De acuerdo con lo establecido por la Resolución 105/21 del @MINCOMCuba publicada conjuntamente con el Decreto-Ley 35 (DL-35), este tipo de amenazas puede ser considerado un incidente de ciberseguridad de peligrosidad media. Se denomina "ciberacoso".
1/La recientemente publicada Resolución 105/2021 del @MINCOMCuba reconoce como Ciberacoso:
"El uso de las TIC con la intención de acosar u hostigar a una persona, o grupo de personas, mediante ataques personales, divulgación de información privada, íntima o falsa".
2/El gobierno cubano ha informado que el DL-35 y la normativa aprobada como su complemento, dentro de la que se encuentra la Resolución 105/2021 del @MINCOMCuba , servirá para proteger al "pueblo" cubano de este tipo de situaciones.
3/Sin embargo, la reproducción de este tipo de incidentes contra personas que disienten de las políticas del gobierno cubano hace pensar que la teórica protección que la normativa ofrece solamente alcanza a un sector del "pueblo" cubano. eltoque.com/decreto-ley-35…
4/La reproducción impune de estas situaciones, incluso bajo el marco del nuevo paquete normativo publicado en la Gaceta Oficial No. 92 del 17 de agosto del 2021, solo puede ser entendida si se analiza cuál es el principal objetivo declarado del DL-35. eltoque.com/podrias-ir-a-l…
5/El artículo 3 inciso a) del DL-35 declara que uno de los objetivos generales de la norma jurídica es "coadyuvar a que la utilización de los servicios de telecomunicaciones sean un instrumento para la defensa de la Revolución".
6/Los actos de repudio, los destierros, las detenciones arbitrarias y la represión a manifestaciones pacíficas han sido justificadas por el gobierno cubano y sus defensores como acciones propias del ejercicio del derecho de la Revolución a defenderse. eltoque.com/el-destierro-d…
7/Esas justificaciones son distorsiones jurídicamente insostenibles. Pero no son ajenas a la realidad cubana. Mucho menos serán ajenas a la aplicación de una normativa que expresamente declara como principal objetivo la defensa de un concepto indefinido como "Revolución".
8/Esas distorsiones permiten que las autoridades cubanas puedan entender como legítimo, - a pesar de considerarlo un "incidente de ciberseguridad"- como un acto de defensa de la Revolución, el ciberacoso contra ciudadanos que disienten de la política "revolucionaria".
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Como lo prometido es deuda, aquí va nuestro 🧵 sobre el plato fuerte del día.
👉¿La Resolución 215/2021 del Banco Central de Cuba permite el uso de las criptomonedas o cripto-activos en Cuba?
1/ Muchos, han visto en la Resolución una posible legalización del uso de las criptomonedas en las operaciones financieras y comerciales cubanas. Sin embargo, la Resolución debe leerse con menos expectativa.
Cc: @ErichGarciaCruz@ElCarvoOficial@AbelCartaya
2/ ¿Después de la Resolución se podrán realizar legítimamente en y desde Cuba operaciones comerciales utilizando activos virtuales?
✅La Resolución declara como su principal objetivo regular "el uso de determinados activos virtuales en transacciones comerciales"
@DiazCanelB declaró en la reunión que sostuviera con algunos periodistas de la prensa estatal cubana que había un grupo de expertos trabajando en la conceptualización de la categoría "Estado Socialista de Derecho".
Abrimos Hilo👇
1/@DiazCanelB dijo que las personas debían conocer el contenido del concepto para que conocieran lo que estaban defendiendo. Sin embargo, Estado de Derecho, socialista o liberal, no es un concepto a defender es una concepción de gobernanza internacionalmente asumida.
2/El Secretario General (SG) de la @ONU_es consideró que el Estado de Derecho es "un principio de gobernanza en el que todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a leyes que se promulgan públicamente".
La Gaceta Oficial 📃en su edición ordinaria No. 92, del 17 de agosto de 2021, publicó un paquete de normas que según @cubadebatecu forman parte de la actualización del marco jurídico en materia de telecomunicaciones en el país.
Abrimos 🧵sobre este tema
1/ Al presentar el Decreto-Ley 35, el entonces ministro de Comunicaciones, @JorgeLuisPerd20, indicó que la norma perseguía, entre otros propósitos, «contrarrestar las agresiones radioeléctricas y en el ciberespacio y defender los logros alcanzados por nuestro Estado socialista».
2/ El Decreto-Ley 35 y el Decreto-Ley 370 son legislaciones de igual jerarquía, y en este último descansa el antecedente normativo del paquete de regulaciones publicado ahora en la Gaceta Oficial
#ConsultaETJ
➡️¿Está el @PartidoPCC por encima de la Constitución?
Esa es una respuesta que ha sido ofrecida por el responsable del órgano "teóricamente" encargado del control constitucional en el país: la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la @AsambleaCuba .🧵
1/José Luis Toledo Santander dejó muy claro cuál es su percepción sobre la supremacía constitucional durante los debates del proceso de reforma constitucional: "la Constitución no puede establecer directrices al @PartidoPCC ".
2/La Constitución cubana ha demostrado no tener poder por sí misma. No solo en correlación con el poder del @PartidoPCC , sino también en su función como límite a cualquier otro poder y garante de los derechos de los ciudadanos. eltoque.com/ministro-de-ju…
#ConsultaETJ
➡️¿Qué opciones existen para crear un partido político Alternativo en Cuba?
Antes de responder esa pregunta sería pertinente preguntarse
➡️¿Para qué conformar un partido político en Cuba bajo el modelo de Estado imperante?
1/Las funciones tradicionales de los partidos políticos pueden resumirse en dos grupos. El primero contemplaría las funciones de representación de la sociedad:
➡️Articulación de demandas sociales
➡️Reclutamiento político, movilización y participación
➡️Socialización política
2/En el 2do grupo descansan las funciones con las que más se identifican a veces a los partidos: las de actores del régimen político:
➡️Proyección hacia cargos públicos
➡️Competencia por el poder público
➡️Producción de políticas
➡️Formación de gobierno
➡️Ejercicio de oposición
1/Ninguno. La presencia de un abogado en un juicio sumario no es considerado un requisito de obligatorio cumplimiento por la ley cubana. El derecho a la defensa en estos casos está limitado a admitir la presencia del abogado en caso de que se persone en el juicio.
2/Los sancionados en procesos sumarios cuentan con tres días después de notificada la sentencia para apelar al Tribunal Provincial Popular correspondiente la decisión del de instancia. No obstante, la falta de un abogado en el juicio no es motivo para fundamentar el recurso.