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Hoy vamos a hablar brevemente, a manera de introducción, de un tema que aman l@s abogad@s: fuentes del derecho

Tan las aman que toooooodos los libros para estudiar alguna materia, suelen dedicar siempre un apartado para repetir lo que dicen todos los libros de las otras materias
El tema con las fuentes del derecho, en general, es identificar en qué lugares dentro de un sistema se encuentran normas jurídicas válidas y vigentes.
De ahí que, en cada rama en particular se analice dónde hay normas que impactan a la rama
De acuerdo a esto, en teoría del derecho o en introducción, uno debería analizar los conceptos de fuentes, mientras que en las materias de dogmática jurídica, se deberían de analizar ordenamientos en particular y las normas que contienen para la materia.
Ahora, problema: en el mundo moderno, las fuentes son dispersas y sumamente diversificadas. Más si se piensa en administrativo, por la multiplicidad de áreas de la materia y, que, en un sistema como el mexicano, se conjugan además ordenamientos federal, estatal y municipal
Conforme a esto, consideramos que más que dar un repaso por las distintas fuentes que contienen normas administrativas, lo que se debe hacer es aportar herramientas para navegar entre la multiplicidad normativa y entender cómo las normas se vinculan con la función administrativa
P. Ej., en administrativo la figura del reglamento cobra particular relevancia porque es una fuente que es expedida, en principio, por el mismo órgano destinado a aplicarlo.

Ello implica, cuando menos, pensar detenidamente los límites o reglas aplicables a dicha fuente
También, por la posición organizacional que en un Estado tome la administración pública (principal ejecutor de la función administrativa), se desprenden consecuencias de aplicación de las fuentes.
Digamos, ¿qué debe hacer la AP frente a una ley inconstitucional? ¿desaplicarla?
O, ¿qué debe hacer un funcionario de nivel inferior al Presidente, que se encuentra frente a un reglamento inconstitucional? ¿Aplicarlo?, ¿desaplicarlo?

Piénsese que no aplicarlo podría llevarlo a incurrir en falta administrativa...

(Loading ideas)
En fin, por ahora solo queríamos plantear este punto de partida.

En próximos días iremos analizando fuentes en particular y su relación con la función administrativa de acuerdo al sistema jurídico mexicano.

Saludos de #catministrativo 🐈
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