entrevista con @AristeguiOnline:
...
“el Centro Nacional de Control Eléctrico”
Se llama Centro Nacional de Control de ENERGÍA ¡de ENERGÍA!
“El @CenaceMexico se ha visto sometido a presiones operativas muy fuertes (de los privados)”
¿Presiones? El respeto al marco regulatorio no debería ser una presión, y si acaso de alguien están recibiendo presión para imponer asignaciones de despacho ha sido más bien de @CFEmx.
“Las tecnologías INTERMITENTES (las renovables)”
A @rocionahle ya se le ha explicado que las renovables no son intermitentes, son variables.
Intermitente es: ON-OFF
Variable es: gradiente ON-gradiente OFF
En su intento por confundir a la población, no le ha importado mentir.