Si una mujer se queda embarazada, y no desea abortar, la ley aún le permite evitar las responsabilidades maternas renunciando al niño en el momento del parto.
Antes que nada, un poco de teoría. Aquí tenéis el artículo 44 de la Ley del Registro Civil; que es el que permite a cualquier mujer renunciar a su hijo en el momento del parto, aun sin el consentimiento del padre. https://t.co/ZBwmbvmnPbboe.es/buscar/act.php…
Y aquí tenéis un ejemplo de cómo lo aplica en la práctica un hospital cualquiera: la mujer solo necesita decir que quiere renunciar al niño, y firmar un papel. Del resto se ocupan ellos. https://t.co/C1pZ6Inpz9sspa.juntadeandalucia.es/servicioandalu…
Aquí tenéis el documento que ha de firmar la mujer, para que os hagáis una idea más clara de lo complicado que es.
Y por último, aquí tenéis un diagrama explicando qué ocurre cuando la mujer firma el documento. Ya veis que el padre no pincha, ni corta, ni aparece por ningún lugar.
Con esto hemos terminado la teoría. Vamos a ver cómo afectó todo esto en la práctica al hombre de la noticia.
La sentencia explica que el niño nació en marzo de 2017, y la madre renunció a él.
Seis días después ya le habían encontrado padres adoptivos, y en junio (cuando el niño tenía tres meses) se formalizó la adopción. https://t.co/V4rlYrrPXApoderjudicial.es/search/AN/open…
El padre se enteró en noviembre, cuando el niño llevaba 5 meses adoptado. Inmediatamente puso una demanda de paternidad, y 10 meses después el tribunal le dio la razón.
Pero los padres adoptivos recurrieron; y la AP dijo que era padre sobre el papel, pero no a efectos prácticos.
El tribunal se basó en que según el Código Civil, si adoptan a tu hijo antes de que reconozcan tu paternidad, el niño es de ellos y no tuyo.
Lo cual es una grandísima putada, porque ya veis que la adopción tarda 3 meses y la paternidad tarda 10. https://t.co/rRaYTVPbvWnoticias.juridicas.com/base_datos/Vac…
El padre siguió peleando y acabó yendo al Supremo. El cual ahora, tras 6 años de batalla legal, se limita a confirmar que legalmente el padre no es él.
Y todo porque, cuando la mujer decide renunciar, al sistema no le importa que quizá haya un padre que quiere el bebé.
FIN.
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A veces os cuento casos de denunciados en falso que se libran por los pelos de la cárcel. ¿Pero qué pasa cuando la cosa cuela?
Veamos este caso de 2018 donde un inocente fue condenado a casi 8 años de prisión, y solo ahora se ha sabido la verdad. ondacero.es/emisoras/extre…
Empecemos por lo básico: la Audiencia Provincial lo condenó a 10 meses de prisión por darle a su pareja una paliza brutal, y a 7 años por violarla varias veces casi seguidas.
Menudo animal, ¿verdad?
Vamos a ver con más detalle lo de la agresión.
La mujer lo acusó de darle empujones, arañazos, bofetones en la cara y puñetazos en la cabeza y en el resto del cuerpo; de estamparla contra un armario hasta romperlo, de cogerla del cuello hasta dejarla en suspensión, etc, etc.
Estamos en 2030. En cada clase de España, cada alumno trabaja con una tablet sin Internet pero con ChatGPT. El bot lleva un seguimiento de su progreso y le da explicaciones y ejercicios personalizados. El profesor humano hace de supervisor.
¿El cambio te parece bueno o malo?
Agradezco respuestas explicando por qué creéis que es bueno o malo. También agradezco RTs para poder recibir respuestas de gente que no me siga.
Hace menos de 2 semanas, Irene Montero decía que con el "sí es sí" no habría ninguna reducción de penas a violadores; y que decir lo contrario era propaganda machista.
Hoy se ha conocido la primera reducción de pena. Montero mentía. Os explico la mentira: elmundo.es/espana/2022/11…
Al violador de la noticia le impusieron la pena mínima, que en ese momento era de 8 años; y con el sí es sí, las nuevas penas son de 6 a 12 años.
Según Montero la jurisprudencia dice que, como una pena de 8 años queda entre 6 y 12, no se puede rebajar. Pero no es así.
El Supremo solo aplica ese criterio cuando la ley dice expresamente que se debe hacer así.
@OlgaPereda@Miguel__Lorente De entrada la fuente está incompleta; porque solo figuran los informes correspondientes a los años 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019.
Pero el trile no está ahí. El trile es que solo los de 2015 y 2016 incluyen casos con filicidas de ambos sexos.
Hoy es el día en que un juez del TSJPV me ha reconocido que los tribunales incumplen sistemáticamente su deber de perseguir de oficio las denuncias falsas, y que eso puede ser prevaricación.
Jamás había visto en Twitter un acto semejante de sinceridad y candidez.
Hilo va.
Todo ha empezado discutiendo la condena del padre de Olivia; lo absolvieron de varias acusaciones porque el testimonio de la mujer estaba lleno de falsedades, pero lo condenaron por otra porque en esa parte no le pillaron mentiras.
El juez decía que esto es lo habitual.
Si queréis más datos sobre cómo acabó condenado el padre de Olivia, aquí tenéis toda la información. Si la leéis, recordad que según el juez este es el procedimiento estándar y hay miles de casos así. medium.com/el-saco-del-co…