Escribo este Tweet porque estoy harto de que me tomen por idiota... Y mientras lo siguen haciendo día a día... El daño y fraude es cada vez más y más grande. Ya no solo en lo económico sino en mi propio desarrollo como persona. Abro hilo sobre: #fijezayaelconfidencial.com/juridico/2023-…
¿Se han decidido hacer algo para que España no engañe a sus ciudadanos con irrisorias indemnizaciones por despido cuando en la Unión Europea dicen deben ser de carácter disuasorio?
Es curioso porque está norma no es nueva y el TJUE sentencia así hace años. España incumple.
¿Y por qué se ha permitido que venga sucediendo esto durante estos años sin que nadie lo denunciara o parara en los juzgados? ¿Por qué ahora sí se hace?
Permítanme poner en duda que es para por fin solucionar los problemas. ¿Por qué? Por los plazos de respuesta de los juzgados.
Esto se debería haber solucionado hace mucho tiempo. Secreto a voces por todos conocido permitido por razones que desconozco. ¿Por qué lo sé? Bueno, no soy jurista. Soy empleado público técnico superior de laboratorio y ya hace tiempo vengo denunciando esto públicamente. 9/11/21
El tribunal supremo decidió que está indemnización era suficientemente disuasoria para el abuso de temporalidad sufrido durante décadas por los empleados públicos en fraude reconocido por sentencia judicial el 28/3/2017.
Este otro recorte es de un artículo publicado el 1/6/22 hablando sobre la problemática recién salida una sentencia del TJUE. Como ven, ya entonces, el TJUE corrige el (supuesto) entendimiento del juzgado español. ¿Se hizo algo? Absolutamente nada.
¿Por qué digo supuesto entendimiento? Bueno, el tribunal supremo no es tonto y sabe perfectamente que el "indefinido no fijo" es una figura de carácter temporal a pesar de su nombre. También lo sabían las administraciones públicas que escudándose en eso siguen temporalizando.
Bueno, cualquiera podría pensar, bueno, antes había dudas, ahora ya no. El TJUE deja claro que el indefinido no fijo es un temporal por lo que igual (llamadme loco) no es solución al abuso de temporalidad cometido por las administraciones públicas.
¿Por qué lo sospecho? Mi transformación a indefinido no fijo no provocó cambio alguno en mi contratación, mismo contrato y mismos derechos laborales sesgados a figura temporal. 0 indemnización y a continuar trabajando como temporal. Nose, llamadme suspicaz, me sentí engañado.
Tras el TJUE resolver las dudas nada ocurrió tampoco. Todo siguió igual y el Tribunal Supremo siguió "arreglando" el abuso de temporalidad de las administraciones públicas con la figura temporal del indefinido no fijo. (Ya casi 150 sentencias).
Recordemos que está figura lleva 20 días de indemnización con máximo 12 mensualidades. ¿Suficiente disuasoria por todo el abuso sufrido? Es la indemnización de un despido procedente en la empresa privada.
Así que... Si... Opino que el TSJ tiene razón. Hay que poner indemnizaciones disuasorias pero también en los indefinido no fijo de las administraciones públicas. Somos personal abusado por sentencia judicial y perpetuados en el abuso. No es un despido procedente.
¿Ocurrirá algo ahora? Bueno, con los plazos de respuesta del recurso al tribunal supremo esto puede alargarse otro añito más fácilmente solo para que se pronuncie y mientras tanto seguiremos despidiendo a 20 días. ¿Este retraso en sacar a la luz este abuso es lucrativo?
Aunque bueno, puede que el derecho europeo finalmente se imponga frente al Tribunal Supremo y sus (malas) interpretaciones del derecho de la unión europea... El día 20/2/23 vienen a revisar a España y su cumplimiento. Espero no olviden revisar esta cuestión.
@MHohlmeier Es una de las responsables de la comisión de evaluación, por favor, revise la figura del Indefinido no fijo en las administraciones públicas y sus indemnizaciones. Pronto aplicarán la no ajustada a unión europea tampoco ley 20/21 provocando ceses a 20 días.
Mientras tanto uno sigue leyendo titulares curiosos en la prensa española. Unos hablan de la posible sanción de la Comisión Europea por el, por todos sabido, incumplimiento del reglamento de la unión...
Aunque otros medios, llamadme loco, quizás más afines al gobierno se empeñan en publicar este tipo de titulares sobre supuestas corrupciones de algunos auditores que vienen el día 20/2/23.
Si el abuso cometido por las administraciones públicas por temporalidad abusiva en contratación es a partir de 3 años... Y (suponiendo) la sanción al abuso (a partir de esos 3 años) ya debía ser la #fijezaya por no haber regulada sanción en lo público y aplicar la sanción privada
¿Es proporcional, efectivo, disuasorio o compensatorio al abuso dar #fijezaya a los abusados por temporalidad en 3 años y un día y a los abusados por temporalidad 20 años?
¿Y indemnización topada a 20 días por año trabajo / máximo 12 mensualidades? #yonosoytonto#mediamarkt
¿Quiere este tope de máximo 12 mensualidades decir que si llevo más de 12 años en abuso de temporalidad perpetuado sin derechos laborales ni estabilidad... ¿Le va a salir a la administración pública gratis seguir abusando de uno? ¿Recurriendo sentencias con dinero público?