Vamos con el tema del momento: el pulso entre FIFA y los clubes de LaLiga y la Premier por la liberación de sus futbolistas a sus selecciones de la CONMEBOL.
¿Qué ha pasado, por qué, y qué puede pasar?
HILO
1. Como siempre, empecemos por el principio: tanto FIFA como las diferentes confederaciones de fútbol por continentes (UEFA, CONMEBOL, CONCACAF, CAF, AFC y OFC) organizan competiciones en su territorio en las que compiten las federaciones nacionales con sus selecciones.
2. Cada federación nacional es responsable de formar la selección entre sus jugadores nacionales. Y tanto los futbolistas tienen la obligación de acudir cuando son convocados por éstas, como, a su vez, los clubes a los que pertenecen tienen la obligación de liberarlos(o cederlos)
Esta obligación relativa a los clubes se contiene en el Reglamento del Estatuto y Transferencia de Jugadores de la FIFA, que asimismo establece que las fechas en las que deberán cederse estarán establecidas en un calendario con cuatro años de antelación.
3. Los partidos relativos a las competiciones FIFA se juegan en unas fechas determinadas (“ventanas” o “fechas FIFA”) que se establecen en dicho calendario.
De esta forma las ligas nacionales lo tienen en cuenta a la hora de realizar sus calendarios.
4. ¿Qué es lo que ha pasado en este caso?
Nos encontramos a las puertas del Mundial de 2022. Para determinar los participantes, cada confederación tiene un cupo y para configurarlo realiza eliminatorias entre sus selecciones. Estas eliminatorias tienen lugar en las fechas FIFA.
5. Pues bien, debido a la pandemia, las fechas de marzo de la CONMEBOL se tuvieron que suspender. En aquel momento, se encontraba en vigor una normativa de FIFA transitoria por COVID que permitía no ceder a los jugadores si había restricciones, cuarentenas… Era el caso.
No se cedieron y se decidió su suspensión. Dos partidos afectados. (Esta normativa ya no se encuentra en vigor) iusport.com/art/54199/la-c…
6. Consecuencia de ello, CONMEBOL solicitó a la FIFA la modificación del calendario (desconozco en qué fecha) para reubicar estos partidos.
Para ello, solicitó ampliar las ventanas de septiembre y octubre (cada una de 9 días), para añadir un partido en cada una de ellas.
7. FIFA accedió a ampliar las ventanas para jugar un partido adicional en cada una, añadiendo dos días para el descanso de los jugadores, teniendo en cuenta los largos viajes. Así que las ventanas pasan de 9 a ➡️ 11 días.
Esta modificación se ha venido a realizar el pasado 7 de agosto. Aquí el comunicado de FIFA fifa.com/es/about-fifa/…
8. Este cambio afecta a las ligas nacionales, porque las fechas se solapan con sus calendarios. Esto provoca un evidente perjuicio para los clubes que tengan jugadores de dichas selecciones, que no podrán contar con ellos…
…mientras quizás otros clubes sin jugadores de las mismas no se verán afectados, vulnerándose la integridad de la competición.
Según ha informado LaLiga, se verían perjudicados 25 jugadores de 13 clubes, número que podría ampliarse cuando se den a conocer las convocatorias de Ecuador y Venezuela. laliga.com/noticias/nota-…
9. ¿Qué puede pasar?
FIFA prevé sanciones para los clubes que incumplan la obligación de ceder jugadores. ¿Cuál sanción? SE DESCONOCE. El Código Disciplinario NO lo especifica. El comité es libre de imponer la que estime oportuna, desde la multa hasta la deducción de puntos.
Y ya ha dejado entrever que iniciará los procedimientos sancionadores si no se ceden (vía @partidazocope)
10. Sin embargo, teniendo en cuenta la modificación del calendario “in extremis”, y la afectación a sus plantillas en sus ligas, los clubes tienen motivos para no querer ceder los jugadores. Sin duda recurrirán las decisiones de FIFA, y tienen argumentos para ello.
11. Bola extra: si uno de estos clubes alinea a uno de los jugadores convocados y no cedidos durante este período en la liga nacional, ¿sería ALINEACIÓN INDEBIDA?
En mi opinión, NO. El porqué ya daría para otro hilo 😉
He leído muchas veces esto de que "el discurso de VOX promueve la homofobia", y hoy he querido salir de dudas.
¿Incrementa el partido político VOX la homofobia? ¿Está habiendo una escalada en agresiones homófobas? Hay datos, así que no debería ser un misterio. Veamos
Los datos sobre los delitos de odio se recopilan por la Oficina Nacional de Lucha Contra los Delitos de Odio del Ministerio del Interior desde 2013.
Se desagregan por tipología de delito, perfil de la víctima y del agresor (sexo, edad, nacionalidad), lugar de perpetración...
Entre los delitos de odio se encuentran los motivados por antisemitismo, aporofobia, creencias religiosas, orientación sexual, racismo, ideología, sexo...
Cada año, la Oficina publica un informe con los datos.
Se pueden encontrar todos aquí interior.gob.es/web/servicios-…
1. Parece que cada cierto tiempo hay que recordar esto:
el fútbol profesional no es solo los 22 futbolistas y un balón que vemos por la tele. Es una INDUSTRIA que supone el 1,37% del PIB, genera 140.000 empleos e ingresa más de 4.000 millones de euros en impuestos.
Es decir, de ahí viven los futbolistas, con salarios ciertamente muy altos, pero también muchísima gente alrededor y sus familias. Desde la contable del club, el utillero, el dependiente de la tienda y el acomodador, a la dueña del bar que pone los partidos.
Lo que revela la oferta del Real Madrid por Mbappé es una gestión económica espectacular.
160 millones (y más que ofrecerá), aun con la situación por el COVID-19, y teniendo en cuenta que afectó en mayor medida a los grandes clubes… Para quitarse el sombrero.
¿Por qué afectó el COVID-19 proporcionalmente más a los clubes grandes que a los pequeños? Lo expliqué en su momento en @vamos y en clase. Clubes más diversificados, menor dependencia de los ingresos por derechos audiovisuales, que son los que se mantuvieron,…
…y, al contrario, mayor proporción de ingresos por otras actividades que desaparecieron o se redujeron notablemente, como los del estadio y área comercial, merchandising, museos, tours, etc.
Bueno, vamos al hilo. ¿En qué consiste exactamente el acuerdo LaLiga-CVC? ¿Es un préstamo? ¿Es un crédito? ¿En qué se puede utilizar el dinero?
EL ACUERDO LALIGA-CVC, EXPLICADO “PARA DUMMIES” 👇🏼
1. Empecemos por el principio: LaLiga no es solo fútbol. Alrededor de éste, su actividad principal, ha ido desarrollando varios negocios en esencia relacionados con tecnología (sistemas antipiratería, una plataforma de streaming - LaLigaSportsTV,
business intelligence para procesar datos,…), estos no solo le sirven para sí misma, sino también para vender a otras empresas.
Hoy he descubierto que hay influencers “anunciando” apuestas deportivas, y me parece una ocasión fantástica para hablar del reciente Real Decreto de publicidad del juego viendo CUÁNTAS DE SUS DISPOSICIONES INFRINGEN.
Primero, decir que la publicidad de las apuestas deportivas se ve afectada por muy diversa normativa (de publicidad, del juego, de defensa del consumidor, de defensa de la competencia, de los servicios de la información...).
Pero, el pasado noviembre, desde el Ministerio de Consumo se dio un paso más y se impulsó la promulgación del REAL DECRETO 958/2020, de 3 de noviembre, DE COMUNICACIONES COMERCIALES DE LAS ACTIVIDADES DE JUEGO. iusport.com/art/114675/apr…
Interesantísima la sentencia del JS1 de Barcelona que declara PROCEDENTE un despido por causas objetivas COVID, apuntando a algo que ya se ha comentado por otros compañeros: cuando se puso la obligación de mantenimiento del empleo, NI EL PROPIO GOBIERNO sabía lo que venía.
Se fueron decretando estados de alarma prorrogados cada quince días. Se dejó claro que esto era TEMPORAL. Ya vamos para un año y la temporalidad queda cada vez más difusa.
Quienes adoptaron medidas de suspensión de contratos en aquel momento las adoptaron esperando que la situación duraría semanas, meses... Casi un año más tarde no hemos podido con esto, tampoco el Gobierno.