Con el tema de la mariguana. Ya desde hace muchos años la Ley General de Salud permitía portar hasta 5 gramos de cannabis sativa, índica y americana o marihuana.
Lo que implicaba que con esa cantidad o menos no se te podía presentar ante un Ministerio Público, ni ejercer acción jurídica alguna.
Después el 31 de octubre de 2018 la Primera Sala de la SCJN emitió jurisprudencia para el uso recreativo de la mariguana. Para ello falló a favor en 3 años sobre 5 casos de amparo por el libre desarrollo de la personalidad.
Con la jurisprudencia se le ordenó al Congreso de la Unión legislar sobre la materia, pero el congreso solicitó en 2 años 3 prórrogas para no hacerlo.
Hasta que hoy con 8 de 11 votos a favor el proyecto que deriva en la declaratoria de inconstitucionalidad lo que hace es OBLIGAR a legislar sobre el tema.
Por su parte, el proyecto, propone eliminar de la Ley General de Salud a la mariguana como droga ilícita y privilegiar el derecho a decidir de las personas.
Como ya mencionaba, lo que se logra es OBLIGAR a legislar porque hasta ahora no hay leyes para regular producción, comercialización y suministro. En español, no pueden andar libremente fumando, a menos que tengan un amparo como aquellas cinco personas que lo consiguieron en 2018.
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