En Continuación a mi 🧵HILO🧵 ¿Tuvo Jesús de Nazareth tuvo un juicio justo❓
Un libro analiza el proceso judicial contra Jesús de Nazaret en el contexto del derecho romano y de los trámites procesales de la época.
Palestina, año 30 de nuestra era. En el banquillo de los acusados, un profeta judío de 30 años que ha puesto en duda el statu quo político-religioso de su época.
Hablamos, claro, de uno de los procesos judiciales más célebres de todos los tiempos: Roma y las autoridades judías contra Jesús de Nazareth. Un caso analizado hasta la saciedad, salvo que proliferan los enfoques históricos, religiosos, teológicos y hasta políticos,
pero no tanto los judiciales. Preguntarse si Jesús de Nazareth tuvo un juicio justo puede sonar a thriller hollywoodiense de abogados.
Pero, al fin y al cabo, lo que le llevó a ser crucificado fue, literalmente, un proceso judicial, territorio en el que se mueve el profesor de Derecho Romano José María Ribas Alba (Sevilla, 1961), experto en el caso contra el fundador del cristianismo.
Tras unos cuantos estudios previos, Ribas Alba riza el rizo judicial en Proceso a Jesús (Almuzara, 2013), donde analiza el caso desde el punto de vista del derecho romano y la ley judía.
¿Conclusión? Jesucristo tuvo un juicio justo si nos atenemos a unos trámites ajustados a la legalidad vigente, un proceso penal con garantías dentro del estrecho contexto judicial de la época. No hubo ni conspiración ni encerrona judicial. El juicio a Jesús no fue ninguna farsa.
Un juicio político-religioso Para que un proceso judicial no sea arbitrario, las acusaciones deben estar fundamentadas. En el caso de Jesús de Nazareth, lo estaban. No tanto porque el díscolo profeta judío supusiera una amenaza inminente como por su heterodoxia doctrinal.
"Si lo comparamos con algunas de las figuras mesiánicas que lo antecedieron, Jesús no provocó ninguna alteración del orden público", cuenta Ribas Alba a El Confidencial.
El problema era que sus palabras, definirse Hijo de Dios, refutaban el orden teocrático vigente. "Lo que molestó a las autoridades judías, que estudiaron la doctrina de Jesús en serio, fue su heterodoxia doctrinal", aclara Ribas Alba sobre la actitud del Sanedrín,
Sanedrin: Consejo judío de sabios encabezado por la aristocracia sacerdotal. Suele interpretarse que los judíos montaron un juicio religioso y los romanos uno político, pero ambos elementos son inseparables El libro desmonta la tesis popular del doble proceso.
"Suele interpretarse que los judíos montaron un juicio religioso y los romanos uno político, pero ambos elementos son inseparables en esa época.
Los dos delitos, el de blasfemia judío y el de lesa majestad romano, son político-religiosos porque ponían en duda tanto a las divinidades como a sus representantes políticos", explica el autor. La autoridad romana Resumiendo: El Sanedrín imputaba y Roma juzgaba.
Lo hacía de "manera discrecional" y con un "poder penal amplísimo". "El proceso a Jesús se ajustó a esa discrecionalidad", cuenta Ribas Alba sobre un juicio "dirigido por una autoridad con más mentalidad militar que jurídica"
y que "no tenía que amoldarse a ningún código procedimental". Si Jesús hubiera tenido un grupo armado detrás, habría sido una amenaza para Roma. Pero aunque su discurso era preocupante, Jesús estaba solo Con todo, Jesús era una amenaza menor para Roma.
"Si hubiera tenido un grupo armado detrás, habría sido una amenaza. Pero no. Aunque su discurso era preocupante, Jesús estaba solo, y hasta sus pocos seguidores le habían ido abandonando.
Por eso las dudas de Poncio Pilato sobre su culpabilidad eran razonables", aclara Ribas Alba. El libro, que interpreta los evangelios en clave judicial, analiza el interrogatorio Pilato/Jesús, momento álgido de un proceso en el que "Jesús se presenta como rey de los judíos,
una imputación gravísima, merecedora de la pena capital". He aquí tres claves de un juicio que derivó en dilema popular: liberar a Jesús o al bandido Barrabás.
1) "Pilato, jefe militar curtido en la represión de las habituales revueltas judías, acostumbrado a los problemas prácticos de una confrontación armada, viendo el aspecto y la soledad del acusado, la ausencia de seguidores y la falta de un historial subversivo,
excluyó de antemano que se tratara de un pretendiente a rey. Concluye: 'No encuentro ninguna culpa en este hombre'". Pilato creía que Jesús era uno de esos asuntos judíos relacionado con la interpretación de la Torá en cuyas complejidades era inútil entrar
2) "Pilato, que casi con completa seguridad no había oído hablar antes de Jesús, debió de entender que se trataba de uno de esos asuntos 'especialidad de los judíos', relacionado con la interpretación de la Torá en cuyas complejidades era inútil entrar.
Pero la petición de la pena capital era un problema que debía afrontar". 3) "La decisión de Pilato de ligar el destino de Jesús a un supuesto favor populi entraba dentro de las posibilidades con las que procuró sortear los riesgos de un caso que, pese a su poca entidad aparente,
le estaba causando más problemas que los inicialmente previstos... Pilato terminó cediendo [a la presión popular]. El tenor del Evangelio de Lucas es altamente expresivo sobre la intensidad del clamor de la masa situada ante el pretorio. Barrabás fue liberado.
Con ello fracasaba estrepitosamente el plan inicial del prefecto, al tiempo que demostraba una grave falta de sintonía con los resortes últimos de la vida social de Jerusalén".
El otro Jesús se libró por loco Pudo no haber sido así. Ribas Alba recuerda un caso similar al de Jesús de Nazareth, el de Jesús hijo de Ananías, absuelto en el año 62 d.C. tras ser juzgado por "declarar públicamente el fin de Jerusalén" y "atacar al Templo",
proceso que ha llegado hasta nuestros días gracias al historiador judío Flavio Josefo. El otro Jesús quedó libre al concluir Roma que se trataba de "un loco sin responsabilidad penal". A Jesús hijo de Ananías le tomaron por "un enajenado". A Jesús de Nazareth le tomaron en serio.
La diferencia no es baladí: ser flagelado o flagelado y crucificado. El ensayo recoge las "llamativas" similitudes entre ambos procesos. "El Sanedrín ordena una detención. Se imputa una pena capital y el acusado es remitido al gobernador.
El pasaje [de Flavio Josefo] aporta una prueba muy fuerte sobre la incapacidad del Sanedrín para imponer una pena de muerte. El gobernador romano le juzga y le aplica el castigo de la flagelación, pero el gobernador le absuelve al estimar que sufre un trastorno mental".
¿La principal diferencia entre los dos casos? Ambos hablaron contra el Templo, pero a diferencia de las palabras de Jesús hijo de Ananías, las de Jesús de Nazareth "sí poseían claras connotaciones mesiánicas", aclara Ribas Alba.
"Proceso a Jesús intenta mirar al pasado con tolerancia. Los personajes que intervienen en el proceso contra Jesús de Nazareth no deben ser considerados perversos. Vivieron en las coordenadas de su tiempo y cumplieron con su deber,
¿O no❓aunque históricamente se les haya mirado con malicia, quizás a causa de cierto antijudaísmo", zanja Ribas Alba. Conclusión: Perdónales señor, aunque sí sepan lo que hacen. Pero en realidad si hubo muchas fallas e inconsistencias en la misma ley o la Misná Judia en ello.
Y en el caso de que así hubiera sido, la ley especificaba que, «una vez concluido el
juicio, no lo sentenciarán a muerte usando la circunlocución, sino que echarán a todo el público
fuera de la sala del juicio
y preguntarán al testigo de más dignidad: "Di, ¿qué oíste de modo
explícito?" Aquél lo dice. Entonces los jueces se ponían en pie, rasgando sus vestiduras que no
podían volver a unir.
El segundo testigo decía: "También yo oí lo que él" y el tercero afirmaba: "También yo (oí)
como él"».
¿Es que en el juicio contra el Nazareno sucedió algo de esto? Ni siquiera Caifás llegó a
rasgarse verdaderamente las vestiduras...
11.ª Si el Tribunal consideró que Jesús era un falso profeta -como así ocurrió-, la ley
tampoco autorizaba su juicio, a no ser por el «gran Sanedrín», formado siempre por 71
miembros. Y aquél, como ya dije, sólo constaba, oficialmente, de 23.
12.ª Por último, aunque, como digo, el rosario de fallos e irregularidades en esta causa
podría ser muy extenso, los jueces no respetaron tampoco las normas legales,
que señalaban
los lunes y jueves, como fechas oficiales para las distintas comisiones y asambleas de los
tribunales de justicia (así lo marca la Misná en su Orden Tercero, capítulo 1).
¿Qué Es La Mitzvá o Misná Judía o Hebrea? Ya lo explique en un 🧵HILO🧵 hace un tiempo ver mi publicación al respecto.

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He tenido la oportunidad de investigar en
numerosas fuentes, observando cómo, hasta hoy, entre los exegetas y demás autores y
estudiosos de esta parte de la Biblia no existe acuerdo sobre quiénes fueron los responsables
del juicio y posterior condena a muerte del Nazareno.
Para muchos (fundamentalmente autores
judíos), el Sanedrín de aquella época gozaba de la prerrogativa de la pena capital. «Y si Jesús
de Nazareth -dicen- fue ejecutado al estilo romano es porque el conflicto no iba con ellos»
Para otros, el Consejo Supremo de la comunidad israelita cl Sanedrin- podía juzgar, pero nunca
aplicar y ejecutar la pena máxima. En este supuesto, las castas sacerdotales no tuvieron más
remedio que acudir ante Poncio Pilato, para que confirmase la sentencia.
Nunca he podido comprender el porqué de estas diferencias de criterios, al menos entre los
exegetas y escritores católicos. La mayoría se manifiesta conforme con el misterioso y
difícilmente comprobable suceso de la resurrección de Jesús
(siempre desde un punto de vista histórico-científico) y, sin embargo, corren ríos de tinta a favor y en contra de la jurisdicción penal del Sanedrín.
Si profundizasen de verdad en el asunto -amén de las numerosas referencias históricas sobre la potestad de Roma y de sus procuradores- observarían que, teniendo en cuenta el odio de Caifás y sus correligionarios hacia Jesús,
lo fácil hubiera sido dictar esa pena capital y ejecutarla sin más. El hecho incuestionable de su visita a la fortaleza Antonia y el sometimiento general judío al juicio de Poncio están gritando un hecho objetivo:
era Roma quien, en definitiva, tenía la última palabra.
En los casos de las muertes de Esteban
(año 36 de nuestra Era) y de Santiago, uno de los hermanos de Jesús de Nazaret (año 62 después de Cristo),
muchos de los defensores de la « culpabilidad romana» en la ejecución del Maestro de Galilea han pretendido ver dos muestras decisivas de esa capacidad legal del Sanedrín para dictar y ejecutar sentencias máximas. Entiendo, no obstante, que ambas lapidaciones o apedreamientos
-llevados a cabo, efectivamente, por el Sanedrín- ocurrieron en sendos períodos en los que la provincia romana de Judea se encontraba temporalmente sin
procurador. En el año 36, Vitelio envió a Pilato a Roma para rendir cuentas ante el emperador Tiberio
y en el 62, según narra Flavio Josefo (Antigüedades, XX,197 y ss.), el procurador romano Festo acababa de morir y su sustituto, Albino> no había llegado aún a Judea.
Existe, además, otro contrasentido. Si el Sanedrín hubiera gozado verdaderamente de esa
capacidad legal para aplicar y consumar la pena de muerte, ¿por qué Jesús no fue ajusticiado al
«estilo judío»❓
La ley judía, una vez más, era sumamente cuidadosa en este aspecto. En el Orden Cuarto
(capítulo VII), la Misná dice textualmente: «El tribunal podía infligir cuatro tipos de penas de
muerte: la lapidación, el abrasamiento, la decapitación y el estrangulamiento.»
Generalmente, la lapidación o apedreamiento era la pena más dura. Era aplicada -y sigo citando la ley hebrea- a los siguientes: «al que tiene relación sexual con su madre o con la mujer de su padre
o con la nuera o con un varón o con una bestia (zoofilia) ; la mujer que trae a sí una
bestia (para copular con ella); el blasfemo; el idólatra; el que ofrece sus hijos a Molok (un ídolo pagano);
el nigromántico; el adivino; el profanador del sábado; el maldecidor del padre o de la madre; el que copula con una joven prometida; el inductor, que induce a un particular a la idolatría;
el seductor, que lleva a toda una ciudad a la idolatría; el hechicero y el hijo obstinado y rebelde».
En cuanto al «abrasamiento» , la ley establecía que eran reos de semejante ejecución «el que tenía relación sexual con una mujer
y con su hija y la hija del sacerdote que había fornicado (después de haber contraído matrimonio)».
Morían decapitados «el homicida y los habitantes de una ciudad apóstata».
Por último, la pena de estrangulamiento recaía en los siguientes:
«En el que hiere a su padre o a su madre; en el que rapta a una persona en Israel; en el anciano que se rebela contra la sentencia del tribunal; en el falso profeta; en el que profetiza en nombre de un ídolo;
en el que tiene relación sexual con la mujer de otro; en el que levante falso testimonio contra la hija de un sacerdote o se acueste con ella.»
Si la acusada fuese una mujer le hubiera tocado la ingesta de las aguas amargas.
La escolta levita se situá en torno a la mujer acusada y a los policías que la sujetan, formando un segundo cordón de seguridad.
El sacerdote retirá el lienzo y aparecé a la vista de los presentes un pequeño cuenco de
arcilla rojiza, con una capacidad aproximada de un litro.
Al verlo, la mujer sufre un ataque de desesperación, convulsionándose violentamente y profiriendo unos alaridos que hacen levantar el vuelo de las numerosas palomas que se hallaban posadas sobre los
torreones y cúpula del Templo, seguramente.
Un silencio total -roto únicamente por los aullidos de la prisionera- cayó poco a poco sobre el
lugar. El sacerdote que porta la vasija de barro levanta entonces su voz, conminando a la
mujer a que, por última vez, se declarara culpable o inocente.
El gentío aguarda expectante. Pero la hebrea entre gemidos cada vez más apagados, sólo
acertá a pronunciar dos palabras fatídicas: «Soy pura.»
El miembro del Templo, que parece tener una incomprensible prisa, volvió la cabeza hacia
uno de los levitas, musitándole algo al oído. El policía deja entonces su puesto, uniéndose a los
tres compañeros que retienen a la joven.
Y situándose a espaldas de la víctima la sujeta por la
espesa mata de pelo, tirando de los cabellos hacia abajo y obligándola a mantener el rostro cara al cielo.
Los gritos arrecian. Mientras la patrulla afianza sus pies sobre el áspero terreno, sujetando con nuevos bríos los brazos y piernas de la mujer, otros dos policías se sitúan a escasos centímetros de ella, cada uno frente a un costado.
Y como si aquella operación hubiera sido largamente estudiada o practicada, mientras el levita del flanco
izquierdo cerraba con sus dedos la nariz de la «adúltera», el del costado derecho sitúa sus
manos a escasa altura de la cara,
esperando a que el peligro de asfixia obligara a abrir la boca a la pobre judía. Entre sollozos y resoplidos mal contenidos, la muchacha terminá por aspirar aire.
Como movidas por un resorte, las manos del policía se hunden en el interior de la boca,
separando violentamente la mandíbula inferior. En décimas de segundo, el sacerdote que
portaba el cuenco da un paso hacia adelante, vertiendo su contenido en la boca de la víctima.
A pesar de los seis policías que toman parte en la inmovilización de la hebrea, ésta consigue
ladear levemente la cabeza, haciendo que parte de aquel líquido negruzco se derramara por sus
mejillas, cuello y túnica.
Una vez apurado el brebaje, el sacerdote retrocede, al tiempo que los levitas de los costados
dejaban libres nariz y boca. El que tiraba del cabello, sin embargo, al igual que los tres que
aprisionan sus brazos y piernas, siguen en su puesto.
Al leer tales practicas de la Misná, una oleada de indignación me conmueve de pies a cabeza, y estoy seguro que a ustedes también.
No han transcurrido ni cinco minutos cuando la mujer comienza a sufrir una serie de espasmos. Sus rodillas se doblaron, mientras los levitas trataban de mantenerla erguida.
(si analizamos la muestra de tinta, comprendemos que aquella actitud de los policías tenía un
único y bien estudiado objetivo: evitar que, al caer al suelo y flexionar el abdomen, la
condenada pudiera vomitar las «aguas amargas», anulando así sus efectos.)
Lentamente, la joven esposa judia acusada de adulterio, va perdiendo fuerza. Su rostro adquiere un tinte amarillento y sus ojos -muy abiertos y fijos en aquel azul infinito del cielo de Jerusalén (de esa época) - se abultan,
al tiempo que las grandes arterias del cuello se hinchan de forma alarmante.
Evidentemente, el veneno ha surtido efecto. Los sacerdotes lo sabían y, al apreciar aquellos síntomas, ordenan a la patrulla que soltara a la mujer. Al liberarla, ésta cae desplomada a tierra,
mientras las decenas de curiosos comienzan a desfilar en silencio, cruzando de nuevo la muralla o alejándose ladera abajo, hacia el Cedrón.
La tinta en cuestión contiene cuatro sustancias principales: añil, carbonato
potásico, ácido arsenioso y cal viva. Todo ello, diluido en agua común. La circunstancia clave de
que -según rezaba el Antiguo Testamento-, la tinta debía ser susceptible de disolverse en agua,
redujo considerablemente el panel de tintas utilizadas presumiblemente en el siglo I en Israel.
Este importante requisito de la disolución de la tinta en agua, y el no menos decisivo hecho de
que provocara en el ser humano los ya referidos efectos,
nos conduce casi irremisiblemente a la
llamada «tinta azul». uno de sus ingredientes -
el ácido arsenioso- no formaba parte en realidad de las sustancias primigenias y necesarias
para la composición de la tinta. Junto al añil, al carbonato potásico
y a la cal viva aparecía el sulfuro de arsénico, pero nunca el ácido arsenioso. ¿Cómo podía ser esto? La explicación es elemental: los israelitas utilizaban el tipo denominado «sulfuro amarillo de arsénico», que se daba espontáneamente en la Naturaleza,
en masas compuestas de láminas semitransparentes, de color amarillo-oro, inodoras, insípidas, insolubles en agua y volátiles al fuego. Este «sulfuro amarillo de arsénico» no es tóxico.
Ello explicaba que pudiera ser manipulado sin problemas. Sin embargo, en su interior se albergaba un veneno muy activo: el ácido arsenioso puro, de
efectos muy enérgicos.
Los judíos conseguían la disolución de este veneno (insoluble en agua, como ya comenté anteriormente), merced a otras sustancias que sí aparecían en la
composición de la «tinta azul»: el carbonato potásico y la cal viva, ambos de fuerte poder alcalino.
Probablemente, el sacerdote encargado de la «fabricación» de las «aguas amargas» hervía
las cuatro primeras sustancias -añil, carbonato potásico, sulfuro amarillo de arsénico y cal viva-
, consiguiendo una disolución total.
A continuación, tras filtrar el líquido resultante, le añadía una pequeña porción de goma arábiga pulverizada -hallada en la «tinta azul» y en una proporción idéntica a la cal viva-, resultando un brebaje doblemente útil: como tinta y como veneno.
En cuanto al sabor amargo, que dio nombre a la pócima, podría deberse a la presencia del
carbonato potásico, de fuerte sabor acre.
Dado el carácter «sagrado» de esta «tinta», lo más lógico es que no fuera compuesta hasta poco antes de su empleo.
La Misná Judia, en su Orden Tercero (dedicado a las mujeres), explica que el sacerdote llenaba un cuenco nuevo de barro con una cantidad que oscilaba entre un cuarto y medio «log» de agua del pilón (es decir, entre 125 y 250 gramos de agua común).
A continuación «entraba en el Santuario y se dirigía hacia la derecha, donde había un lugar de un
codo cuadrado (unos 45 centímetros cuadrados) con una mesa de mármol y un anillo fijado a ella.
Después de alzaría cogía la ceniza que había bajo ella y la ponía en el cuenco, de tal modo
que se hiciese perceptible en el agua, tal como está escrito: «de la ceniza que haya en el
pavimento del santuario tomará el sacerdote y la pondrá en el agua».
Por último, el sacerdote se hacía con la «tinta» y escribía las fórmulas rituales. Yavé -tal y
como especifica el libro sagrado Antiguo testamento seccion Pentateuco, o la Tora Judia (Números 5,23) ordenaba que se escribiera sobre «un libro».
En otras palabras, en un rollo. Tampoco debía utilizar goma, vitriolo ni ninguna otra sustancia
que quedase fija. Lógicamente, silo que se perseguía era que la acusada bebiese el veneno
contenido en la «tinta», ésta debía ser perfectamente soluble en el agua.
Una serie de dudas -más intensas y fascinantes, si cabe, quedan flotando en el espíritu de cada uno de nosotros y de quien esto escribe.
En primer lugar, si la salida de los judíos de Egipto se registró hacia el año 1290 antes de Cristo, ¿cómo es posible que el pueblo hebreo conociese el ácido arsenioso y su funesta acción sobre el organismo humano,
si las primeras noticias sobre dicho ácido empezaron a difundirse por el mundo en el siglo IX de nuestra Era?. Y si ellos no fueron los descubridores o creadores de semejante fórmula, ¿quién lo hizo? La conclusión inmediata sólo puede ser una: Yahweh o Yahvé.
Pero, aceptando esta hipótesis, ¿quién era este Yahvé, capaz de transmitir unas fórmulas químicas tan precisas, adelantándose, además, a los tiempos?
Y, sobre todo, ¿por qué un ser que se
autodefinía como Dios establecía procedimientos tan injustos y horrendos a la hora de dilucidar
la culpabilidad de una persona?
Según los especialistas en toxicología y medicina legal, la mujer que ingería una sustancia de las características citadas en las aguas amargas» sufría un cuadro gastroenterítico.
En realidad, con una dosis de 120 miligramos de este ácido arsenioso podía provocarse la muerte de la mujer. A los pocos minutos se presentaban los signos típicos: sed muy intensa, vómitos, deposiciones, calambres y facciones alteradas, provocando una muerte «asfíctica».
Otros expertos en venenos opinaron que quizá las «aguas amargas» podían contener, en lugar del ácido arsenioso, otro potente tóxico, extraído de la víbora del desierto conocida por «Gariba».
En este caso, y para hacer efectivo tan mortífero veneno, los sacerdotes introducían en la pócima la cal viva, que quemaba y desgarraba las mucosas internas de la desdichada, haciendo activo el veneno de la víbora, inocuo por vía oral.
Si las «aguas amargas» eran preparadas con este último veneno, siempre existía la posibilidad de «obrar el milagro». Bastaba con suprimir el tóxico producido por la «Gariba» o Echis Carinatus -muy frecuente en los desiertos de la península del Sinaí-
para que la supuesta adúltera no sufriera daño alguno. Naturalmente, este «truco» -enseñado también por el
sospechoso «Yahvé»- se prestaba a numerosas manipulaciones de la ignorante multitud
y - ¡cómo no!-, a posibles chantajes por parte de los responsables de las mencionadas «aguas
amargas». De cualquier forma, la mujer no se salvaba de morir, así la acusación fuera por sospecha. Aunque el sacerdote hacia la salvedad de que si la acusada era inocente, sobrevivirá
¿Qué son las aguas amargas en la Biblia❓
Aguas amargas: agua dulce o pura mezclada con polvo del suelo del tabernáculo. ... Cuando la mujer juraba que era inocente tenía que beberse el agua.
Si era culpable, “su muslo decaía” y se le hinchaba el vientre, pero si era inocente no sufría ningún daño y su marido debía dejarla embarazada como compensación.
Volviendo al tema del Juicio de Jesús de Nazareth, me desvie un poco con lo de las aguas amargas, o ni tanto, si eso hacían con una supuesta adultera, y así fuera por sospecha de adulterio, tenia que tomarse las aguas amargas, o ser lapidada, que no harían con el hijo de Dios.
Admitiendo, en consecuencia, que el Sanedrín hubiese tenido la potestad para ejecutar a
Jesús, y si los cargos más importantes eran los de «blasfemo», «falso profeta», «mago» y «
profanador del sábado», lo lógico hubiera sido que los hebreos lo hubiesen lapidado o estrangulado.
¿Por qué pidieron entonces su muerte por crucifixión❓
En mi opinión sólo puede obedecer a una doble razón: primera, porque el tribunal sabía que era el procurador romano quien debía decidir; es decir, Poncio Pilato.
Y segunda, porque en aquel simulacro de juicio,
la mayor parte de los jueces fueron saduceos. En otras palabras, la rama «dura» de las castas sacerdotales.
Caifás era uno de ellos y supo ganarse a un importante grupo, que fue el que asistió a la sesión matinal del «pequeño Sanedrín». Como ya cité, los saduceos -calificados en los Hechos de los Apóstoles (5,17) como «el cerco del sumo sacerdote Caifás»-
estaban en abierta oposición a los fariseos, disfrutando de una «teología» y «código penal» propios. Si el Tribunal hubiera estado constituido por una mayoría de fariseos, posiblemente las cosas habrían sido muy distintas y Jesús habría terminado su vida apedreado o estrangulado.
Pero la muerte por crucifixión era mucho más vil y humillante que las dictadas por la ley mosaica y es
casi seguro que la mayoría saducea se inclinara por aquélla, apurando hasta el límite su odio contra el impostor.
Sin embargo, la dudas hace muchos tiempo, seguía llameando en mi cerebro. ¿Por qué los inquisidores sanedritas habían gritado y volverían a gritar frente a Poncio Pilato la pena de crucifixión❓
Sólo al tener cumplido conocimiento de las acusaciones que, en efecto, figuraban en uno de los pergaminos que llevaba Caifás y que presento a Pilato, y el resto de la historia, ya saben en que termino, pero el final feliz es que Jesús de Nazareth resucito al tercer día, amen 📿🙏
Con todo el amor hice y comparto este 🧵HILO🧵 al cuál titulé: ¿Tuvo Jesús de Nazareth un juicio justo❓
Cordialmente:
Sargento Viceprimero. Ingenieros. (Reserva Activa). Life Coach. Wilmar Restrepo Gaviria
Suboficial Del Ejército Nacional En Uso De Buen Retiro Namasté 🧘♀🧘🏻♂📿

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