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Los magistrados eran los encargados de administrar y dirigir la política en la Antigua Roma, pero ¿quiénes eran y qué hacían exactamente estos funcionarios públicos? Hoy en #HilosConHistoria es turno para analizar las magistraturas romanas durante la República.
Las magistraturas fueron apareciendo tras la implantación de la República (509 aC) y todas tenían una serie de características comunes: eran gratuitas, desempeñadas ad honorem; la colegiabilidad, pues siempre eran dos o más en cada una de ellas (a excepción de la dictadura)...
...la duración, limitada a un año sin posibilidad de reelección inmediata (a excepción de la censura); eran cargos electos por los comitia centuriata o tributa o el concilium plebis y, además, existía una jerarquía para su desempeño.
Con la Lex Villia Annalis de 180 aC se regularon las edades mínimas de acceso a las magistraturas para evitar carreras políticas rápidas y en 81 aC Lucio Cornelio Sila reformó de nuevo algunos aspectos con la Lex Cornelia de magistratibus.
Durante la República, el orden jerárquico de las magistraturas era el siguiente: el vigintisexvirato, la cuestura, el tribunado de la plebe, la edilidad, la pretura, el consulado y la censura. Además, existía la dictadura, una magistratura extraordinaria.
El vigintisexvirato era un conjunto de 26 magistraturas menores de diversas funciones y una de ellas solía ser desempeñada por los jóvenes, entre 17 y 24 años, antes de iniciar la cuestura. Eran designados por el pretor, aunque a finales del s V aC se conviertieron en electivas.
La cuestura ya existía en época monárquica y en sus inicios tenían atribuciones judiciales pero fueron sustituyéndolas por temas relacionados con la hacienda pública y el tesoro. Eran elegidos por los comitia tributa y la edad mínima eran 30 años.
Su número varió durante toda la República, así, al inicio de la misma eran dos, los mismos que en la Monarquía, luego pasaron a cuatro 421 aC), seis (267 aC), ocho (227 aC), diez (197 aC) y viente con Sila, para acabar estableciéndose en cuarenta en época de Julio César.
El siguiente escalafón lo ocupaban los ediles. Debemos distinguir aquí entre los ediles plebeyos y los curules. Los primeros tienen su origen en 494 aC y tenían como principal tarea asistir a los tribunos de la plebe, posteriormente sus funciones se asemejaron a la de los curules
Los ediles curules aparecen en el 366 aC y en un principio solo estaba reservada a patricios. Sus funciones eran las de la organización de los juegos, vigilar los mercados, el abastecimiento de grano de la ciudad, la conservación de los templos y funciones de orden público.
La edad mínima para acceder a la edilidad quedó establecida en 36 años y eran elegidos por los comitia tributa. Su número quedó fijado en dos ediles plebeyos y dos curules y las diferencias entre ellos se fueron desvaneciendo con el tiempo.
A continuación nos encontramos con el tribuno de la plebe, cargo creado en 494 aC y reservado para los plebeyos. Su elección se realizaba a través del Concilium Plebis y la edad mínima para acceder al cago eran 27. En ocasiones sustituía la edilidad en el cursus honorum.
Este cargo pretendía ser una defensa de los intereses plebeyos frente a los patricios y ejercían el auxilium, la ayuda, a través de la intercessio, la capacidad de veto de cualquier decisión de cualquier magistrado o del Senado. Además, si figura tenía carácter sacrosanto.
Su poder, sin embargo, no llegaba más allá del radio de una milla en torno al pomerium. En un principio, el número de tribunos de la plebe se estableció en dos, pero rápidamente se incrementaron hasta llegar a diez.
Los pretores pertenecían a las magistraturas que poseían imperium, capacidad de mando militar, y eran elegidos en los comitia centuriata. La edad mínima para acceder al cargo era 39 y tenían a su disposición seis lictores. Eran los encargados de la administración de la justicia.
La magistraura de pretor aparece en 366 aC (pretor urbano) y su número solo era de uno, pero en 242 aC se añade un nuevo pretor (pretor peregrino), para administrar justicia en los casos en los que hubiese un extranjero implicado. Su número se iría ampliando a medida que...
... el territorio de Roma fuese aumentando, así en 227 aC se crearon dos pretores más para la administración de Sicilia y Cerdeña y dos más en 197 aC para la Hispania Citerior y Ulterior, siendo su número ocho con Sila y finalmente 16 con César.
El consulado era la magistratura más alta durante la República y también poseían imperium, eran elegidos por los comitia centuriata y tenían a su disposición un total de doce lictores. La edad mínima para ejercer el consulado era 42 años, además daban el nombre al año.
Su número fue siempre el mismo: dos. Aparece desde el inicio de la República, aunque poco a poco van perdiendo atribuciones debido al aumentos de las funciones públicas. Sus funciones principales eran las de comandar y reclutar el ejército y el gobierno civil de la ciudad.
En las elecciones consulares debía estar presente siempre uno de los dos cónsules. Existía el cónsul sufecto, que era aquel elegido para sustituir al cónsul ordinario que había fallecido, renunciado o había sido destituido. Hasta 367 aC fue un cargo reservado solo a los patricios
Tanto el pretor como el cónsul, una vez finalizado su mandato podían ser nombrados como propretor o procónsul en una provincia, haciendo las veces de gobernador o como general en jefe. La designación como procónsul, además, solía ser para más de un año.
La censura era una magistratura con una duración de 18 meses y sus dos miembros eran elegidos cada cinco años entre los senadores que habían desempeñado el cargo de cónsul y debían tener una edad mínima de 44 años. Sus funciones eran las de la realización del censo,...
...decidir las obras públicas que se realizarían, la lista de ciudadanos sentaoriales y la adjudicación de los impuestos, tanto los indirectos como los que se cobraban en las provincias, que se arrendaban a publicanos. El cargo de censor aparece por primera vez en 443 aC.
La última magistratura, de carácter totalmente extraordinario, es la de dictador. Su nombramiento, por parte del Senado, estaba destinado a hacer frente e una situación de crisis, nornalmente una emegencia militar, y para ello se le concedía plenos poderes.
Para evitar que se perpetuase en el poder, una vez cumplido su cometido, debían abandonar el cargo, aspecto que no sucedió con Sila, nombrado dictator de manera indefinida, ni con Julio César, nombrado dictador perpetuo. La primera vez que aparece el cargo es en 501 aC.
El dictador, además, designaba a un magister equitum, cargo de origen monárquico, un lugarteniente que se encargaba de dirigir la caballería, mientras que el dictador hacia lo propio con la infantería. Tras el asesinato de César, Marco Antonio abolió la magistratura.
A partir del Imperio, el cursus honorum pasó a ser más una carrera funcionarial, ya que el poder político y militar recaía en el emperador, que podía ascender a cualquiera mediante adlectio. Además, se crearon nuevas magistraturas o se modificaron algunas ya existentes.
También, a partir de Augusto, se creó un cursus honorum específico para el orden ecuestre, tanto en el ejército como en la administración pública. Y hasta aquí este extenso hilo sobre las magistraturas republicanas y su cursus honorum. Si has llegado hast aquí, muchas gracias.
Imágenes:
1. Inscripción SPQR
2. Reverso de un denario acuñado por Marco Junio Bruto (54 aC), donde aparece Lucio Junio Bruto, uno de los fundadores de la República.
3. Lucio Cornelio Sila.
4. Viñeta sobre la jerarquía del cursus honorum.
5. Cicerón, cuestor en 75 aC.
6. Julio César, edil en 65 aC.
7. Cayo Sempronio Graco (grabado de Silvestre David Myris)
8. Límite del Pomerium en época republicana (rojo) con las murallas servianas (negro) y el límite de una milla.
9. Relieve de un lictor.
10. Primera división provincial de Hispania.
11. Cayo Mario, siete veces cónsul.
12. Placa conmemorativa de Apio Claudio el ciego, censor en 312 aC.
13. Cincinato, dictador en 458 aC y 439 aC.
14. Marco Antonio.
15. Augusto.
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