El 17/05/1959 Fidel Castro firmaba la primera Ley de Reforma Agraria. Desde ese entonces en Cuba se celebra el 17 de mayo como el día del campesinado cubano.
Un día como hoy valdría la pena preguntarse:
➡️¿Necesita Cuba una nueva Ley de Reforma agraria?
Abrimos Hilo👇
1/ En 1959 en #Cuba habían 159,000 fincas, que representaban 9,004,900 de hectáreas de tierra cultivada. De ese total de fincas 48,792 estaban dirigidas por los propietarios de la tierra. Lo que representaba el 30,6% del total de fincas. bit.ly/3ykpuh2
2/ El trabajo en el resto de las fincas estaba dirigido en la forma siguiente:
➡️9,342 por administradores
➡️46,018 por arrendatarios
➡️6,987 por subarrendatarios
➡️33,064 por partidarios o aparceros
➡️13,718 estaban ocupadas por precaristas (sin título)
➡️2,007 por otros.
3/ Las fincas dirigidas por sus propietarios tenían un área total de 220,470 caballerías (2 millones 958,700 hectáreas), con el 32,4% del área total, y un área media por finca de 4.52 caballerías (60.6 hectáreas).
4/ Las fincas dirigidas por administradores al servicio de los propietarios tenían 172,910 caballerías (2,320 400 hectáreas), con un área del 25.6% del total y un tamaño medio de 18.51 caballerías (248.4 hectáreas)
5/ Las fincas en manos de arrendatarios ocupaban en conjunto 202,230 caballerías (2 millones 713,900 hectáreas); constituían el 30% del total y tenían un área media por finca de 4.39 caballerías (58.9 hectáreas)
6/ Los subarrendatarios ocupaban 16,040 caballerías (215 mil 200 hectáreas), o sea el 2.4% del área total, con un área media de 2.29 caballerías (30.8 hectáreas).
7/ Los partidarios o aparceros ocupaban 41.140 caballerías (552.100 hectáreas), lo que representa el 6.1% del área total, con un área media por finca de 1.24 caballerías (16.7 hectáreas).
8/ Y los precaristas ocupaban un área total de 18,230 caballerías (244.600 hectáreas), que representa el 2.7% del área total, con un área media de 1.33 caballerías (17.8 hectáreas).
9/ "Latifundio imperialista": Casi la totalidad de las 114 fincas del país de más de 373 caballerías (5000 hectáreas) estaban en manos de empresas norteamericanas. Nueve de esas compañías estadounidenses tenían en uso más 100 mil caballerías de tierra.
10/ De acuerdo con uno de los POR CUANTOS de la primera Ley de Reforma Agraria uno de los criterios que motivó su promulgación fue el fenómeno latifundiario. El latifundio era entendido como uno de los factores que influía en el subdesarrollo y dependencia de la economía cubana.
11/ De acuerdo con la Ley de Reforma Agraria la influencia nefasta del latifundio en la economía cubana se podía comprobar por los siguientes factores:
➡️La alta propensión a importar, incluso mercancías que pudieran producirse en el país; bit.ly/3bB3Qvg
12/ La Influencia nefasta del latifundio en la economía cubana se expresaba en:
➡️La reducción del efecto multiplicador de las inversiones y de las exportaciones;
➡️El atraso técnico en los métodos productivos y de explotación de la ganadería. bit.ly/3fnJ4jG
13/ La Influencia nefasta del latifundio en la economía cubana se expresaba en:
➡️El bajo nivel de vida de la población cubana, en especial la rural.
➡️La estrechez del mercado interno incapaz en esas circunstancias de alentar el desarrollo nacional de la industria.
14/ A más de 60 años de implementada la Primera y Segunda ley de reforma agraria y de eliminado el latifundio, el Estado Cubano es el propietario del 80% de la tierra cultivable. Sin embargo, Cuba gasta anualmente más de 2 mil millones de dólares en la compra de alimentos.
15/ De esos 2 mil millones de dólares, de acuerdo con análisis publicados en la prensa oficial, el país pudiese ahorrarse entre 600 y 800 millones aproximadamente, si se hace un mejor uso de la tierra en Cuba y se comienzan a producir alimentos. cubadebate.cu/especiales/201…
16/ Cuba cuenta aproximadamente con 11 millones de hectáreas de tierras disponibles; de ellas unos 6 millones dedicadas sobre todo a cultivos varios y ganadería. Además, otros 3,5 millones pertenecen al desarrollo forestal. Pero, los índices oficiales de aprovechamiento son bajos
17/ A pesar de la eliminación del latifundio, los índices de ociosidad de la tierra siguen siendo muy elevados. Casi un millón de hectáreas, aproximadamente un tercio de la cantidad que era gestionada directamente por privados en 1959, permanecía ociosa en 2017.
18/ Alrededor del 20% de la tierra en #Cuba continúa en manos privadas. Pero la disminución de la extensión de las fincas no ha limitado el uso del expansionismo en el mayoritario sector estatal de la agricultura para enfrentar la falta de insumos. bit.ly/3yh3Jyw
• • •
Missing some Tweet in this thread? You can try to
force a refresh
Mayoritariamente existe interés entre quienes respondieron esta encuesta sobre la @IntlCrimCourt. Por esa razón podemos considerar ésta, una #ConsultaETJ
➡️¿QUÉ ES LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (LA CORTE)?
1/ La Corte es la primera corte penal internacional permanente que tiene competencia para procesar a las personas responsables de los crímenes más graves bajo el derecho internacional, a saber: el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el de agresión.
2/ El Estatuto de Roma es el tratado constitutivo de la Corte, fue firmado por 120 Estados el 17/7/1998 y entró en vigor el 1/7/2002, fecha en que la Corte entró en funcionamiento. A marzo de 2019, los Estados Partes en el Estatuto de Roma sumaban 122. #Cuba no es uno de ellos.
@ElCarvoOficial, creemos que tienes un #Problema cuya mejor forma de solucionarlo es política y no jurídica. Un #Problema que se hubiese resuelto de mejor manera con "autonomía universitaria".
No obstante, como siempre ante cada #ConsultaETJ aquí va nuestro Hilo👇
1/ Los conflictos entre estudiantes y profesores en la educación superior #cubana se resuelven en distintos niveles de profundidad, en dependencia de la calidad del problema o litigio.
2/ Todos los estudiantes deben cumplir con un reglamento disciplinario al igual que los docentes quienes además deben cumplir con un reglamento metodológico. Existen conductas prohibidas por las normas, tanto para estudiantes como para profesores de las universidades #cubanas.
@AbelCartaya te debemos una pero en lo que terminamos, con tu permiso, continuaremos aclarando un tema que comenzamos el fin de semana pero que entendemos de medular importancia: los juicios en ausencia en los Tribunales Internacionales.
1/ El primer acusado juzgado en ausencia en la historia del derecho penal internacional fue Martin Bormann en Núremberg. El Estatuto del Tribunal Militar Internacional preveía específicamente la posibilidad de juzgar a los acusados en ausencia en el artículo 12.
2/ A pesar de esta innovación inicial en la persecución penal internacional, los próximos tribunales internacionales desistieron de juzgar en ausencia a los acusados.
El juicio en ausencia no es una figura que está contemplada solamente en Cuba. De hecho ni tan siquiera la ley cubana, a diferencia de como lo hiciera parecer el Fiscal que compareció en @hacemos_cuba , la considera como regla sino como excepción.
1/ La Ley de Procedimiento Penal Cubana (LPP) establece como regla que la ausencia de un acusado (manejada por la ley cubana como rebeldía) suspende el ejercicio de la acción penal y provoca el archivo de las actuaciones hasta que el acusado pueda ser presentado ante el Tribunal.
2/ No obstante, la ley cubana establece que pueden juzgarse en ausencia los casos siguientes:
➡️Delitos contra los intereses fundamentales, políticos o económicos, de la República o;
➡️Hechos punibles asociados al delito internacional organizado.
La emisión del 14 de mayo del 2021 del programa de la Televisión Cubana @hacemos_cuba es una pieza de manipulación y amenazas casi explícitas que se transmite en un momento donde las tensiones políticas y sociales han aumentado en Cuba.
Abrimos Hilo👇
1/ La Televisión Nacional no amplifica los derechos e instrumentos legales de la ciudadanía para canalizar los conflictos que hoy se desarrollan en el país. Por el contrario, amplifica los recursos legales del gobierno para reprimir la “subversión política e ideológica”.
2/ La emisión de @hacemos_cuba no sólo es cuestionable por ser una pieza de manipulación mediática, sino también porque a ella contribuyó un funcionario del único órgano que de acuerdo al diseño institucional cubano tiene la misión de velar por el cumplimiento de la legalidad.
La #UnionNacionaldeJuristas ha anunciado que entregará a un Humberto López por el conjunto de sus méritos la "Réplica del Mallete Martiano".
Much@s puede que se pregunten, ¿es machete o mallete? o si es mallete, ¿qué cosa es un mallete?
Abrimos hilo bit.ly/3bsylmV
1/ El Mallete no es otra cosa que el martillo que usan algunos jueces en los actos de impartición de justicia. También se le conoce como Gavél, Mazo o simplemente Martillo del juez. Junto con la balanza y la espada, es el símbolo más identificativo de la Justicia en todo el mundo
2/ Su origen, según los entendidos, es masón y aunque no hay constancia de cómo y cuándo fue adoptado por esos sistemas de justicia, tanto en los Tribunales como en el mundo de las logias masónicas tiene el mismo sentido: representa el poder y la autoridad.