Aunque solo sea porque los legisladores de estos temas 👩🏽⚖️ también comen vegetales y seguro que no les apetece acabar como el pez con 3 ojos 🐡 de los #Simpson, la respuesta no puede ser tan básica.
Los plaguicidas o productos fitosanitarios se utilizan para proteger a las plantas de las plagas🪰, mejorar su conservación y eliminar el crecimiento de malas hierbas🌿.
Como consecuencia de su uso, pueden aparecer residuos en las frutas 🍓🍈 y hortalizas 🥗🥬.
En la Unión Europea (UE) pueden emplearse unos 500 plaguicidas autorizados, porque han demostrado ser eficaces y seguros para los consumidores y el medio ambiente 🌈.
¿Y por qué se encuentran residuos de plaguicidas no autorizados en la UE?
Porque en otros países se pueden utilizar otros fitosanitarios que no estén autorizados en la UE y, por eso, para garantizar que tanto los vegetales producidos en la Europa como los importados son seguros
se establecen límites máximos de residuos (LMR)👌🏽para miles de sustancias (no solo para las autorizadas en la UE).
Puedes consultar la base de datos con los LMR de #pesticidas en este enlace ec.europa.eu/food/plants/pe…
Que, claro, una cosa es lo que se legisla y otra lo que puede llegar al mercado...pues la legislación se cumple, como muestran los informes de la @EFSA_EU
Ojo, que el tema de los residuos de plaguicidas en vegetales, tanto de producción dentro de la UE como de importación es una duda razonable que incluso se ha llevado al @Europarl_EN. Aquí tienes una respuesta reciente al tema: europarl.europa.eu/doceo/document…
1⃣ Los LMR se establecen con un margen de seguridad muy amplio para proteger a toda la población, incluso a los grupos vulnerables👨👩👧👦 y a los que tengan un alto consumo de vegetales.
2⃣ Los LMR no son límites toxicológicos, es decir, no representan la cantidad máxima de sustancia a partir de la cual no se pueden descartar efectos adversos. Lo que te he comentado del margen de seguridad.
Así que la próxima vez que veas la "lista de frutas más contaminadas con pesticidas" o "los 10 vegetales que no debes comer porque contienen plaguicidas", ya sabes lo que puedes hacer con esa información.
Solo buscan tu clic.
2️⃣Aunque para hacer 100 g de producto se usen 58 g de cereales integrales, también se usa arroz refinado 🍚en un porcentaje muy elevado, el 37 %, y es el segundo ingrediente en peso.
Pasar el día fuera de casa es un plan 🔝,y si te llevas tu comida no tienes que pensar dnd comer, te garantizas un menú saludable y va a salir mejor de precio🤑.
Xo comer de picnic puede ser un riesgo alimentario🦠, te cuento ⬇️ #EUChooseSafeFood @EFSA_EU@AESAN_gob_es
Este calor 🌞es enemigo de la seguridad alimentaria, y sacar alimentos fuera de casa hace difícil mantener la higiene e incrementa los riesgos.
Aquí van unas pautas para que tu día de campo o playa 🏖️no acaben con una intoxicación🤮: #EUChooseSafeFood @EFSA_EU @AESAN_gob_es
Elige bien los alimentos.
⛔️Evita siempre: alimentos de origen animal crudos o poco cocinados (mayonesa casera con huevo crudo 🥚, tortillas poco cuajadas🍳, sushi, tartar, hamburguesas al punto🍔, cremas) y arroz y pasta cocidos #EUChooseSafeFood @EFSA_EU @AESAN_gob_es
Pues volvemos a las andadas con el etiquetado corregido de la crema de cacao #realfood.
La mención "rico en" es una declaración nutricional, definida en el R1924/2006. El producto hace 2: 1 sobre el contenido en fibra y otra sobre el potasio de uno de sus ingredientes (...) ⬇️
El etiquetado dice "nuestro ingrediente principal es la castaña (origen Galicia) rica en potasio y fibra".
Rico en potasio y fibra son declaraciones nutricionales que en este caso se están haciendo sobre un ingrediente, no sobre el alimento.
Esto no está contemplado en la legislación ya que deben hacerse sobre el alimento completo. Ya no sería correcto y no tendríamos que seguir analizando.
Pero hagamos como si no lo hubiésemos visto.
Veamos cómo se regula "rico en".
Se presenta como una crema de cacao "sin azúcares añadidos" y "sin edulcorantes" y entre sus ingredientes tiene puré de castañas, #dátiles o cacao, todos ellos destacados con imágenes en el frontal de la etiqueta.
La mención "sin azúcares añadidos" está regulada por el R1924/2006: para hacer dicho reclamo el producto no puede llevar azúcares (legalemente mono y disacáridos excepto polialcoholes) y, aquí viene lo importante, NINGÚN ALIMENTO UTILIZADO POR SUS PROPIEDADES EDULCORANTES
¿Qué piensas cuando ves un producto que indica #SinAditivos en su envase?
¿Te parece más nutritivo? ¿Más seguro? ¿Más natural?
Pues nada de eso: es un reclamo de marketing q funciona xq te han convencido d que "sin" es mejor.
Abro #hilo #EUChooseSafeFood@EFSA_EU@AESAN_gob_es
A pesar de su mala fama, los #aditivos cumplen funciones tecnológicas en los alimentos: garantizan su conservación, mantienen sus nutrientes y aportan cualidades sensoriales que tú vas buscando. #EUChooseSafeFood@EFSA_EU@AESAN_gob_es
Sería difícil que comprases un alimento, por inocuo que fuera, si la grasa se hubiese separado del resto, si la textura fuera grumosa en lugar de cremosa o si hubiese perdido su sabor #EUChooseSafeFood@EFSA_EU@AESAN_gob_es
¿Por qué hay #azúcares en el #yogur "sin azúcares añadidos?
¿Qué misterio habrá? ¿Nos engañan con este etiquetado?
No. Aunque la explicación es un poco enrevesada.
Abro #hilo 🧵
Una cosa es lo que tú piensas que es el azúcar 🧁(ese compuesto que otorga un sabor dulce y que es perjudicial para la salud) y otra, lo que dice la legislación sobre etiquetado 🏷️.
Según la normativa👩🏻⚖️, los azúcares que aparecen en la tabla de valores nutricionales son “todos los monosacáridos y disacáridos -es decir, azúcares simples- excepto los polialcoholes”.