#CUIDADO: La propuesta de régimen de excepción presentada por el Ejecutivo de #ElSalvador incluye suspender garantías judiciales que NO PUEDEN SER SUSPENDIDAS según Opinión Consultiva 09/87 de la @CorteIDH@DPLF_info (Abro🧵)
2/ Se propone suspender artículo 12 párrafo segundo de la Constitución de #ElSalvador, que contiene garantías esenciales del #debidoproceso: (i) derecho a conocer los cargos que se me imputan, (ii) derecho a no ser obligado/a a declarar, (iii) derecho a contar con un abogado/a
3/ Sistema Interamericano se ha pronunciado en Oc/09-87 sobre los derechos que NO PUEDEN SER SUSPENDIDOS bajo regímenes de excepción. Entre ellos, el derecho a interponer hábeas corpus y amparo, pero también las garantías judiciales reconocidas en su Art. 8 (debido proceso)
4/ @CorteIDH ha indicado que estos derechos "no pueden ser suspendidos durante situaciones de excepción". La razón es simple: si se suspendieran, cualquier ciudadano/a estaría a merced de los superpoderes excepcionales del Estado, sin ninguna protección frente a posibles abusos.
5/Las garantías judiciales de Art. 8 de la Convención incluyen el derecho a que le comunique la acusación (Art. 8.2.b), a tener una defensa técnica (Art.8.2.d y e) y derecho a no declarar contra sí mismo y a no ser coaccionado para declarar (Art.8.2.g y 8.3)
Va un hilo para explicar por qué no es contradictorio decir que un juez de amparo sí puede ejercer control sobre elección de magistrados/as del @TC_Peru, pero NO respecto de las decisiones del @JNE_Peru en materia electoral. ¿Cuál es la diferencia? Aquí la explico.
La posibilidad de control judicial en el caso del @TC_Peru se basa en el "derecho a un recurso efectivo". Este derecho (Art. 25 CADH) garantiza que exista un recurso para proteger #DDHH cuando se alega que un acto del poder público (p.ej. @congresoperu) los vulnera.
El procedimiento de selección del @TC_Peru podía ser controlado por jueza de amparo, porque no existía otro recurso disponible donde poder plantear vulneraciones/irregularidades. De hecho, la Comisión Especial del Congreso no aceptó reclamos ¡ni de los propios candidatos/as!
¿Cuestionar judicialmente la designación de magistrados/as del @TC_Peru es algo de otro planeta? ¿Es forzar las normas? ¿Es una idea sin sustento? NO.
En el Perú, recién estamos despertando a esa posibilidad. Pero hay muchos ejemplos regionales. Hilo 🧵👇🏽
En #ElSalvador, desde 2012 la @SalaCnalSV hace ha anulado designaciones realizadas por el órgano legislativo, cuando ciudadanos/as demandan que no han cumplido con estándares de mérito, transparencia o cuando los/as elegidos/as tenían vinculaciones político-partidarias.
En #Colombia, el @consejodeestado resuelve acciones que pueden ser planteadas por cualquier ciudadano/a “contra actos mediante los cuales se hace una designación por elección (popular o no) o por nombramiento”, incluyendo a la Corte Constitucional: bit.ly/3ywCK15
Va hilo sobre la conferencia de prensa ofrecida por la misión política que llegó estos días a Washington D.C. Como peruana que vive aquí, quería escuchar lo que tenían que decir y enterarme de su agenda en la ciudad.👀
Además de un puñado de peruanxs como yo, incluyendo a @emanuelefrance6, no ví prensa. ¡Ah no! Sólo estaba América TV y un periodista del medio conservador NewsMaxMedia, cuya oficina quedaba al lado de la sala donde estábamos. 🦗🦗
Me llamó mucho la atención algo inusual: fue en español. Las conferencias de las misiones políticas aquí suelen ser en inglés o con traducción simultánea.