Denuncias de corrupción siempre deben ser seriamente investigadas. El Min. Público tiene el deber de investigar seria y oportunamente.
La lucha c/ corrupción es fundamental, pero esta no debe ser usada para manipular el juego democrático
Ese es el desafío para el estado derecho
El informe Corrupción y Derechos Humanos de la @CIDH dedica un apartado al tema de los estándares mínimos que deben respetar las investigaciones sobre corrupción (pp. 149-144).
Sin respeto DDHH se deslegitima la necesaria lucha contra corrupción 👉🏽 oas.org/es/cidh/inform…
La @CorteIDH también se ha preocupado del tema sobre los estándares mínimos que deben satisfacer las investigaciones sobre corrupción para ser respetuosos de los derechos humanos (pp. 67-88) 👉🏽 corteidh.or.cr/sitios/libros/…
La @CorteIDH en el caso Andrade vs Bolivia (2016) señaló
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En la experiencia comparada, el caso de Brasil y Guatemala son relevantes sobre el uso político de las investigaciones sobre corrupción. En ambos se usaron investigaciones sobre corrupción para excluir candidaturas en procesos electorales.
Debemos sacar lecciones en Chile.
Por último, es fundamental garantizar el derecho de la prensa para investigar y denunciar. Acallar a la prensa, es el peor camino que podemos seguir para luchar contra corrupción con un enfoque de derechos humanos. En esto coinciden @CIDH@CorteIDH y @ONU_derechos 👇🏽
Llegó el momento de comenzar a prestar especial atención al financiamiento de las candidaturas a la constituyente. Terreno muy peligroso ☢️
Hay mucho en juego, actores con malas costumbres y una regulación muy débil. Escenario propicio para una nueva captura institucional (1/2)
Un completo reportaje de @ciper sobre malas prácticas y la impunidad en financiamiento ilegal de la política.
Ha habido cambios, pero insuficientes
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🇨🇱 Un gobierno q renuncia a gobernar, un tema no menor cuando quedan 20 meses de mandato. Desafíos socioeconómicos, sanitarios y políticos son enormes y necesitan respuestas. Seguir refugiándose en la respuesta autoritaria es la peor opción que se podía tomar. 1/4
En este escenario, el rol del parlamento es fundamental. Debe asumir un liderazgo efectivo. Rechazar la agenda represiva del gobierno, controlar políticamente a las autoridades y avanzar en una agenda socioeconómica q se haga cargo de las demandas sociales. 2/4
La sociedad civil debe asumir los desafíos de este complejo escenario. Es importante tener una organización articulada y unitaria, proponer una agenda política y socioeconómica clara y generar capacidad de movilización en un escenario con restricciones sanitarias. 3/4
Presidenta @TRIBCONST_CHILE nombrada x Pdte. Piñera, emite declaración apoyando a su ex jefe en el conflicto que este abrió con el Congreso.
El objetivo es uno solo: acallar debate democrático. Eso es lo grave de este conflicto.
Tal como sostuve ayer en @uchileradio , cualquier medida destinadas a evitar o entorpecer el debate democrático es una mala señal para la democracia. Si el objetivo de un poder (ejecutivo) es limitar debate en otro poder (Congreso), eso no es aceptable.
La Constitución consagra un sistema hiper-presidencialista. La propuesta que ha hecho el presidente busca ampliar ese poder en desmedro de la discusión democrática. Un nuevo ladrillo en el castillo del autoritarismo en construcción.
La interpretación que hace Micco de los DDHH es errada. Los instrumentos de DDHH NO sostienen que los derechos dependen de las obligaciones. Los DDHH son un límite infranqueable al poder estatal y no están condicionados a la ‘buena conducta’ del individuo. (1)
La interpretación que hace Micco de la Declaración Universal de DDHH es ideológica. Es parte de su visión comunitarista (base de su pensamiento ideológico). Eso es legítimo, pero de ahí no se desprende la dependencia de los derechos al cumplimiento de deberes. (2)
De hecho, ninguno de los tratados de DDHH vuelve sobre el punto de los deberes porque generaba esta errada idea. Es decir, el debate que plantea Micco está superado desde la década de los 60 en DDHH. (3)
Un Estado de Catástrofe es una excepción constitucional que permite al Presidente tomar medidas excepcionales para enfrentar crisis #COVID2019
Es solo un marco jurídico, lo importante son las medidas concretas q se adoptarán
Hay que estar atentos para q no se use con otros fines
Se pueden limitar: reunión, locomoción, propiedad y adoptar medidas administrativas para enfrentar crisis.
Las medidas que limiten esos derechos deben ser adoptadas por el Presidente y señalar concretamente cómo se afectarán dichos derechos.
No se pueden afectar otros derechos
Se aplicará el Decreto del 22/02, por lo que todos los riesgos que ya hemos señalado por esta vía y en @ciper se hacen realidad.
Las FFAA tendrán de facto atribuciones especiales en materia de uso de la fuerza y libertad personal.
Es fundamental un estricto compromiso con DDHH.