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Nov 1, 2021 17 tweets 5 min read Read on X
Normalmente cuando acaba un contrato temporal sucede porque la empresa no quiere renovar al trabajador (recuerda, puedes reclamar como un despido: casi siempre están en fraude de ley). Pero, ¿Qué pasa si es el trabajador el que no quiere renovar? Lo cuento... Vamos allá 🧵👇
La opción de no querer renovar es totalmente legítima por parte del trabajador, especialmente en esas empresas que tienen como política de contratación hacer eternas concatenaciones de contratos temporales, teniendo que estar con la incertidumbre cada X meses; y eso cansa. 😠😠👇
Así que la relación laboral nunca es obligatoria (art. 1.1 ET) y el trabajador también tiene derecho a comunicar a la empresa que, una vez acabe el contrato temporal, finaliza la relación laboral. 👇
Sin embargo, muchas empresas en este contexto instan al trabajador a que firme una baja. Le dicen "si no quieres renovar tienes que firmar baja voluntaria". Esto NO es así; una baja voluntaria es que te vas del trabajo voluntariamente, y no es lo mismo que no querer renovar. 👇
En términos jurídicos, lo que puede hacer el trabajador es efectuar "denuncia" del contrato, lo que quiere decir que cuando llegue la fecha de fin de contrato acabará la relación laboral. Esta opción está prevista en el art. 49.1c) ET. 👇
¿Cuál es la diferencia con una baja voluntaria, y por qué es mejor hacer denuncia? Por la indemnización de 12 días por año trabajado que tiene derecho a cobrar el trabajador aunque sea él el que decida no renovar. Es por eso que las empresas siempre piden q firmes baja voluntaria
En ambos casos (baja voluntaria o denuncia del contrato) no tienes derecho a desempleo (el paro), porque finalizas tú la relación laboral. Pero el derecho a los 12 días por año trabajado lo mantienes aunque seas tú el que decide no continuar. 👇
Por eso, especialmente en los contratos eventuales por circunstancias de la producción, si llega la fecha de finalización y sabes que no te van a renovar, no hagas nada (tienes derecho a indemnización y paro). Pero si sabes que te van a renovar o hacer indefinido puedes denunciar
Aunque el término "denuncia" suene a que tengas que ir al Juzgado, sencillamente se trata de hacer un escrito diciendo quienes somos, que somos trabajadores de Explotadores SL y que (importante esto), denuncias el contrato por el art. 49.1c) ET para que en fecha prevista acabe.👇
Como la empresa se querrá ahorrar los 12 días por año trabajado, te pondrán mil excusas: "eso no se puede hacer", "tienes que firmarme una baja voluntaria", "te iba a hacer indefinido/a"; y pondrán problemas a acusar recibo del escrito (recuerda, siempre en dos copias). 👇
Por eso, lo mejor es que lo mandes por burofax, y así te evitas estas historias. Has avisado formalmente y por escrito la denuncia del contrato, y cuando acabe en la fecha prevista te tienen que indemnizar igualmente con 12 días por año trabajado. 👇
En los contratos eventuales por circunstancias de la producción no da problemas esta estrategia porque la fecha de fin de contrato es muy clara. Más problemáticos puedes ser los contratos por obra o servicios, que normalmente no tienen fecha de finalización (o es orientativa) 👇
En ese caso, también se puede hacer denuncia, en la que venimos a decir que "cuando termine la obra no continuamos en la empresa"; el problema es que estas obras o servicios no tienen fecha clara de finalización porque realmente suelen ser contratos temporales en fraude. 👇
Por último, hacer esto en contratos de interinidad es inocuo (lo desaconsejo), porque este tipo de contrato no tiene indemnización. Así que mejor esperar a que termine, y al menos nos da derecho a la prestación por desempleo si no nos renuevan. 👇
Acabo con un último detalle; si llevamos más de un año en la empresa (aunque sea con varios contratos) y queremos hacer denuncia del contrato temporal, tenemos que preavisarlo con 15 días de antelación. Lo mismo ocurre si la empresa no nos renueva a nosotros. 👇
El incumplimiento del preaviso implica que si nos vamos nosotros la empresa puede descontar 15 días del finiquito (igual que el preaviso en la baja voluntaria), y lo mismo si no nos renueva: podremos reclamarles esa cantidad en el equivalente salarial si no nos preavisan. 👇
Dicho todo esto: ¿Qué pasa si lo he hecho todo bien, y la empresa no me paga la indemnización de 12 días por año trabajado en el finiquito? Que tienes que reclamarla por las vías legales: papeleta de conciliación, y si no hay acuerdo, demanda en el Juzgado de lo Social. 🔚✊✊

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Feb 10
Tienes derecho a 5 días RETRIBUIDOS (eso significa que te tienen que pagar lo mismo sin haber ido a trabajar y sin tener que recuperarlo, y los 5 son días laborables), en los siguientes casos según Estatuto de los Trabajadores. Revisa tu Convenio Colectivo por si los mejoran🧵👇
▶️Accidente grave
▶️Enfermedad grave
▶️Hospitalización (se considera hospitalización si hay, al menos, una pernoctación).
▶️Intervención quirúrgica sin hospitalización pero que necesite reposo domiciliario (así que pedid que conste el reposo en el informe médico).👇
▶️También hay permiso por fallecimiento, el cual es de 2 días (en lugar de 5), si bien, si se tuviese que hacer un desplazamiento largo este permiso queda aumentado a 4 días. Quedan excluidos de este permiso el conviviente que no sea familiar o pareja de hecho.👇
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Nov 25, 2023
Ante una situación de #ViolenciaDeGénero existen algunos derechos laborales que pueden ayudar mucho, y es importante conocerlos: 🧵#25N #NosQueremosVivas #SeAcabó

Para ser considerada víctima y poder ejercerlos se necesita una de estas tres situaciones: 👇
1⃣ Orden de protección emitida por el juez.
2⃣ Informe del Ministerio Fiscal donde se te reconozca esta condición.
3⃣ Informe de servicios sociales o servicio especializado donde se reconozca esta condición.

Los derechos que tienes y puedes hacer uso de ellos son: 👇
▶️Poder reducirte la jornada de trabajo (con disminución proporcional de sueldo), o poderte cambiar el horario que mejor te venga (si no hay acuerdo sobre esto con la empresa, prevalece la petición de la trabajadora).👇
Read 8 tweets
Sep 25, 2023
Voy a contaros una manera sutil con que la empresa consigue que le trabajes a mansalva de horas gratis, incluso sin que te enteres. Spoiler para el que no quiera leer el hilo: sobrepasan la jornada anual prevista en Convenio Colectivo, y todo tan normal ¿Cómo lo hacen? Veamos🧵👇
A ti te contratan en una empresa, a jornada completa, y en el contrato de trabajo te pone una jornada laboral de 40 horas semanales. Hasta aquí todo normal... Pero ya empezamos a cuestionarnos: ¿Tiene que ser siempre la jornada completa de 40 horas? NO, no siempre.👇
Diga lo que diga tu contrato de trabajo, la jornada de trabajo máxima la marca tu Convenio Colectivo. Es decir, en cada Convenio hay un artículo (que se suele titular "jornada de trabajo") en el que se prevé cuánto se trabaja. ¿Cuál es el problema? Que el cómputo es anual. 👇
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May 9, 2023
"Si te despiden pon No-Conforme y la fecha real" capítulo 4.386.321, esta vez con final feliz:
A Manolo le despidieron; junto a la carta de despido le pusieron un documento de acuerdo en el que le soltaban 30.000€. Manolo no firmó el acuerdo y en el despido puso "No Conforme"👇
Acto seguido consultó un abogado laboralista (nuestro despacho); de la improcedencia clara, le habían calculado mal la antigüedad porque no habían considerado los periodos con contratos temporales antes de ser indefinido (un clásico del piruleo empresarial) 👇
Hoy, pocas semanas después del despido, Manolo ha cerrado el acuerdo por 42.000€. Tiene 12.000€ más en su bolsillo porque cuando le despidieron no firmó todo lo que le puso la empresa por delante.
Sé como Manolo 😉
- No Conforme
- Fecha real
- Tu copia con sello de la empresa🔚
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Mar 26, 2023
Una pregunta bastante habitual que nos suele llegar es si se puede poner anónimamente una denuncia en Inspección de Trabajo porque la empresa incumple la normativa cada dos por tres: Sí, se puede denunciar anónimamente, pero no siempre es la mejor manera de actuar. Lo explico👇🧵
La forma para denunciar anónimamente es el buzón contra el fraude laboral, y lo podéis encontrar fácilmente en el buscador. El enlace es este, y al ser anónimo, no es necesario que seas el trabajador afectado por los hechos denunciados:
expinterweb.mites.gob.es/buzonfraude/
Tiene varias desventajas esta forma de denuncia; la principal es que no eres parte del proceso y no sabrás cómo ha continuado la actuación inspectora (o incluso si ha existido). De hecho, lo puso el PP en 2013 para que se denunciasen a trabajadores en paro que currasen en negro👇
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Feb 22, 2023
Sigo con mucha atención esta noticia porque tengo un pleito en pendencia judicial muy parecido: el TSJ de Cataluña ha elevado cuestión prejudicial al TJUE; va a preguntarle si debe entenderse como despido la extinción por jubilación del empresario. 🧵👇
segre.com/es/noticias/co…
No he podido leer el Auto, pero el supuesto de hecho es análogo a uno que también está en el TSJ y q llevo la defensa jurídica: despido de más de 5 trabajadores por el art. 49.1g) ET, siendo totalidad de la plantilla, por jubilación del jefe y sin periodo de consultas ¿Es nulo?👇
En mi opinión, claramente sí. Es cierto que el art. 49.1g) ET parece dar a entender que el periodo de consultas solo debe realizarse en supuestos de extinción de las personas jurídicas. Pero la respuesta a la pregunta está en el penúltimo párrafo del art. 51.1 ET.👇
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