En este apartado de nuestro portal, podrán encontrar las diferentes versiones del programa D2 (dependiendo la fecha de inicio del ejercicio) así como los manuales correspondientes.
Este año, con una importante novedad: la Nueva Presentación Telemática de Cuentas (a través del portal registradores.org).
Esta nueva posibilidad permite presentar las cuentas online y es multinavegador.
Es una cuestión que, a menudo, no suelen tener clara los ciudadanos y profesionales que tratan habitualmente con el #RegistroDeLaPropiedad.
Y nos gustaría arrojar algo de luz.
Como todos vds seguro que ya saben, el #RegistroDeLaPropiedad, en España, se rige por unos principios hipotecarios, siendo uno de los principales el principio de PRIORIDAD REGISTRAL.
Es más habitual de lo que parece que, cuando solicitamos una #NotaSimple de la finca de la que somos titulares, observemos que los DATOS de inscripción de la finca que constan en la escritura de propiedad son DISTINTOS de los que constan en la nota simple.
¿Ha habido un error?
Es posible pero es más probable que lo que haya sucedido es que la finca registral haya sufrido lo que se denominada "un traslado".
Un ciudadano nos pregunta a través de nuestro correo 📩 rresponde@registradores.org, si existe algún sistema para estar al corriente sobre si alguien embarga su finca en el #RegistroDeLaPropiedad.
Este portal ofrece a cualquier TITULAR de derechos inscritos sobre una finca registral (PERSONA FÍSICA), un servicio de ALERTAS vía e-mail o SMS, de forma GRATUITA.
Así, el titular dado de alta en el portal, respecto de su finca, recibirá una ALERTA cuando:
Hoy, como prometimos, vamos a publicar un pequeño #hiloRegistral a raíz de una consulta que nos efectuaban:
¿Es inscribible la venta de una edificación sobre una finca discontinua?
Habitualmente, en el #RegistroDeLaPropiedad nos encontramos fincas que podíamos definir como "continuas". Es decir, la totalidad de la finca se encuentra definida en un mismo espacio cerrado.
Y cuando hablamos de "agrupación" de dos o más fincas, lo más habitual es que las fincas agrupadas sean colindantes entre sí, resultando una finca mayor que, igualmente, está definida en un mismo espacio cerrado.