Existe una fuerte conexión entre los principios de moralidad del Derecho Administrativo y los principios generales del Ius Commune Administrativo en América Latina. Incluso, desde los estándares de la buena administración reconocidos en el Derecho nacional e internacional.
Los estándares de la buena administración son doble faz: facultan y restringen al Estado administrativo (como explicó Mashaw, esos estándares tienen similitudes con algunos principios de la LPA). La moralidad del Derecho Administrativo aporta una nueva perspectiva.
En América Latina, los estándares de la buena administración no solo derivan del Derecho Público, sino también en el Derecho civil y la tradición jurídica clásica (Aquinas). En los Estados Unidos, la situación parece diferente (Wong Yang Sang v. Vermont Yankee).
El Derecho Administrativo latinoamericano falla, básicamente, en dos reglas de moralidad: reglas que no pueden ser implementadas y el desajuste entre reglas anunciadas y reglas administradas como consecuencia de Estados frágiles.
Comentario final: Law & Leviathan podría ayudar, en los EEUU, a pasar de la "lex administrativa" al "ius administrativo", mejorando el Estado de Derecho no solo desde estándares formales. En América Latina, los principios generales han ayudado a construir al “Ius Commune”.
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There is a strong connection between the principles of the morality of administrative law and the general principles of the Ius Commune Administrative in Latin America. Particularly, considering the good administration standards recognized in domestic and international law.
Good administration standards are "Janus-faced": they both empower and constraint the administrative state (as Mashaw explained, those standards have similarities with some APA principles). The morality of administrative law brings a new perspective to those standards.
A propósito de #Chile: ninguna Constitución, por sí sola, puede promover cambios sociales ni mucho menos promover el desarrollo. América Latina es un ejemplo de Constituciones incumplidas. Veamos: 🧵
Las Constituciones de América Latina están entre aquellas que reconocen mayores derechos, especialmente, los derechos sociales. Pero al mismo tiempo, América Latina es considerada como la región más desigual del mundo.
Los Estados en América Latina tienden a ser frágiles (“leviatanes de papel”). Ello explica la diferencia entre el ámbito de iure (la Constitución) y el ámbito de facto (la desigualdad). Ninguna Constitución puede “construir” la capacidad de Estados frágiles.
Escuchando el discurso de incorporación de @ricardo_hausman a la Academia Nacional de Ciencias Económicas de Venezuela. Quisiera destacar la diferencia que hace el profesor Hausmann entre desigualdad de ingreso y desigualdad de productividad desde el Estado Administrativo:
La desigualdad suele medirse principalmente por ingreso, y el rol del Estado Administrativo es reducir esa desigualdad mediante transferencias, como subsidios, o sea, la redistribución de la riqueza. Pero esto no soluciona la causa subyacente de la desigualdad.
Además, políticas de redistribución a cargo del Estado Administrativo elevan los riesgos de dependencia de la sociedad civil y los riesgos de discursos populistas, así como de corrupción.
Hoy se publicó el reporte sobre fragilidad estatal de la OECD, correspondiente al 2020. A continuación comparto algunos índices que reflejan la alarmante fragilidad del Estado fallido venezolano,(www3.compareyourcountry.org/states-of-frag…):
Venezuela presenta una alta fragilidad económica, en especial, en seguridad alimentaria y crecimiento económico per cápita. Esto refleja, en parte, la emergencia humanitaria compleja. Venezuela es comparable con Corea del Norte, Libia y Sudán del Sur, entre otros países.
La fragilidad política es severa, en especial, en áreas relacionadas con clientelismo, percepción de corrupción, efectividad de gobierno y estabilidad política. En esta variable, Venezuela es comparable por la República Democrática del Congo, Eritrea y Sudán, por ejemplo.
El régimen de Maduro anuncia una (nueva) investigación, ahora, con ocasión a la denuncia de supuestas extorsiones a la empresa Caribbean Recovery Assets. Ayer pedí a los medios que reflejaron esa noticia que publiquen una carta que escribí ayer, cuyo contenido resumo:
En marzo de este año recibí una comunicación de la empresa Caribbean Recovery Assets, con un reclamo, pues a su decir, no se había firmado el contrato para recuperar cuentas por cobrar de PDVSA en Petrocaribe. Jamás participé en reunión alguna con esa empresa para ese contrato.
Luego de investigar el caso, le informé a la empresa que sólo la junta administradora ad-hoc de PDVSA podía asignar ese contrato, lo que nunca había pasado. Luego, la empresa no podía representar a PDVSA para el cobro de cuentas de Petrocaribe.
Ayer el @CSIS organizó un seminario sobre Venezuela y COVID-19 con @susanaraffalli y @fjreyna. La principal conclusión es un llamado a acciones prioritarias. Aquí algunas ideas:
Venezuela se enfrenta a la pandemia en medio de una compleja emergencia humanitaria, una crisis masiva de migrantes y refugiados y fragilidad política. Es una emergencia dentro de una emergencia humanitaria.
Los sistemas de salud ya eran débiles en Venezuela, así como la seguridad alimentaria. El colapso del PIB y el sobreendeudamiento redujeron el espacio fiscal, eliminando el acceso al financiamiento internacional.