1/ El artículo 117 de la Constitución proclama la independencia del poder judicial, y su separación del legislativo y el ejecutivo. Image
2/ La Constitución (art. 122) estableció que el órgano de gobierno del poder judicial, el Consejo General del Poder Judicial, estaría formado por veinte vocales:
✅12 elegidos "entre jueces y magistrados"
✅4 elegidos por el Congreso
✅4 elegidos por el Senado Image
3/ La primera Ley Orgánica del Poder Judicial de la etapa constitucional (LO 1/1980), para garantizar su independencia, estableció que, de los veinte vocales, los doce jueces fuesen elegidos por los propios jueces mediante votación. Image
4/ De esta manera, al elegir los propios jueces a la mayoría de los vocales (12 de 20), se garantizaba la independencia del poder judicial respecto del poder político (que solo elegía a 8 de los 20).
5/ Pero en 1985, una nueva Ley Orgánica establece que los políticos elijan a los 20 vocales. Image
6/ Desde entonces, ya no puede decirse que el gobierno del poder judicial sea independiente, porque es elegido íntegramente por los partidos políticos.
7/ Al menos, esa reforma de 1985 obligaba a los partidos a consensuar la elección de los vocales, pues exigía una mayoría cualificada de 3/5.

Así, por lo menos, se impedía que un partido imponga la elección de "sus" vocales por tener mayoría en las Cortes.
8/ De hecho, la propia Constitución, cuando estableció que 8 de los 20 vocales fuesen elegidos por los políticos, estableció también una mayoría de 3/5 para exigir consenso en una elección tan delicada. Image
9/ De modo que, desde la reforma de 1985, el poder judicial no es independiente, y está tomado por los partidos políticos.

Aunque esa politización se veía moderada por la exigencia de mayoría de 3/5 en la elección, lo que obligaba al consenso.
10/ Nuestro sistema de elección de vocales incumple lo establecido en la Carta Europea sobre el Estatuto de los Jueces, que impone a los estados europeos que en los órganos de gobierno del poder judicial, al menos la mitad de los vocales sean jueces ELEGIDOS POR LOS JUECES. Image
11/ De hecho, el Consejo de Europa, en sucesivos informes GRECO, viene reprochando a España su sistema de elección de vocales del Consejo del Poder Judicial.

Según el Consejo de Europa nuestro sistema no garantiza la independencia del poder judicial y promueve la corrupción. Image
12/ Lamentablemente, la nueva reforma que anuncia hoy el Gobierno, no solo no soluciona estos problemas, sino que los aumenta, y nos aleja más de Europa.

13/ El incumplimiento de la exigencia europea de que al menos la mitad de los vocales del Consejo sean jueces elegidos por los jueces, se mantiene...
14/ ...pero, además, al eliminar la mayoría de 3/5 en la elección, se elimina el único freno que suavizaba la politización del Consejo.

Esta reforma supone que el partido del Gobierno pueda elegir a su antojo a la mayoría de los vocales, sin consenso ni freno de ningún tipo.
15/ En definitiva: una reforma que nos aleja más todavía de los estándares europeos y nos acerca a los de cualquier régimen totalitario.

Malas noticias para la separación de poderes.

• • •

Missing some Tweet in this thread? You can try to force a refresh
 

Keep Current with José María de Pablo

José María de Pablo Profile picture

Stay in touch and get notified when new unrolls are available from this author!

Read all threads

This Thread may be Removed Anytime!

PDF

Twitter may remove this content at anytime! Save it as PDF for later use!

Try unrolling a thread yourself!

how to unroll video
  1. Follow @ThreadReaderApp to mention us!

  2. From a Twitter thread mention us with a keyword "unroll"
@threadreaderapp unroll

Practice here first or read more on our help page!

More from @chemadepablo

15 Oct
1/ A ver. Sobre las preguntas a las víctimas de delitos sexuales en los juicios. 🧶
2/ En estos delitos, con muchas frecuencia, la única prueba de cargo es la declaración de la víctima. Esto tiene dos consecuencias:
3/ ✅ Para la acusación: lo que no diga la víctima, no estará probado.

Así que habrá que preguntarle por aquellos hechos que son elementos del delito.

Ej: preguntar “-¿Entró usted voluntariamente?” permitirá que la víctima lo niegue, y así probar que fue forzada.
Read 8 tweets
30 Sep
1/ Aunque es cierto lo que comunica Llarena al juez italiano en este oficio, sigo pensando que se denegará su entrega. ¿Por qué? 🧵👇
2/ En principio, parece que se cumplen todos los requisitos para su entrega a España:
✅La euroorden no fue suspendida y está vigente.
✅Puigdemont carece HOY de inmunidad.
✅Parece que se cumple el principio de doble tipicidad, porque la sedición es delito en Italia.

PERO...
3/ Cuando a Puigdemont le retiró su inmunidad el Parlamento Europeo, el fugado recurrió ante el TGUE y pidió, como medida cautelar, que se le devuelva la inmunidad mientras se resuelve su recurso.
Read 14 tweets
28 Aug
Muchos me pedís opinión sobre el dictamen de nosequé comité político de la ONU sobre la condena del ex juez Garzón.
No pensaba entrar porque me parece bastante intrascendente, pero ya que me insistís, voy. 🧶
1º.- Garzón cometió uno de los peores delitos (si no el peor) que puede cometer un Juez Instructor en el ejercicio de sus funciones: espiar -a sabiendas de que era ilegal- las conversaciones confidenciales de los investigados con sus abogados …
… Cuando una de las primeras obligaciones del Juez Instructor es garantizar el Derecho de Defensa de los investigados, Garzón decidió atacar a la raíz de ese derecho: la confidencialidad del secreto profesional del abogado defensor.
Read 8 tweets

Did Thread Reader help you today?

Support us! We are indie developers!


This site is made by just two indie developers on a laptop doing marketing, support and development! Read more about the story.

Become a Premium Member ($3/month or $30/year) and get exclusive features!

Become Premium

Too expensive? Make a small donation by buying us coffee ($5) or help with server cost ($10)

Donate via Paypal Become our Patreon

Thank you for your support!

Follow Us on Twitter!

:(