Con el tema de la mariguana. Ya desde hace muchos años la Ley General de Salud permitía portar hasta 5 gramos de cannabis sativa, índica y americana o marihuana.
Lo que implicaba que con esa cantidad o menos no se te podía presentar ante un Ministerio Público, ni ejercer acción jurídica alguna.
Después el 31 de octubre de 2018 la Primera Sala de la SCJN emitió jurisprudencia para el uso recreativo de la mariguana. Para ello falló a favor en 3 años sobre 5 casos de amparo por el libre desarrollo de la personalidad.