1)
Posibilidades de las prejudiciales de Llarena. Segunda parte.

-Juez natural predeterminado por ley.

Primera parte de la segunda parte.
2)
El tema es muy complejo por la cantidad y distintos argumentos (en el tiempo) que ha utilizado la justicia española. Todos y cada uno de esos argumentos, al final serán anulados por la justicia europea.
3)
Centrando el tema exclusivamente en la intención de Llarena, en su pregunta prejudicial, hay que decir que su intención choca frontalmente con un PRINCIPIO FUNDAMENTAL del derecho europeo.
4)
-Todo ciudadano europeo tiene derecho a un doble juicio (doble instancia judicial).
5)
Por supuesto que pueden haber excepciones.

La cuestión es que las excepciones tienen que estar recogidas EXPLICITAMENTE en las leyes.

Tienen que ser explicitas, porque le corresponde al poder legislativo determinarlas en debate y votación públicas en el Parlamento.
6)
El Parlamento tiene que justificar la excepción.

La justicia no puede suplantar al parlamento.

Este principio rige en toda la UE.
7)
El propio Tribunal Supremo reconoció por escrito, que no existe en España una ley explícita que le dé la capacidad excepcional de asumir la causa, privando del derecho a una segunda instancia judicial a los exiliados (ciudadanos de la UE).

Continuará….

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30 Mar
1)
vilaweb.cat/noticies/marta…
¿En qué se diferencia una extradición de una OEDE?

Sencillamente en la soberanía política de estado.
2)
Las extradiciones son entre países que mantienen intacta su soberanía política de estado. La decisión inicial (admisión a trámite) y final (derecho de asilo) corresponde a la política y no a la justicia. Las extradiciones son derecho internacional.
3)
Las OEDE parten de la cesión de soberanía política de los estados/nación de la UE hacia la estructura de estado supranacional de la UE. No existe intervención de la política ni al inicio ni al final.
Read 6 tweets
28 Mar
1)
Posibilidades de las prejudiciales de Llarena. Primera parte.

La sentencia belga sobre Puig gira sobre dos argumentos y una certificación.
2)
A-Certificación: Informe del grupo de trabajo de la ONU.
B-Argumento 1. Juez natural predeterminado por ley.
C-Argumento 2. Declaraciones previas de jueces antes de resolución judicial.
Los argumentos 1 y 2, se resumen en falta de garantías de un juicio justo.
3)
Empecemos por la certificación.

-El “Grupo de trabajo de la ONU” se utiliza como certificación en todo el mundo.
-Vale lo mismo para un caso en Birmania como en España.
Read 13 tweets
20 Mar
2)
Llarena parte de un error básico, considera que las OEDE son extradiciones.
Las extradiciones son detenciones y entrega, entre países que mantienen su propia soberanía judicial.
3)
Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, los estados/nación cedieron a la UE su soberanía judicial.

Las OEDE son detenciones de ámbito UE.

Lo que vale entre Jaén y León, vale entre Madrid y Bruselas.
Read 6 tweets
16 Mar
1)
Amic @Bernat i sense que serveixi de precedent, no estic d'acord amb tu en un petit punt. 😘
Pressuposes que P. Sánchez té la suficient capacitat de "estadista" per haver planificat l'actual tsunami espanyol.
2)
Penso que aquest tsunami és la conseqüència directa del desastre de C’s a Catalunya.
C’s és un artifici FRONTISSA. Com frontissa estava sobre-representat (poder/poltrones).
Amb la desfeta catalana, el PP li ha fet una OPA hostil a C’s per reajustar els seus acords (poltrones).
3)
-A Madrid, ni C’s i PSOE ha tingut capacitat de reacció.
-A Múrcia el PP ha negociat trànsfugues.
-A Andalusia i CyL, C’s ha acceptat el reajustament.

Amb aquest panorama a C’s campi qui pugui.

Que P. Sánchez intenti treure profit del tsunami és una altra qüestió.
Read 5 tweets
13 Mar
1)👇👇👇👇👇
vilaweb.cat/noticies/entre…
2)
Consideraciones personales y complementarias, con permiso:
1-Suplicatorio: El peor error de la JURI ha sido poner como ponente a alguien que pertenece al mismo grupo político, que es parte acusatoria en la causa española (persecución política ilícita en el seno del PE).
3)
Gracias JURI por ponerlo tan fácil. Con esta jugada el asunto queda definitivamente fijado en las instituciones europeas. Uno de los objetivos buscados por la defensa era poder demandar al PE.
Read 6 tweets
10 Mar
2)
Con todo el respeto, discrepo.

Es correcto pensar que la justicia española no tenga la intención ni de olvidar ni de archivar el procedimiento (ni ahora ni nunca), aun así y mientras no haya condena firme, ...
3)
... una buena estrategia de recursos (siempre mirando al TJUE) puede forzar la revisión de la “interpretación inicial” de los hechos (son delito o no según el derecho europeo).
Read 7 tweets

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