⭕️El presidente municipal promueve demanda de controversia constitucional en contra del Poder Ejecutivo Federal y el H. Congreso de la Unión, por la publicación del DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA #LGCS y #LGRA en materia electoral
📌I. AGRAVIO A LA LIBRE ADMINISTRACIÓN HACENDARIA Y AL PRINCIPIO DE AUTONOMIA MUNICIPAL.
📌II. VIOLACIÓN AL DERECHO HUMANO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN.
📌III. VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD.
⭕️Sobre el 1er Concepto:
🖌️NORMA GENERAL CUYA INVALIDEZ SE RECLAMA. - Lo es el 4º y último párrafo del art. 26 de la #LGCS en relación con el párrafo 3º del mismo artículo de la propia Ley por ser a todas luces atentatorio de la libre
administración hacendaria (…)
(…) y a la autonomía hacendaria del municipio de Chihuahua.
🖌️PRECEPTOS CONSTITUCIONALES Y CONVENCIONALES VIOLADOS. - Lo es el Artículo 115 de los Estados Unidos Mexicanos que en la parte que interesa establece que:
“IV. Los municipios administrarán libremente su hacienda”
⭕️En resumen, este 1er Concepto platea a la #SCJN que la #LGCS es inválida porque:
❌Viola la LIBERTAD HACENDARIA
❌ El principio de ejercicio directo del Municipio de los recursos
❌ El derecho de los municipios a percibir las contribuciones
(…)
❌ El principio de reserva de fuentes de ingresos municipales
Por ello, se pide que la norma cuya invalidez se reclama es contraria y vulnera el principio de autonomía presupuestaria, contenida en el art. 115 fracción I y II, de la #CPEUM (…)
(…) donde dispone que los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio.
⭕️Sobre el 2º Concepto:
🖌️NORMA GENERAL CUYA INVALIDEZ SE RECLAMA.- Lo es el cuarto y último párrafo del artículo 26 de la Ley General de Comunicación Social en relación con el párrafo tercero del mismo articulo, al ser una norma impuesta al municipio.
🖌️ El derecho humano de acceso a la información, garantiza a las personas allegarse de la información para ejercer y tener acceso a otros derechos fundamentales tales como a la salud, empleo, seguridad, educación, igualdad, no discriminación, protección civil, cultura, etc.
🖌️ No se debe perder de vista que uno de los principios constitucionales en materia de derechos humanos previstos en el art. 1º de la CPEUM es el de progresividad, el cual implica ampliar el alcance y la protección de los derechos humanos en la mayor medida posible hasta (…)
(…) lograr su plena efectividad, esto es, implica el gradual progreso para lograr su pleno cumplimiento.
Bajo esta lógica, la propia ley exceptúa como gasto en comunicación, aquella que información de interés público que realicen las personas servidoras públicas…
⭕️ Sobre el 3er Concepto: VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
🖌️NORMA GENERAL CUYA INVALIDEZ SE RECLAMA.- Lo es el cuarto y último párrafo del artículo 26 de la Ley General de Comunicación Social en relación el párrafo tercero anterior en la parte que establece:
🖌️“En las Entidades Federativas, el límite del gasto que se haga Comunicación Social a que se refiere este artículo deberá estar homologado con lo dispuesto en el párrafo anterior.”
🖌️Es decir, que no debe rebasar el 0.1 por ciento del presupuesto de egresos anual correspondiente, por vulnerar el principio de proporcionalidad establecido en la Carta Magna.
⭕️En suma, el gobierno Municipal de @chihuahuampio se convierte en el primero en meter Controversia Constitucional en contra del #PlanB de la #ReformaElectoral de #AMLO
🚨⚠️ El Comité de Evaluación del Poder Judicial recibió hoy 7 de enero la notificación del acuerdo de veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, dictado dentro del incidente de suspensión 1074/2024 del índice del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Michoacán…
🚨⚠️…en relación con las interlocutorias de catorce de noviembre y tres de diciembre de dos mil veinticuatro, en las cuales se concedió la suspensión definitiva respecto de NORMAS GENERALES (LEYES SECUNDARIAS) derivadas de la reforma constitucional.
🚨DOCUMENTO CIRCULADO POR MORENA EN EL SENADO || EGM
Este sería el documento circulado a las y los legisladores de Morena sobre las implicaciones que habría de designar a los Cárteles Mexicanos como grupos terroristas por parte del Presidente Electo de los Estados Unidos.
Va 🧵
🚨 En las páginas de la 1 a la 3 habla de los antecedentes del tema y de la propuesta de la Presidenta Claudia Sheinbaum ante el posicionamiento del Presidente Electo Trump.
En los cinco antecedentes que da el documento se señala su primer mando y la diferencia con este segundo.
Y diferencia de su primer periodo como presidente, Donald Trump cuenta con el respaldo total del Congreso de los Estados Unidos, la mayoría de los integrantes de ambas cámaras de representantes son miembros del Partido Republicano.
📜 Eduardo Verástegui
📜 Organización Indígena Nac
📜 APN Humanismo MX
📜 Frente x 4T
📜 Mov Arcoíris x Méx
📜 Entre otras seis APNs con registro INE
La ruta esencial es la siguiente:
1️⃣ Notificación de intención: del 8 al 31 de enero de 2025
2️⃣ Realizar asambleas válidas por dos vías a elegir: distritales (200 al menos con 300 personas al menos) o estatales (20 al menos con 3 mil personas al menos)
3️⃣ Afiliados nacionales…
🚨⚠️ EXTRA EXTRA: La propuesta de armonizar el ámbito geográfico electoral para la elección judicial de 2025 que el INE autorizará hoy en Comisión y pasa al Consejo General:
🧵 largo pero valdrá la pena porque es la propuesta por Estado para elegir magistrados de C y jueces.
A) Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025
1. Para la organización de los comicios es necesaria la armonización el marco geográfico electoral vigente con la elección de los cargos de las magistraturas de Circuito y de los juzgadores de los Juzgados de Distrito.
2. Consideraciones para la instrumentación del PEE 2024-2025
A) Se armonizarán los Circuitos Judiciales en Distritos Judiciales Electorales
B) Los cargos se agruparán de acuerdo a su especialidad
C) Por cada materia se priorizará una asignación