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Vamos a intentar explicar que sucede con la controversia presentada contra el acuerdo militar.

Va un hilo.
Lo primero: el 11 de marzo se publicó un Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada para llevar a cabo tareas de seguridad pública.

Tener a los militares en las calles no es nuevo, pero sí es constitucionalmente excepcional. El acuerdo se queda corto.

Una aproximación:
Colectivos como #seguridadsinguerra lucharon para que se impugnara el acuerdo y la Suprema Corte se pronunciará sobre su constitucionalidad.

Ayer, la presidenta de la Mesa Directiva-en representación de la Cámara Diputados- presentó la controversia.
Quien preside la Mesa Directiva puede presentar controversias constitucionales, sin tener que pasar por el Pleno.

Laura Rojas únicamente ejerció esa facultad, pero a la bancada de Morena no le gustó el movimiento.

Ayer empezaron a posicionarse en contra:
¿Morena puede retirar la controversia?

En principio, no.

Pero la Mesa Directiva se renovará en septiembre y el nuevo presidente puede intentar desistirse de la controversia constitucional intentada.

Si lo logra, se sobresee y termina el juicio.
¿Y quien será el nuevo presidente de la Cámara?

En teoría, un diputado del PRI.

La Ley Orgánica (art17) establece que en el tercer año de legislatura, la tercera fuerza política debe presidir la Mesa Directiva.

El PRI es la tercera fuerza con 46 diputados.
Peeeero, existen guiños por “inflar” al PT, volverlo tercera fuerza y presidir la Mesa Directiva.

El PT tiene ahorita 40, le faltan 6 diputados para empatar al PRI.

Un par de notas que explican el tema:

eluniversal.com.mx/nacion/la-4t-q…

milenio.com/politica/camar…
Lo más seguro es que el PT-miembro de Juntos Haremos Historia-, intentará desistirse y, si lo logra, evitará que la Corte se pronuncie sobre la constitucionalidad del Acuerdo.
Un tema importante es que no procede el desistimiento si se trata de normas generales.

El acuerdo no es norma, pero sus efectos se le comparan.

Si la Corte acepta esa lectura, el desistimiento sería improcedente.

Acá una tesis que compartió el buen @MiguelMezaC
En fin, es muy importante que la Corte decida. Los alcances del acuerdo deben contrastarse con nuestra Constitución y las obligaciones convencionales del Estado mexicano.

Del acuerdo depende el sistema de seguridad pública del sexenio.
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