🚨 Tras leer la sentencia, lo que dice el TSJ es que no hay suficientes elementos para desvirtuar la presunción de inocencia de Dani Alves: no hay prueba suficiente para condenarle.
Antes de que empiece el ataque ideológico a los jueces, veamos que dice la sentencia 🧵⤵️
1/ El TSJ argumenta que hay diferencias entre lo que dice la denunciante y lo que sucedió. La sentencia de instancia reconoció que parte del relato no era creíble pero que otra parte sí.
El problema o controversia es cómo razonó la credibilidad de una parte y no de la otra.
2/ El TSJ razona que, viendo las pruebas (cámaras, testigos, informes médicos, declaraciones de parte etc) hay hechos que se denunciaron que no quedaban probados o acreditados.
Y que si hay cosas inciertas (probadamente inciertas) eso afecta a la fiabilidad del resto del relato.
3/ Un aspecto relevante es la felación (si ocurrió, o no, y cómo)
Razona el TSJ que la sentencia de instancia se contradice ya que en los hechos probados, las heridas de las rodillas, las asocia a la penetración y en los fundamentos a la felación (que además entiende no probada)
4/ La crítica que hace el TSJ a l sentencia recurrida es que, según párrafos, la felación se da por probada y en otros no.
Por tanto, para la penetración vaginal no emplea otros elementos que el relato de la denunciante sin profundizar en las pruebas restantes (incongruencia)
5/ Razona el TSJ que la sentencia anterior, lo que hace, es optar por "creerse" a la denunciante en relación a la penetración dentro del baño.
Y que la sentencia intentaba explicar las incongruencias del relato de la denunciante (en lugar de analizar las pruebas asépticamente)
6/ Continúa razonando que, si los testigos, cámaras e informes médicos y de ADN no corroboran la versión de la denunciante en parte del relato, la acreditación de la penetración de basaría, exclusivamente, en creerse a la denunciante (sin otras pruebas que lo corroboren)
7/ Reitera el TSJ que la sentencia no explica cómo se llega a la condena.
En esencia, la sentencia de instancia dice que en la parte del relato que SÍ es constatable, este resulta no fiable pero que en la parte NO constatable (lo que ocurre en el baño) sí creen a la denunciante.
8/ Y algo importante: el TSJ no dice que los hechos sean falsos o la versión de Alves sea cierta.
Lo que dice es que la denuncia no cumple los requisitos para desvirtuar la presunción de inocencia.
Para cuándo los opinólogos empiecen con la mentira de que se creen al agresor.
9/ La sentencia me parece bien razonada.
De hecho, la sentencia de la Audiencia me chirrió; lo de que en la parte que era comprobable por otros elementos, el relato no era creíble pero que en la parte no comprobable (la penetración dentro del baño sin otras pruebas) sí lo era.
10/ Esto no significa que la denuncia sea falsa o que no lo sea. Simplemente razona el TSJ que no hay pruebas suficientes para condenar y que, en ese caso, prima la presunción de inocencia.
Y la sentencia es recurrible (lo será) al TS para más garantías. Veremos.
Un aullido.
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🚨 Analicemos también el voto particular suscrito por dos magistradas, que discrepa de la postura mayoritaria y entiende que no quedó probado que el autor de la filtración fue el Fiscal General.
También interesante.
Aviso, esto también es jurídico. Política, ya saben dónde🧵⤵️
1/ La Abogacía del Estado alegó que no concurrían los presupuestos para acordar el secreto de sumario.
Frente a ello razona la sala que no se vulneró el derecho de defensa y que acordar el secreto está motivado y es ajustado a Derecho.
2/ Se alegó la nulidad del Auto de entrada y registro.
Frente a ello la Sala razona que el Auto era proporcional y estaba adecuadamente motivado, y de forma reforzada como se exige. Y que no había otra alternativa (ya que, en ese caso, se renuncia a la propia investigación)
🚨 Unas reflexiones sobre la IA y el peligro que se aproxima.
1/ En breve habrá casos judiciales que no se sepa que pruebas o indicios son reales y cuáles no. No tenemos medios ni capacidad para saber que vídeo o imagen está manipulada, documentos falsos... eso es terrible.
2/ Me han dicho varios amigos "pero tenéis peritos".
Mirad, no tenemos peritos para valorar cuanto cuesta la bicicleta que tu vecino ha roto, vamos a tener peritos para diferenciar programación o diseño virtual hiperrealista.
No habrá forma de saber la verdad en algunos casos.
3/ Y, aún en el mejor de los casos -que haya peritos, programas etc para detectar dichas falsedades- el coste y, sobre todo, la dilación temporal es, hoy por hoy inasumible.
Para casos graves o mediáticos si habrá soluciones pero ¿para el pobre ciudadano de a pie? Futuro negro.
1/ Partimos de la base de que la violencia de género es una materia compleja que requiere sensibilidad (aunque esto es algo extensible a muchas materias: menores, agresiones sexuales, trata, drogadicción juvenil...)
El problema es que es un tema, lamentablemente, muy politizado.
2/ ¿Existe la violencia de género?
Claro que sí.
He levantado cadáveres de mujeres, hombres me han reconocido agresiones porque es su mujer y les tiene que obedecer...
Otra cuestión es reducirlo todo al "machismo", que ya he dicho que es un error porque influyen más cosas.
🚨Voy a analizar el informe trimestral (abril-junio) sobre violencia de género.
Hay un problema de sobrerrepresentación extranjera, tanto en agresores como en víctimas. Son casos con mayor dificultad y con más riesgo de revictimización.
El elefante dentro de la habitación 🧵⤵️
1/ Antes de comenzar, absténganse fanáticos y gente que pretenda politizar de un lado u otro.
Lo relevante no es tanto la nacionalidad de una persona sino el nivel de integración a la cultura y costumbres del lugar donde esté.
Hace falta querer integrarse y querer integrar.
2/ Mientras que la población masculina extranjera es del 7%, en el periodo analizado representan el 33'29% de condenados.
Igual con las víctimas extranjeras de VG (tasa 4 veces más)
Ya analicé este problema en delitos sexuales con el informe de 2023⬇️
1/ A nivel legal no solamente es responsable el Centro Escolar, que en ocasiones ignoran miserablemente estos casos para ahorrarse problemas e inspecciones-, también los presuntos acosadores, los padres de estos e incluso, a veces, la Administración.
2/ El acoso escolar es mucho más grave y habitual de lo que parece. Se oculta incluso por la propia víctima, por vergüenza.
El ciberbullying ha aumentado de manera alarmante ya que facilita el anonimato, elimina la barrera física entre agresor-agredido (no existe lugar seguro)
3/ E incluso aumenta la violencia del acoso ya que, al no ver directamente a la víctima, puede generar menor culpabilidad en el agresor. Incluso permite mayor audiencia potencial por la posibilidad de grabar agresiones y humillaciones y difundirlas.