1/7 El juicio #Odebrecht llega a su fin, por lo que es bueno recordar elementos procesales importantes de cara al fallo que hoy, a las 3pm, podremos escuchar. Veamos elementos vinculados a la labor probatoria de las partes, y al proceso de instrucción:
2/7 (a) Cantidad de pruebas no se traduce a calidad. MP ha sido reiterativo en que existen miles de piezas, pero cuando no se señalan las contundentes, es evidente que no hay una sola que - por ella misma - genere la imputabilidad necesaria; Lección importante para las aulas.
3/7 (b) Se descartó el acuerdo donde la constructora supuestamente “admitió” los sobornos; (c) Se excluyó el acuerdo de lenidad; (d) Fueron excluidas parcialmente las declaraciones de Marcos Vasconcelos; (d) Los testigos “a cargo” más “importantes” eran testigos indirectos;
4/7 (e) Las delaciones premiadas, excluidas; (f) No se concretizó coherentemente la imputación con el hilo probatorio y el cierre eventual. Esto es muy importante porque el juicio penal es una deconstrucción del principio de inocencia, y si no es absoluta, no es suficiente;
5/7 Al momento del voto disidente de la Mag. Miriam Germán, las pruebas anteriores estaban incluidas en el proceso. Cuando dijo que se apreciaba una "dificultad probatoria" que no destruía la duda razonable, lo dijo con un expediente “más robusto” que el que hoy será juzgado.
6/7 Rescato, para terminar, el DP humano de Zafaronni, donde, a modo de revisión política criminal, el DP jamás debe olvidar imputado tiene un rostro. Alejarse de la teoría negativa y agnóstica es una necesidad, no una decisión. Hay que escapar al romanticismo penal reaccionario.
7/7 Por todo lo anterior, me parece que no es posible, en buen derecho, condenar a ninguno de los imputados. Y el legado que nos deja, además de mucha jurisprudencia y participaciones estelares de abogados increíbles, es que los casos se ganan en estrados, no en la prensa.

• • •

Missing some Tweet in this thread? You can try to force a refresh
 

Keep Current with Francisco Álvarez Martínez

Francisco Álvarez Martínez Profile picture

Stay in touch and get notified when new unrolls are available from this author!

Read all threads

This Thread may be Removed Anytime!

PDF

Twitter may remove this content at anytime! Save it as PDF for later use!

Try unrolling a thread yourself!

how to unroll video
  1. Follow @ThreadReaderApp to mention us!

  2. From a Twitter thread mention us with a keyword "unroll"
@threadreaderapp unroll

Practice here first or read more on our help page!

More from @falvarezm88

15 Oct
Ayer se volvió tendencia la condena de AR, de donde se dedujo un soborno “sin sobornado”, en el marco del juicio #Odebrecht; Con fines meramente académicos, y para discutir, procedo con unos comentarios (ignorantes, pues no tenemos el fallo íntegro) tratando de entender. 1/8
La condena se basa en el artículo 3 de la L448, del cual se retienen estos elementos constitutivos: 1) Persona física o jurídica que 2) Ofrezca, prometa u otorgue intencionalmente 3) Directa o indirectamente, cualquier beneficio 4) A cambio de hacer o no hacer; 2/8 Image
De la morfología del artículo, me parece que el tipo penal se configura con la prueba del ofrecimiento, sin necesidad de que se compruebe que el elemento pasivo (el funcionario o persona que ejerce una función pública) aceptó o no la referida oferta. 3/8
Read 8 tweets

Did Thread Reader help you today?

Support us! We are indie developers!


This site is made by just two indie developers on a laptop doing marketing, support and development! Read more about the story.

Become a Premium Member ($3/month or $30/year) and get exclusive features!

Become Premium

Too expensive? Make a small donation by buying us coffee ($5) or help with server cost ($10)

Donate via Paypal Become our Patreon

Thank you for your support!

Follow Us on Twitter!

:(