2) Cuando se incumplen resoluciones judiciales (también las del TJUE) a la hora de ejercer una coacción efectiva hay que fijarse en quien incumple.
3) -Si es un estado, siempre se ejerce presión mediante multas coercitivas. Tienen la efectividad que tienen. Si el estado puede permitirse pagar la multa mantiene su soberanía, si no pierde soberanía.
4) -Si es una persona, el abanico va desde una multa al ingreso en prisión.
5) Polonia es un estado. ¿Eso quiere decir que Polonia se saldrá de rositas con una multa? No necesariamente. La coacción puede centrarse en una persona (posibilidad de prisión).
6) Ha sido publicado que en el caso de Hungría ya se están iniciando procedimientos judiciales (europeos) contra el entorno de Orbán (delito de corrupción de fondos UE).
7) En el caso de España, también se puede personalizar la coacción en la figura de Llarena (desacato a tribunal superior).
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2) Pensemos que en su día el TJUE determino que era competente para resolver la demanda, por el simple hecho de que el acurdo Madrid-Rabat de cesión del Sahara Occidental a Marruecos no respeto los derechos del pueblo saharaui
3) y que la UE heredaba la situacción anterior a la descolonización, y reconoció al Frente Polisario como sujeto jurídico, como cualquier otro pueblo de la UE.
🤪🤪🤪
1) 🤔🤔🤔🤔🤔
Hay una dimensión de la resolución del TGUE de 30/07/21, que está pasando desapercibida.
La resolución del TGUE confirma que la decisión del Parlamento Europeo es mantener la inmunidad de desplazamiento a los eurodiputados del exilio.
2) El PE solo levanto la inmunidad para los trámites de investigación de la OEDE, no para una detención.
3) Si los exiliados tienen inmunidad de desplazamiento según el Parlamento Europeo y esta está ratificada por la Justicia Europea (dos de los tres poderes de la UE), mantienen la inmunidad internacional de estado de la UE (para entendernos, una inmunidad diplomática).
2) No es posible porque la justicia italiana reconoce al TJUE como órgano superior interno.
El TGUE (TJUE) el día 30/07/21 había dictaminado que los europarlamentarios exiliados mantenían la inmunidad, para desplazarse en el ejercicio de sus funciones.
3) La inmunidad de desplazamiento significa a la práctica imposibilidad de detención.
Sin detención no hay extradición.
Por esa razón la jueza italiana no le tomo ni declaración.
La resolución del TGUE afecta a todo “EL MUNDO MUNDIAL”. Sobrepasa las fronteras de la UE.
2) La cuestión es que Puigdemont se ha convertido en todo un símbolo. Ya ha sobrepasado la dimensión de líder.
Para entender esta dimensión situémonos en una auténtica “mesa de diálogo” (la actual no lo es).
3) A cada lado de la mesa habría delegados y un líder (que cada uno ponga los nombres que le parezca).
En una esquina pondríamos a Puigdemont, presente inmóvil y callado.
1) 📌Hablando de alarmas.
En el mundo actual se generan infinidad de alarmas diariamente. Una alarma solo es el cruce de varios datos.
Un moroso pide un crédito y salta una alarma. Un acosador se acerca a su víctima y salta una alarma, etc….
2) De momento las alarmas necesitan de un ser humano que gestione el aviso.
El MHP Puigdemont, genera alarmas constantemente (cuando paga con su tarjeta, cuando se inscribe en un hotel, cuando se cruza con una cámara inteligente, cuando…).
3) La gestión de las alamas es lo importante.
Pueden ser una gestión lícita o ilícita.
-Gestión lícita:
El MHP Puigdemont es eurodiputado con amenazas de muerte y necesita seguridad para garantizar su libertad de movimiento (inmunidad parlamentaria).