No es la primera vez que VM o su equipo hacen representaciones inexactas sobre lo que dice la C93. Para una agrupación que tiene a la C93 al centro de su propuesta, preocupa la visión casi mitológica que han creado de ella. A ver si puedo aclarar un poco esto🧵
Primero lo primero. El Art. 66 de la C93 es claro: "Los recursos naturales son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares"
Es decir, los recursos naturales (RN) son del Estado, pero, en ciertas ocasiones, el Estado puede fijar condiciones para otorgarlos a particulares. Esto tiene sentido. Si te vas a pescar, el pez, mientras vivo, es del Estado. Pero, si lo pescas, se convierte en tuyo, no?
Bueno... depende, pero más sobre eso después. La Ley en donde se fijan las condiciones para el aprovechamiento de los RN es la Ley 26821. Qué dice esta ley?
Art 4: "Los RN mantenidos en fuente... son Patrimonio de la Nación. Los frutos y productos de los RN, obtenidos de la forma establecida en la presente Ley, son del dominio de los titulares de los derechos concedidos sobre ellos"
Este es el artículo del que se queja @JuntosporPeru. Pero hay BASTANTES matices en esto. Para empezar es un artículo en una ley, no en la Constitución. Para cambiarlo basta tener mayoría en el Congreso (el eterno problema de la izquierda tradicional), no una constituyente
Además, ojo que hasta allí, no dice en ningún lado que los RN son "propiedad de los privados que los extrae", sino que habla de "derechos concedidos por el Estado". Los Arts. 19 y 20 de la Ley aclara esto aún mas...
Es decir, quien decide cuáles son los derechos que se pueden otorgar a un particular, incluyendo el de propiedad, y bajo qué contraprestación son las leyes de cada materia.
Volviendo al ejemplo del pescado p.e., según el DS 012-2001-PE, será tuyo siempre que lo hayas pescado con fines deportivos - es decir "sin el empleo de embarcaciones". Si alguna vez pescaste en un barco, lo hiciste informalmente, pues debiste solicitar un permiso al Estado
Entonces, qué pasa para otros RN? El DS 014-92-EM, Ley General de Minería, regula las concesiones mineras. El artículo II del Título Preliminar dice que "el aprovechamiento de los recursos minerales se realiza a través de la actividad empresarial del Estado y de los particulares"
Es decir, el Estado está autorizado a realizar actividad minera y, en ese caso, puede quedarse con la propiedad de los recursos que extrae, porque nunca dejan de ser suyos. No la realiza por el requisito de subsidiariedad de la C93, pero...
...ya he explicado antes cuál es el mecanismo disponible para la izquierda si quieren cambiar ese estado de cosas. Basta que obtengan mayoría en el Congreso (aunque quizás ese sea el problema) y litiguen en el TC
Sobre la propiedad de particulares, el art. 9 señala que los privados reciben concesiones del Estado para tener el derecho a "explorar y explotar". Es decir, no es que el que escarba un hueco y encuentra oro se lo queda, sino que hay un proceso para el otorgamiento de derechos
De hecho, según el art. 51 "la persona que extraiga sustancias minerales sin derecho alguno, devolverá al Estado los minerales indebidamente extraídos, o sus valores, sin deducir costo alguno y sin perjuicio de la acción judicial a que hubiere lugar"
Al igual que para la minería, otros RN tienen sus propias reglas. El DS 042-2005-EM, TUO de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, por ejemplo, crea una Empresa Estatal (horror!!) llamada PERUPETRO para negociar contratos con privados. Art. 6:
Bajo esta ley, "el Estado otorga a PERUPETRO SA el derecho de propiedad sobre los Hidrocarburos extraídos para el efecto de que pueda celebrar Contratos de exploración y explotación". Nada que ver con lo que dice @JuntosporPeru - hay hasta una empresa estatal de por medio
Y así como la Ley de Pesca, la de Minería, la de Hidrocarburos... diferentes RN tienen diferentes normas para su aprovechamiento por particulares. Ramón Huapaya, Prof. de la PUCP, elaboró este cuadro resumen super útil:
Fuente: revistas.pucp.edu.pe/index.php/dere…
Entiendo la necesidad de simplificar los mensajes con fines políticos, pero hay una diferencia importante entre simplificar y distorsionar, dando a entender que el Estado no tiene real control sobre sus recursos.
Hay MIL cosas que mejorar sobre estos regímenes, sobre todo en el lado de la distribución de los ingresos que generan, pero decir que vivimos en un lejano oeste donde el que encuentra petróleo se lo queda es falso.
De hecho, la propuesta de @HDeSotoPeru es justamente esa: CAMBIAR este sistema de un Estado dueño de los RN que los otorga a particulares, para convertir al Perú en el Lejano Oeste, donde el que encuentra algo se lo queda.
Espero que con todo esto haya quedado más claro un tema complejo.
• • •
Missing some Tweet in this thread? You can try to
force a refresh
A veces me preguntan por quién voy a votar. La verdad, no tengo idea. Lo único que tengo claro es por qué *no* quiero votar por determinados candidatos. Les dejo el resumen:
No quiero votar por Keiko porque me parece una autoritaria. Creo que va a intentar acumular la mayor cantidad de poder (como hizo en el congreso) y crear un autoritarismo competitivo o peor. Todo al costo de la destrucción de lo poco que hemos avanzado en DDHH desde su papá.
No quiero votar por López Aliaga porque creo que es un fundamentalista religioso y autoritario que va a buscar destruir los derechos de las minorías y a forzarnos al integralismo donde Estado e Iglesia van a ser sinónimos.
La idea de HdS de que el Perú es inferior a Europa porque su sociedad y cultura es atrasada es, en efecto, del siglo XIX. Está íntimamente ligada al racismo y el clasismo de esa época, con liberales que hablaban del “problema del indio” y la necesidad de importar población blanca
Al liberalismo le ha costado dejar atrás esa forma de ver el mundo, sobre todo en el Perú. Cuando Vargas Llosa redactó un informe sobre la Masacre de Uchuraccay, dijo algo parecido. El problema, dijo, es que los campesinos viven en el siglo XVII y no entienden la modernidad 🙄🙄
Me da mucha rabia, pero a la vez me confirma muchas cosas, que el candidato del “liberalismo” admita campante que ese es su marco de referencia, sin ninguna crítica, sin ningun intento de auto reflexión. Para él, el siglo XIX fue apenas una batalla contra Marx.
The Report "noted the decision of both major presidential candidates to make statements on election night", and fails to state whether Trump's accusations were actually substatiated or not.
The Report takes issue with pollsters that "failed to accurately estimate the support for several candidates, including the Republican presidential candidate, while overestimating the support for the Democratic candidate"
A ver, un poco de análisis legal dentro de toda esta política. Cuál es la estrategia legal de Trump en Pensilvania?
La Sección 3150(a) del Código Electoral de PA dispone que los votos a distancia pueden ser recibidos hasta las 8pm del día de la elección legis.state.pa.us/WU01/LI/LI/US/…
En septiembre, los demócratas pidieron que en vista al COVID-19, cumplir con esa regla afectaría el derecho constitucional a elegir porque el correo estaba sobrecargado y solicitó una orden para que se pueda aceptar estos votos hasta una semana después del día de la elección
La Secretaría del Estado, sin embargo, recomendó que sea un plazo de 3 días, en atención a lo que decía el sistema de correos. Los republicanos pedían que se denigue el pedido solicitando "judicial restraint"
Si sigues teniendo trumpistas frustrados compartiendo este video, permíteme presentarte a James O’Keefe: en octubre pasado, acusó a Ilhan Omar de comprar votos. O’Keefe se inventó testigos, cambió traducciones y editó videos para falsificar evidencia
Esa no es la primera vez que O’Keefe falsificó evidencias. En 2009, hizo lo mismo con ACORN. Un tribunal lo sentenció a pagar daños y las autoridades concluyeron que las acusaciones eran falsas