Hoy nos lanza Airin una consulta que suele ser muy habitual en el Registro de la Propiedad y que consideramos interesante para un #hiloRegistral.
La CADUCIDAD del régimen de VPO en el Registro de la Propiedad.
La cuestión tiene su importancia pues a menudo, los requisitos para poder inscribir una adquisición de una VPO pueden variar y condicionar, incluso, la financiación del adquirente.
· VPO de promoción pública (las promueve una sociedad pública).
· VPO de promoción privada (las promueven particulares sujetos a una determinada legislación).
· Una cosa es el PLAZO de duración del régimen de VPO.
Es el plazo ordinario durante el que la vivienda está sujeta como VPO.
Es el plazo ordinario de ciertas LIMITACIONES o PROHIBICIONES pero DENTRO del plazo de esta calificación como VPO.
Pero eso NO implica que las PROHIBICIONES O LIMITACIONES de disponer que impone esta calificación tengan ese plazo.
En la misma, como norma general, aparecerá si está calificada como VPO y si tiene alguna prohibición o limitación del dominio.
Un saludo a todos.