En delitos sexuales hay sentencias buenas y otras lacerantes. En democracia se puede criticar a ministras, gobierno, parlamento…y poder judicial. Juzguen ustedes. Hilo con algunos razonamientos judiciales con prejuicios patriarcales que dañan a las víctimas: (con la vieja ley)👇🏾
AP Madrid 2082/17: no concurre violencia o intimidación por agarrarla del brazo y girar su cuerpo contra la marquesina para penetrarla:no se acredita que el acusado tuviera cumplido conocimiento de la falta de consentimiento de la víctima+ ausencia de lesiones uterinas=Absolución
APGirona 118/2016, ex pareja con hijos:
“Tampoco es muy lógico que sea agredida el viernes por la noche y el sábado se quede en su casa, y no aproveche la presencia del hermano del acusado con los niños para marcharse.
Condena por puñetazo, absolución por la penetración violenta.
AP Madrid 2016, denunciados el padre y dos hombres màs por agresión sexual a hija menor de 16: en la entrepierna y bragas de la menor había semen con ADN del acusado, pero no descartan que fuera por contacto entre las prendas de ambos+ insistencia de madre y menor= absolución.
AP Jaén 529/17, profesor que agarra fuertemente a alumna de 16, la besa y toca a través de la ropa: no alcanza la entidad suficiente para ser calificada de abuso sexual, al ser sorpresivo, fugaz y sin violencia: absolución abusos, condena por falta de vejación leve a una multa.
AP Cádiz 2017, un extraño sentado en un banco abrazó y besó en los labios a una niña de 9 años: “No puede entenderse un acto en un contexto sexual, aunque la niña manifestó malestar y asco, pero no pasa de ser una mera falta de vejaciones despenalizada en 2015”. Absolución.
AP Madrid 43/2022: profesor acusado de abusos a ex alumnos y pornografía infantil: felación a un menor dormido (en su casa antes del curso de verano porque no vivía en Madrid), despertándose: “no consta que el acusado supiera que dicha relación no fuese consentida”. Absolución.
TSJ Madrid 405/2021, padrastro: durmiendo con la hija de su pareja, de 13 años, con la que actuaba como padre, le realizó tocamientos y penetración oral. No se aprecia intimidación ni prevalimiento de superioridad. Condena por abuso, no agresión.
No hay contador de absoluciones, y este problema es tan real como antiguo. Con estos sí nos cruzamos por la calle, pero sin haber cumplido ni un día de prisión. Igual que el 92% de agresores sexuales no denunciados según los datos oficiales. Frente a ello, la ley #SoloSíEsSí
• • •
Missing some Tweet in this thread? You can try to
force a refresh
¿Recuerdan por qué se derogó en 1985 el “recurso previo” de inconstitucionalidad? Porque interfería en la separación de poderes, en la formación de voluntad del poder legislativo. (Una vez aprobada, porque parar una votación era inconcebible)👇🏾 boe.es/buscar/pdf/198…
Los Grupos Parlamentarios que se personaron en el 1º momento -UP y PSOE-y el Senado al oponerse a la suspensión pedida por el PP al TC, denunciaron el uso del recurso de amparo como subterfugio para un recurso previo de inconstitucionalidad, inexistente en nuestro ordenamiento.
Ahora que se empieza a apagar el incendio de la parte penal de la ley 10/22 #SóloSíEsSí , mientras algunos piensan qué hacer con su bidón de gasolina, recordemos lo que contamos el día que entró en vigor. Y que vivan los derechos de las mujeres.Y los deberes de las instituciones.
Esto es pura propaganda del defensor de los violadores. No habrá revisión de las penas de 15 años: no hay atenuación ni despenalización. Quieren desprestigiar la ley #SoloSíesSí y asustar a las mujeres. Pero con esta ley tenemos más seguridad y derechos. elconfidencial.com/espana/2022-08…
Es más: si se volviera a juzgar, las penas serían mayores. Cada violador por su violación y su cooperación en las de los demás. Lo dijo el TS, aunque ya no pudo agravar las penas. No se pueden ahora revisar al alza: principio de irretroactividad. Pero a la baja, ni hablar.
Señoros que me explican cosas: quizá no me he expresado bien. Sí, la revisión sería legalmente posible si la nueva ley #SóloSíesSí atenuara las penas.
Un pasito más: como no es así, no procede revisión. He puesto hasta una foto donde lo explica la Fiscalía General del Estado. 👇🏾
Leída la sentencia que condena a @Alber_Canarias a 45 días de multa e inhabilitación. El voto particular plasma la ausencia de prueba de cargo apta para enervar la presunción de inocencia. Un solo testimonio de cargo entre decenas de policías presentes. Lean, es muy claro:👇🏾
El oficial al mando no imputa a Alberto; no lo vio pese a estar de principio a fin en el lugar. El testimonio del agente no es detallado, ni firme, ni corroborado por elementos periféricos. Su parte de lesiones “referidas”es una auto-corroboración. Es una fuente de prueba, no 2.
En la denuncia otros 4 policías conjuntamente identificaron a Alberto por ser habitual en manifestaciones, “altercados y agresiones”. Ninguno fue al juicio. @Alber_Canarias no tenía antecedentes, denuncias ni juicios. Nada, salvo manifestaciones pacíficas: esto es, un derecho.
Leídas las 2 resoluciones del JCI 6 publicadas hoy, creo que es imprescindible una crítica jurídica de defectos de difícil explicación que he resumido en @MVTARDE . Por falta de competencia y de requisitos procedimentales que la gente debe conocer y valorar: (HILO 👇🏽)
1º El juez Gª Castellón abre proceso contra Villarejo y dos periodistas por delito contra la intimidad. Que NO es competencia de la AN. Lo era -auto AN 16.9.20-“la presunta organización criminal que vendía documentos, seguimientos e intervenciones telefónicas con abuso policial”.
La AN NO puede enjuiciar delitos que, sin esa organización criminal de Villarejo, NO son de su competencia, sino de un Juzgado Penal ordinario: art 65 LOPJ- 👇🏽
Delito del cual @PabloIglesias es una de las víctimas, por auto firme de su tribunal superior, que corrigió a dicho juez
Ay, Lázaro y @elmundoes cloaquero: otra vez, es falso. Me avisaron de que Vox contactó con ella para que dijera esto por dinero y ya denunciamos la extorsión. Tenemos todos los ingresos en cuenta y la Ssocial. Ella tiene DNI español por este trabajo legal. elmundo.es/espana/2020/08…
Los amigos del juez Alba son tan dicharacheros que supimos de este bulo hace un mes. Yo ni siquiera soy la empleadora, pero me meten ahí sabiendo que para @elmundoes la verdad no importa, una vez más. Yo soy la denunciante. La empleada, una mujer utilizada por ellos. Saludos.
Si quieren ver los recibos de la seguridad social (por 3 horas diarias, xq ella tenía otros empleos) -y sin venir a trabajar por razones de salud pública desde marzo de 2020, pero es que hay gente con principios-, aquí los tienen:🤷🏼♀️¿ en “negro”? No. Nunca. Los del “B” son otros.