Rubén Sánchez Gil Profile picture
Doctor en Derecho por la UNAM | Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Yucatán | Supremae legis servi sumus ut liberi esse possimus
Apr 8, 2022 11 tweets 3 min read
1/11
Para evitar la "confusión" de quienes celebran que la @SCJN (SC) "avaló" la LIE, una explicación de las consecuencias de la votación mayoritaria por su inconstitucionalidad, aunque insuficiente para declarar su invalidez.

En resumen: NADA decidió la SC sobre el tema. 2/11
Cuando una mayoría por la invalidez es menor de 8 ministros/as, la acción de inconstitucionalidad (AI) no puede lograr su objeto. Todo o nada: la ley se va o se queda.
Apr 5, 2022 8 tweets 3 min read
¡Estupenda pregunta! La @SCJN tuvo en sus manos el problema de Kaldor-Hicks en el juicio de #proporcionalidad, que explica Martin Borowski en su trabajo en bit.ly/3wlVz5M, y el cual básicamente se refiere a la porosa frontera entre fases de necesidad y de ponderación. En su proyecto, luego de un muy exacto análisis, la Min. NLPH señaló que la restricción afecta de modo exorbitante la libertad de trabajo (LT). También comparó otras disposiciones constitucionales, lo que lleva a un examen de igualdad (que es realmente un TP, pero es otro tema)
Feb 26, 2020 19 tweets 5 min read
Una de las sentencias más importantes de la historia. ⚖️

El libre desarrollo de la personalidad (2.1 LF) avala el derecho a una "muerte autodeterminada" aun con ayuda de terceros. Decisión personalísima según se entienda "calidad de vida" y "sentido" de la propia existencia. Decidir cuándo morir es una de las máximas expresiones de la #DignidadHumana. Así lo pienso desde que leí este gran estudio de José Rubén Herrera Oceguera (RFDM, 242 [2004], bit.ly/2wcpCDt), que viene muy bien para el tema de esta sentencia alemana recién publicada.
Dec 10, 2019 5 tweets 4 min read
1/4
Muy interesante definición de “tesis” del nuevo AGP 17/2019 de la @SCJN: 1) explica con mucha más precisión en qué consiste, y ya alude a las “circunstancias fácticas” como elemento de este concepto; y 2/4
2) Implica que la tesis consiste en una “regla” (abstracta, pues servirá en casos futuros) que debe formularse sólo con lo necesario para justificar la decisión. Eso es un #PrecedenteJudicial, “ratio decidendi” o “holding” (aunque sobre éste hay un desacuerdo semántico).