1) El citado tipo requiere q el sujeto activo sea autoridad o funcionario público. Xo NO ES SUFICIENTE CON LA CONDICIÓN DE FUNCIONARIO PÚBLICO DEL SUJETO ACTIVO.
A) Que la actuación del sujeto NO esté AMPARADA por la Ley,
2) Que el acceso ilícito a la intimidad se produzca en una situación en la que NO MEDIE UNA CAUSA o investigación por delito, y
3) Que el sujeto actúe con PREVALIMIENTO DEL CARGO.
TAMPOCO PROCEDE LA APLICACIÓN DE LA AGRAVANTE DE ABUSO DE CONFIANZA del artículo 22.6 CP, como pretendían las recurrentes, ...
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