No es lo mismo no tener contrato de trabajo a no tener copia del contrato. Y tampoco es lo mismo no estar de alta en la Seguridad Social que simplemente no tener contrato de trabajo. Voy a explicar qué es importante y qué no lo es tanto, y cómo actuar en cada caso. 🧵👇👇
Si empiezas a trabajar en un sitio y no te han dado ningún contrato de trabajo, lo primero que tienes que hacer es comprobar que te hayan dado de alta en la Seguridad Social. Esto lo puedes saber sacando un informe de vida laboral: 👇👇
Poniendo en el buscador "Informe de Vida Laboral Seguridad Social" podrás acceder a tu portal on-line con el sistema SMS; también se puede entrar por el sistema Cl@ve PIN, por Cl@ve Permanente y con certificado digital. Dejo un enlace si no tienes ninguno:
litigiocritico.blogspot.com/2019/08/como-s…
De hecho existe un informe concreto donde te acredita en día exacto si estás dado de alta o no en la Seguridad Social. Se llama "Informe de alta laboral a fecha concreta". Dejo el enlace también:
sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sed…
Si no nos han dado de alta en la SS tenemos que actuar rápido denunciándolo a Inspección de Trabajo. Es importante que la autoridad laboral nos regularice cuanto antes; no os podéis imaginar lo difícil que es acreditar que se ha trabajado en negro después del despido 👇
Dejo el enlace donde explica cómo interponer la denuncia en Inspección de Trabajo. Y dejaros de historias de denunciar anónimamente, aquí hay que ir de cara: denunciar y no decir nada en el trabajo para que el Inspector/a actuante pueda corroborarlo:
mites.gob.es/itss/web/Atenc…
Si pides "amigablemente" al jefe que te dé de alta en la Seguridad Social lo que hará es decirte que te largues y no vuelvas; cuando llegue el Inspector/a ya no podrá comprobar que trabajas en negro. Que te tienen que dar de alta es algo obvio que no tienes por qué pedirlo. 👇
Esta denuncia también hay que hacerla si trabajamos más horas de las que nos está cotizando. Está muy extendido el fraude de pagar una parte del salario en efectivo para no cotizarlo. Esto puedes comprobarlo en el Informe de Vida Laboral: 👇👇
Lo puedes ver en la columna que pone CTP %, si salen rayitas es que estás a jornada completa, si sale un porcentaje, estás cotizando al tiempo parcial que indique. Si trabajas más de lo cotizado, también deberías denunciarlo a Inspección de Trabajo 👇 Image
El alta en la Seguridad Social es lo más importante, porque te asegura la prueba de que has trabajado durante ese periodo. Ahora bien, ¿Qué pasa si trabajamos, estamos de alta en SS, pero no hemos firmado ningún contrato de trabajo? En realidad esto no es tan malo para ti... 👇
Esto es así porque la normativa laboral prevé "de serie" que si no existe contrato de trabajo, la relación laboral es indefinida y a jornada completa. Y que la misma existe es evidente con el alta en la Seguridad Social. Así lo prevé el art. 8 ET: Image
Por eso, en realidad, es más al empresario que al trabajador al que le interesa que el contrato esté formalizado por escrito, especialmente en contratos temporales. Que no exista el contrato por escrito puede suponer que cuando te despidan puedas cobrar más indemnización 👇
Por ejemplo, empiezas a currar en un sitio: te dan de alta en la Seguridad Social, no firmas ningún contrato (sí, hay empresas chapuceras que actúan así), y luego resulta que en el código de contrato de la Vida Laboral de la SS pone que es un 501 (esto es obra o servicio)... 👇
Sí esa obra no ha sido puesta por escrito en contrato de trabajo, y tu despido es por "fin de contrato temporal" que nunca has firmado, si impugnas el despido será improcedente, y te llevarás 33 días por año trabajado en lugar de los 12 que te tendrían que pagar 👇
Luego están las empresas que te traen el contrato para firmar varias semanas más tarde de haber empezado, por supuesto con la fecha inicial (suelen decir "la gestoría ha tardado en hacer el contrato" o excusas similares). Legalmente el contrato hay que hacerlo antes de empezar:👇
Por lo tanto, en estos casos aconsejo que junto a la firma se ponga la fecha real en la que firmamos. Técnicamente lo que sucede aquí es que ha empezado la relación laboral siendo indefinido y luego la empresa trata de convertirlo en temporal, cosa jurídicamente imposible 👇
La consecuencia es la misma que cuando no hay contrato: el despido puede ser improcedente. Eso sí, cuidado al principio el trabajador suele estar en una posición de máxima debilidad al estar en periodo de prueba. No montes el pollo por esto y añade la fecha discretamente👇
Acabo con el otro supuesto; ¿Qué pasa si nos quieren hacer firmar el contrato, pero se lo queda la empresa sin darnos a nosotros una copia? Y aquí es donde sí que tenemos que plantarnos y no firmar ningún documento del que no tengamos copia. 👇
La indefensión que nos genera que la empresa tenga documentos firmados por nosotros, pero nosotros no tengamos copia, es tremenda: y esto no solo es con los contratos, también con finiquitos, cartas de despido o cualquier documento que quiera la empresa firmado. 👇
Y esto incluso lo extendería a cualquier ámbito fuera del laboral: nunca hay que firmar un documento del que antes de la firma no nos aseguremos que tenemos copia para nosotros. Y la copia que nos den, que esté sellada por la empresa (o la contraparte del contrato). 👇
No son pocas las veces que he visto contratos en los que no está la firma ni el sello de la empresa. Si ellos no la firman en nuestra copia, nosotros tampoco les firmamos la copia que se quedan ellos. Esto es básico, y la inexistencia de contrato no te quita derechos. Fin 🔚✊✊

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10 Oct
Lo pongo en mayúsculas para que quede claro y llegue a todo el mundo: NUNCA FIRMES UNA BAJA VOLUNTARIA PORQUE TE LO PIDA LA EMPRESA. Las bajas voluntarias se firman cuando uno se quiere ir de la empresa, y no porque le convenga al jefe. Si te pasa, ten en cuenta lo siguiente:🧵👇
Estos días me están llegando demasiadas consultas en este sentido; las empresas piden a los trabajadores que les firmen una baja voluntaria (también les llaman dimisión o cese voluntario) y se hacen valer de una serie de mentiras aprovechando el desconocimiento del trabajador.👇
El motivo de que haya tantas propuestas de este tipo estos días parece ser que son empresas que no les parece tan atractiva la última prorroga de los ERTEs (con nuevas condiciones de cotización a partir del 1 de noviembre) y quieren llevar a cabo despidos trampeándote.👇
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9 Sep
Es posible que estos días muchos trabajadores os volváis a ver sin trabajo porque haya finalizado vuestro contrato temporal de "temporada de verano". Muchos de estos despidos son ilegales, y no porque haya terminado, sino porque el contrato está en fraude de ley. Lo cuento 👇🧵
Lo primero que tenéis que mirar es qué tipo de contrato de trabajo temporal tenéis. Hay de tres tipos:
1⃣Obra o servicio
2⃣Circunstancias de la producción
3⃣Interinidad
Hoy hablaré del segundo, de circunstancias de la producción, que es el más habitual en contratos veraniegos 👇
Para que este contrato sea válido, tiene que especificar en el propio contrato de trabajo qué circunstancia especial justifica que la empresa tenga que contratar a temporales. Y ya anticipo; poner "temporada de verano 2021" no sirve.
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5 Sep
Voy a explicar cómo hacer una baja voluntaria en el trabajo de manera correcta para que nos evitemos sustos de última hora en el finiquito. Es algo muy sencillo, pero no son pocas las veces que veo metidas de pata de los trabajadores al hacerla. Vamos allá!! 🧵🧵👇
Primero de todo: la baja voluntaria es que nos vamos voluntariamente del trabajo (por los motivos que sea), sin derecho a paro y sin derecho a indemnización. Y ojo con lo del derecho al paro; para volver a tenerlo necesitarás que en el nuevo curro estés al menos 3 meses. 👇👇
Por otro lado, si el motivo de la baja voluntaria es probar fortuna en un nuevo empleo valora la opción de pedir una excedencia voluntaria, ya que en ese caso tienes preferencia de incorporación (respecto a nuevas contrataciones) si terminada la excedencia necesitas volver. 👇👇
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1 Sep
Con la vuelta de las vacaciones me llegan muchas consultas de trabajadores a los q la empresa les reduce la jornada a menos horas (con la correspondiente bajada salarial). Les dicen que o eso, o calle con 20 días por año trabajado. Pero hay una 3ª opción q nunca te la cuentan👇🧵
Una bajada de sueldo es lo que en nuestra jerga llamamos modificación sustancial de condiciones de trabajo, y viene a ser un empeoramiento de tus condiciones de trabajo, según la cual puede ya no interesarte seguir trabajando con la nueva jornada. 👇
Por eso la normativa nos permite ante tal cambio irnos de la empresa con derecho a paro y una indemnización de 20 días por año. Pero para que lo pueda hacer la empresa tiene q haber un motivo (económico u organizativo) muy justificado; no vale con la mera conveniencia del jefe.👇
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31 Aug
En caso de ser VÍCTIMA DE VIOLENCIA MACHISTA tienes algunos derechos laborales que pueden ayudarte mucho. Para ser considerada víctima y poder ejercerlos se necesita una de estas dos situaciones: 👇👇
1⃣ Orden de protección emitida por el juez.
2⃣ Informe del Ministerio Fiscal donde se te reconozca esta condición.

Los derechos que tienes y puedes hacer uso de ellos son: 👇👇
A.- Poder reducirte la jornada de trabajo (con disminución proporcional de sueldo), o poderte cambiar el horario que mejor te venga (si no hay acuerdo sobre esto, prevalece la petición de la trabajadora).
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17 Aug
Hoy voy a hablar de ese caso tan habitual: cuando la empresa ordena a sus trabajadores poner con su puño y letra y firmar un registro de jornada falso, haciendo figurar menos horas de las que realmente ha trabajado. No es una situación fácil de afrontar. Doy algunos consejos 🧵👇
Primero de todo veamos la norma que obliga a registrar la jornada. La tenemos en el art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores y está vigente desde el 12 de mayo de 2019: 👇
Fijaos que el término que utiliza es GARANTIZARÁ, de manera que el registro tiene que ser fiable. No es válido un Excel creado por el propio empresario que lo pueda modificar cuando se le antoje. Pero vamos a lo importante : ¿Es válida nuestra firma y horario escrito a mano? Sí👇
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