Con el tema del #votoporcorreo y el lío que se ha montado en #Melilla por el posible fraude en el mismo, voy a contar cómo es posible dicho fraude y qué se ha hecho para tratar de evitarlo. Para el que interese, claro. Hilo va.
1) En el voto por correo, la Ley exige que uno se identifique personalmente (con DNI) al solicitar el voto por correo y al recoger la documentación necesaria para ello (papeletas, sobre certificado, hoja explicativa y certificado censal). Solo en esos dos momentos.
2) Sin embargo, no se exige esa identificación personal (DNI) cuando uno va con el sobre con la papeleta ya dentro y, en el amplio plazo que hay para ello, lo deposita en cualquier oficina de correos, finalizando así el proceso de voto.
3) Esta es la GATERA por la que se puede colar el fraude. Porque nada impide que sea otra persona la que vaya con el sobre y lo entregue en la oficina de correos. O que uno vaya con doscientos sobres y haga lo mismo. Nadie le va a poner pegas.
4) A ver, si alguien quiere comprarte el voto normal (presencial), debe fiarse de ti. Toma 100 lereles y vota al PEDO (Partido Español De Ozark). Incluso te da el sobre con la papeleta. Pero luego tú entras a votar con tu DNI y, tranquilamente, en la urna, puedes votar otra cosa.
5) Claro, el comprador de tu voto puede ponerte un seguimiento muy intenso y asegurarse así de que no le das cambiazo. Pero es un coste muy alto por un solo voto. No es factible para comprar muchos votos y así influir en el resultado electoral.
6) Pero el voto por correo, ah, eso es otra cosa. Ahí el comprador no tiene que fiarse de ti porque en la oficina de correos no hay otras papeletas ni sobres. Y porque él mismo puede llevar el sobre por ti, tras haber introducido el voto correcto. Como no piden el DNI...
7) Mejor aun. Como decía, el comprador puede ir él mismo, o enviar a otro, con una saca con diez, cien, doscientos votos por correo, los que sean, y entregarlos en una oficina de correos. Ahora sí puede poner en marcha una maquinaria de compra de votos que afecte al resultado.
8) No es un planteamiento teórico. En las elecciones generales de 2008 en Melilla, hubo dos partidos políticos cuyos dirigentes resultaron condenados por comprar votos a cambio de dinero y promesas de contratación. Es algo que puede ocurrir (y ocurrió) porque la Ley lo permite.
9) Y esto ¿no lo saben nuestros legisladores? Sí lo saben. Sé de algún partido político que se planteó cambiar la Ley para pedir el DNI también al depositar el voto en la oficina de correos. Pero, ya sea por falta de acuerdo con otros partidos o por falta de interés, nada cambió.
10) Entonces ¿qué ha pasado en Melilla? Pues que, dados los antecedentes, que un juzgado está investigando otro posible fraude masivo de voto por correo, que ha pedido votar por correo el 20 % del censo (la media nacional es del 2,5 %) y los recientes robos a carteros...
11) ... la Junta Electoral de Zona, valientemente, ha decidido dar un paso adelante y, aunque la Ley no lo pida, ordenar que el que quiera votar por correo en Melilla se identifique personalmente (con DNI) al ir a la oficina de correos a entregar el sobre con el voto.
12) La Junta Electoral de Zona ha apreciado riesgo de que el resultado electoral pueda ser adulterado (estamos hablando de que, de 25 diputados elegibles en Melilla, el voto por correo va a decidir 10 de ellos, nada menos), y por eso ha tomado esta drástica y novedosa decisión.
13) La Junta Electoral Central ha ratificado este acuerdo y lo ha extendido a todas las oficinas de correo del país, de forma que el que quiera votar por correo en las elecciones de Melilla, deberá identificarse al depositar el voto, da igual la ciudad desde la que vote.
14) Así se asegura la limpieza del proceso. Y como solo se habían depositado 700 votos por correo de los 11.000 solicitados, la medida ha llegado a tiempo. Como se ha percatado este preocupado ciudadano, ya no es posible un sistema de compra masiva de votos. Problema resuelto.
15) Ahora a esperar que nuestros representantes en el Parlamento, dado que el problema ya es notorio y público, reformen la Ley electoral para tapar ese agujero que permite que esto pueda pasar en cualquier ciudad española o que vuelva a pasar en las siguientes elecciones. FIN
PD. De esto no hablo en mi libro "Destripando el derecho", pero sí de otras cosas de derecho y jueces. Y lo hago con letra grande, lenguaje sencillo y dibujos, al alcance de todos. Así que aprovecho para recomendarlo, claro. Ah, los beneficios irán para la investigación de la ELA
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Hoy he puesto una sentencia en la que no he dado la razón a un tipo que posiblemente la tenía, pero que no ha sabido traer prueba (entre otras cosas, porque su abogado se ha liado pidiendo la identificación de un testigo). Explico brevemente por qué en este hilo.
1) No es la primera vez que no doy la razón a quien creo que puede tenerla, por falta de PRUEBA suficiente. Nos pasa a todos los jueces. Y es que, aunque la generalidad de las personas piensa que los jueces decidimos según nuestro personal sistema de creencias, no es así.
2) Recuerdo el caso de uno que reclamaba 3.000 euros por un trabajo. Yo "sabía" que tenía razón, por una casualidad ocurrida fuera del juzgado. Pero el señor no supo traer prueba bastante al juicio y no pude darle la razón. Sentencia absolutoria a favor del deudor.
Algunas reflexiones sobre la #LeySoloSiEsSi y su reforma recién aprobada, tratando de huir de los alarmismos, exageraciones y las falsedades que hay alrededor de todo ello. Hilo breve.
1) Como ya he dicho alguna vez, la #LeySoloSiEsSi, en la parte que modifica el Código Penal (la Ley es más amplia), es una #FakeLaw. No hacía nada de lo que publicitaba. Solo cambió el nombre de los delitos sexuales y eliminó la violencia/intimidación como criterio diferenciador.
2) Consecuentemente, si no cambiaba de la legislación anterior la carga de la prueba con el "yo sí te creo", ni ponía en el centro el consentimiento, puesto que ya lo estaba, su reciente reforma impulsada por el PSOE es neutra, deja todo igual que siempre. Fuera alarmismos.
¿Qué va a pasar mañana con todo este lío del TRIBUNAL CONSTITUCIONAL? No tengo pajolera idea, porque, por desgracia, hemos llegado a un punto en que todo es posible, hasta lo más inverosímil.
Pero sí sé algunas cosas que os pueden aclarar al respecto. Espero.
Hilo va.
1) No es cierto que el Congreso y el Senado estén por encima de la Constitución Española (CE). No. Para nada. En absoluto. Niet.
2) La tan manida soberanía nacional (que no «soberanía popular») no reside en las Cortes, sino en el pueblo español, del que emanan todos los poderes. De hecho, es el pueblo español soberano el que se dio así misma la CE. Por eso no puede haber nada por encima de ella.
Se ha quedado buena mañana para hablar un poco sobre cómo cree el Ministerio de Justicia que son sus Juzgados, según los carteles que el propio Ministerio tiene colgados en la sede judicial. Abro hilo de cosas de reír.
1) Empiezo por el juez. Ahí está, bajo el cuadro del Rey… digo, de una balanza que no he visto en mi vida, ulio. Y claro, es un señor mayor. Porque poner a una mujer joven, que es lo que más hay en la carrera judicial según la estadística oficial, no transmite autoridad, supongo
2) Y sobre la mesa del juez mayor, un mazo, de esos que no se usan jamás en España (de haber algo, sería una campanilla). Ah, y una lámpara de mesilla de noche, para… imagino que para apagar y encender tres veces seguidas y avisar que cerramos: concluya letrado. A saber.
A raiz de las recientes manifestaciones de Isa Serra y otras personas de su entorno político, compruebo cómo la normal ignorancia sobre lo que es la EJECUCIÓN y sus problemas, puede ser aprovechada para colar mensajes interesados en otras cosas. Va hilo para el que quiera saber.
1) La SENTENCIA es el producto fundamental de la actividad judicial (y en menor medida, los autos). Pone fin al juicio y, con ella: a) se da solución al conflicto que las partes han llevado al juez; b) en materia penal (delitos), se decide sobre la condena o no del acusado.
2) Pero, ay, qué fácil sería si todo acabase realmente con la sentencia. Porque luego, claro, hay que cumplir lo que dice la sentencia y eso puede complicarse. Es como las multas de tráfico, ya te han puesto la multa, pero está en tu mano pagarla o no ¿verdad? Pues lo mismo.
Con esto de la (no) renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), creo que viene bien recordar por qué estamos aquí y de quién es realmente la culpa. Abro hilo.
1) Año 2018. El 4 de diciembre hay que renovar el CGPJ, después de cinco años de mandato. Hacen falta 12 jueces y 8 juristas de reconocido prestigio. Los 8 juristas los buscan directamente los partidos entre gente de su confianza, sin problema. Pero ¿Y los 12 jueces?
2) 4 de agosto de 2018. Con antelación suficiente, el CGPJ inicia un proceso interno para ver qué jueces quieren presentarse como candidatos a vocal. La única condición es que estén en activo y tengan el aval de 25 jueces o el de una asociación judicial. publico.es/espana/cgpj-le…