#FindeVacaciones Comento este tema. ¿Es constitucional? Lo dije ayer con @VertizPamela: En mi opinión, NO. Origen del problema no es Rglto del 31/12/2020, sino DL 1434 dictado en set2018. Es medida irrazonable, arriesga datos personales y atenta con formalidad. Explico. HILO👇🏻
Origen del problema se remonta a set2018. Ejecutivo (Pdte Vizcarra) dictó DL 1434 que al modificar Ley de Bancos, autoriza a Sunat a acceder a información bancaria. Así que este Rglto desarrolla dicho DL. Por tanto, cuestionamiento de constitucionalidad lo arrastra☝🏻👇🏻
Hoy existen medios por los cuales Sunat y UIF acceden a info bancaria. Los fines son los mismos: lucha contra evasión y elusión y lavado de activos. Incluso, cuando se creó ITF, TC solo invalidó parte de la ley de creación del impuesto por su temporalidad (luego fue permanente)👇🏻
Si bien finalidad const del DL 1434 y su Rglto es legítima, ¿por qué optar por esta medida más gravosa si hay otros medios: controles de lavado, ITF, etc? Arriesga data personal, desalienta formalidad bancaria. Reto es hacer cara informalidad y barata formalidad. NO al revés☝🏻

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6 Jul 20
Mantuvieron la protección total sobre los actos parlamentarios. Eso afecta la acusación por comisión de delitos funcionales gravemente. Incorporación de otras modificaciones, presenta problemas de constitucionalidad formal. Y aprobación por 110 votos, ¿qué escenarios abre? HILO👇🏻
Han mantenido el texto del art 93 aumentando su protección por actos funcionales. Lo expliqué aqui👇🏻Y, evidentemente, es por demás censurable lo que han hecho. Pero, además, incorporaron modificaciones que si bien merecen discutirse en cuanto a su viabilidad, el estudio se obvió
¿Qué se obvió? Estudiar en comisiones reformas constitucionales q por su naturaleza son importantes y relevantes. Al obviarlo, hay problema de constitucionalidad que vicia el procedimiento. Lo dijo el TC en la STC 006-2018-PI/TC: asuntos relevantes no pueden dejar de estudiarse👇🏻
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18 Apr 20
#ServicioPublicoEducativo Creo que, como corresponde, esfuerzo del Estado debe centrarse en conciliar posiciones de todos los involucrados en la prestación del servicio, sea brindado por privados o por el Estado: alumnos, padres, profesores, colegios. Aquí una propuesta. HILO👇🏻
Finalidad de educación es que ésta se preste logrando objetivos de aprendizaje medibles. La emergencia impacta en objetivos. Se recurre, sobre la marcha, a la educación a distancia. No dudo del esfuerzo de @MineduPeru, profesores y escuelas. Pero me resisto a un servicio a medias
La educación, tomada en serio, no se nutre sólo de buena voluntad. Hay q ser rigurosos con logro de sus objetivos. Ese es interés de muchos padres (dentro de los que me incluyo) q buscamos lo mejor para nuestros hijos. Por eso, o corre el año para q inicie en agosto o se cancela
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16 Mar 20
Dado que se publicó el DS que establece el #EstadoDeEmergencia por #Coronavirus, respondo las inquietudes de muchos que me han escrito en este hilo con videos para hacerlo más sencillo. Disculpen si se quedan otras preguntas. Trataré de responderlas aparte. HILO👇🏻
¿Qué derechos están restringidos? ¿Qué puede hacer la @PoliciaPeru y las FFAA en el #EstadoDeEmergencia? Aquí un marco general sobre el tema👇🏻
¿Desde cuándo entra en vigencia el #EstadoDeEmergencia? ¿Rige ya, ahorita? ¿Quiénes están autorizados a circular? ¿En qué consistirá la libertad de tránsito? 👇🏻
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5 Feb 20
¿Se presentó en el plazo legal la apelación de la prisión preventiva de @KeikoFujimori? ¿Puede ser rechazada? Sí, es posible, como lo comenté con @omarmariluz por @RPPNoticias esta noche, a la luz de antecedentes jurisprudenciales. Lo explico. Tómese el tiempo para leer☝🏻 HILO👇🏻
Juez Zúñiga leyó, en audiencia pública, su resolución en la cual ordenó la prisión preventiva de @KeikoFujimori el 28/1/2020. En este video está la parte final en la que termina de leer su extensa resolución y la defensa de KF apela (minuto 1.26.32)👇🏻
Es importante detenerse en la secuencia de la parte final de la audiencia. No es cierto que la resolución no se leyó completa (después de leer sus motivos, el juez dictó orden de prisión). Al darle la palabra a la defensa de KF, ella apela. Transcribí el diálogo con minutos☝🏻👇🏻
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29 Jan 20
Analizando bien el asunto, técnicamente, no se impuso 2 veces prisión preventiva, sino 1 contra #KeikoFujimori. ¿Por qué? Por efecto de que TC (por 4 votos) declarase fundado su HC, anulara resoluciones judiciales de prisión y ordenase su libertad. Lo explico. HILO👇🏻
Como se sabe, TC, por mayoría de 4 votos, declaró fundado el HC, anuló resoluciones judiciales de prisión y dispuso su libertad. Además, ordenó “retrotraer las cosas al estado anterior de la emisión de las resoluciones anuladas”👇🏻
“Retrotraer las cosas al estado anterior de las resoluciones anuladas” significó volver a convocar a audiencia para analizar pedido de prisión preventiva del 2018. Eso Pérez lo señaló en su momento (izquierda) y por eso modificó su pedido ampliándolo con nuevas pruebas (derecha)
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19 Oct 19
Lo felicito, Sr @mariomantilla7, ahora sí estamos debatiendo técnicamente, aunque no deja Ud la falacia ad hominem (“induzca a error a jóvenes” ¿?). Pero, vayamos a lo nuestro: ¿A qué tipo de interpretación sistemática se refiere? ¿Por comparación o por ubicación? HILO👇🏻
Hago la pregunta porque en interpretación constitucional rigen otros criterios que TC ha establecido en su jurisprudencia (caso Lizana Puelles👇🏻) para que no se agote en los métodos de interpretación tradicional
Sin embargo, aún empleando métodos tradicionales (el “sistemático” al que Ud alude es uno de ellos), cabe precisar si Ud se refiere a la “sistemática por ubicación”, es decir, adscripción de significado en función a en qué estructura legal está ubicada la norma (Marcial Rubio👇🏻)
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