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15 Dec, 17 tweets, 5 min read
La Dirección Nacional de Migraciones (DNM) fue atacada por un ransomware.
Quisimos saber qué había pasado así que les preguntamos.
Mirá lo que nos respondieron 👇
Así como en un secuestro físico extorsivo se priva de la libertad a una persona y solo se la libera bajo ciertas condiciones, en un "secuestro de datos" o "ransomware", un programa restringe el acceso a ciertos archivos y pide un rescate para devolverlo.
En este caso, todo comenzó algún tiempo atrás (en la isla del sol) cuando un ransomware atacó a la DNM. Pero con un ingrediente extra: si el rescate no se pagaba, los datos (que contenían información privada) se publicaban.
Y, efectivamente, esto fue lo que ocurrió el 10 de septiembre de 2020.
Desde O.D.I.A. quisimos entender qué había pasado y presentamos un Pedido de Acceso a la Información.
Todas las preguntas y respuestas están en el documento completo.
drive.google.com/file/d/1VjHk_X…
Los puntos más destacados te los contamos a continuación.
(1) El ransomware (aka “el bicho”, aka “NetWalker”) publicó más de 2GB de datos de la DNM, incluyendo datos personales como quién entró o salió del país y cuándo. Esta información no estaba encriptada.
(2) No se sabe cómo accedió el bicho. Al momento de la respuesta estaban investigando el tema, pero quizás no se sepa nunca.
(3) Los delincuentes tuvieron acceso a los datos desde el 27/08 y DNM lo notó el mismo día a las 6 am. Pareciera que el bicho no quiso estar oculto extrayendo información por mucho tiempo (o quizás DNM respondió mal nuestra pregunta, elegimos creer que no).
(4) Pese a preguntarle directamente, la DNM no nos quiso decir cuántas computadoras fueron afectadas, ni los datos de cuántas personas fueron expuestas.
(5) Se solicitaron documentos sobre protocolos de seguridad, política de permisos, políticas de seguridad y respuestas de incidentes, pero no fueron provistos.
¿Cómo saber si tus datos fueron publicados? Si sos argentino o residente tenés la hermosa oportunidad de averiguarlo a través de un tramite personal vía Trámites a Distancia. Si no preguntás, no te va a llegar una notificación.
Si sos una persona extranjera, las correspondientes Embajadas fueron notificadas para que cada una lo maneje a su antojo.
Desde O.D.I.A. entendemos que quienes son responsables de la custodia de los datos tienen el deber de notificar a los titulares de la información filtrada.
Sostenemos esto principalmente sobre la base de dos cuestiones.
(1) La actuación del Estado Nacional se encuentra alcanzada por el art. 1716 del Código Civil y Comercial de la Nación que establece el deber genérico de no dañar.
(2) El Estado -al igual que todo responsable de una base de datos- tiene el deber de adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales, según determina el art.9 de la Ley 25.326.
Por último, no queremos dejar de marcar la asimetría existente entre las capacidades de la persona y el organismo.
Notificar al titular es una obligación del Estado para proteger de posibles ataques a quien suministró la información que la autoridad falló en preservar.
Además, la investigación debe ser abierta con documentos públicos ya que la transparencia nos da más confianza a las personas ciudadanas, que somos las principales interesadas en un mejor manejo de nuestros datos.

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