Friendly reminder... donde mejor están las criptomonedas es en "Hodl", si lo tuyo no es el trading... un ejemplo de cosas que iremos viendo 1/n
Compras un BTC en 2017, por un valor de 2000 euros. Aguantas en 2018, 2019 y 2020 sin tocarlo hasta la subida de este febrero, pero aquello pasa de 45k y decides, no vender, pero pasarlo a una stablecoin tipo Tether 2/n
a los efectos de hacienda, en la declaración de IRPF que tienes que hacer el año que viene, has ganado unos 38K euros (asumiendo paso euro/dólar), sigues teniendo 45k Tethers, ojo. 3/n
El año que viene, entre abril-junio de 2022, en IRPF tienes que pagar 7860 (1140, el 19% de los 1ºs 6000 y 6720, el 21% de 32000) por la ganancia patrimonial obtenida, así que o tienes el dinero o vendes algo mas de esa cantidad (por el cambio euro/dólar), ni tan mal 4/n
También puede pasar que, alcanzado el pico, el #BTC baje de precio y decidas recomprar. Ahí, cambias los 45K Tethers, por pongamos, 2 Bitcoin (22500 unidad). En ese caso, no se da ganancia, pues cambia la composición del patrimonio pero no hay diferente valor 5/n
Pero recuerda, que luego depende del valor en abril-junio 2022, si el #BTC sigue bajando y se pone, por ejemplo a 4000, tendrías 8000 euros y 7860 serían de los impuestos a pagar. 6/n
Todas estas cosas, mientras no cambien los criterios de hacienda (que deberían, en mi opinión) son riesgos adicionales a los propios de la inversión, así que tened cuidado. Mientras no las vendas o las cambies no hay nada que pagar. Calcula el riesgo y los costes 7/7
* Hay una errata en el 5, quería decir que cambias los tether por 2 BTC a 20k cada uno. Por eso no hay ganancia. Error al pasar euro/dólar (y ojo que al haber cambio de divisa eso también puede afectar al cálculo)
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Si inviertes en #criptomonedas unos #bitcoinsejos sobre la documentación que te pide Hacienda cuando te hace un requerimiento de información.
(Normalmente sueles porque no les cuadran las declaraciones presentadas con la información que tienen desde los bancos)
Es habitual que primero te pidan, simplemente 🙄, "la justificación documental de las operaciones con criptomonedas"; así, sin mas detalle.
Ya tú contestas lo que creas.
Claro, tu respuesta suele ser incompleta, pues no sólo quieren saber eso, pero no te lo dicen de primeras
Así, a los meses recibes un requerimiento en el que ya te dicen lo que realmente quieren y tienes que preparar:
Normalmente: 1- Movimientos en exchanges, ya sean euros, otras monedas o criptomonedas (casi nada)
Hilo sobre el acceso de los poderes públicos en el estado actual a los datos de las antenas de telefonía para cualquier propósito relacionado aliviar la situación actual
1- Los datos de los operadores son unos datos "especiales", por su propia naturaleza tienen un régimen especial, pues como dijo el TJUE "la mera recopilación...constituye una injerencia en los derechos fundamentales de gran magnitud y especial gravedad" curia.europa.eu/juris/document…
2- Esta recopilación de todos los datos asociados a las comunicaciones, no del contenido, afecta a los derechos de los arts. 7 y 8 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE