1) 🤔🤔🤔
Asunto Conde-Pumpido.

En toda estrategia jurídica hay siempre distintas vías. Un buen abogado ha de saber elegir correctamente la vía acertada.
Ante la filtración interesada de las declaraciones de Conde-Pumpido, la defensa del exilio podía hacer dos cosas.
2)
-No utilizarlas y dejar que Conde-Pumpido siga siendo el ponente.
-Utilizarlas y hacer caer al ponente.

Se han de analizar las dos e intentar sacar el mejor provecho.
3)
En la primera opción tenemos como posible provecho la etiqueta de progresista del ponente.

Conde-Pumpido intento (caso cerco al parlament) desmontar el argumento de la violencia ambiental y no se salió con la suya.
4)
A partir de ese momento sus actuaciones no se diferencian en nada de las del sector conservador.
En el caso del 1-O, tenía la prueba del algodón, con los recursos del Mundó y Borràs.
Como ponente no ha sido nada progresista.
5)
Si en el caso de piezas muy menores no ha sido progresista, que podemos esperar cuando toque resolver en piezas mayores?

NADA.
6)
En la segunda opción tenemos la caída de Conde-Pumpido.
Conseguir afianzar la idea de la contaminación de la justicia española te permite fijarla en un caso concreto y en el caso del 1-O tenemos la contaminación del instructor (Llarena).
7)
En este punto tenemos beneficios por la contaminación específica del instructor, si se presenta ante la justicia europea y beneficios por la contaminación general de la justicia española, si se presenta ante la Comisión (fondos covid, artículos 2 y 7 TUE, carpeta negra…).
8)
¿Un buen abogado que vía elegiría? 😏

• • •

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8 Apr
2) Opinión personal sobre las razones de un bloqueo.

-El CxR es una plataforma participativa.
-Es una plataforma participativa que no está sujeta al espacio físico de un colegio electoral.
3)
-Si no está sujeto al espacio físico puede desprenderse de la disponibilidad temporal del espacio físico.
-Eso permite multi-consultas en tiempo record.
-Eso permite que el ciudadano lo decida todo.
-Es una plataforma revolucionaria de democracia directa.
Read 9 tweets
30 Mar
1)
Posibilidades de las prejudiciales de Llarena. Segunda parte.

-Juez natural predeterminado por ley.

Primera parte de la segunda parte.
2)
El tema es muy complejo por la cantidad y distintos argumentos (en el tiempo) que ha utilizado la justicia española. Todos y cada uno de esos argumentos, al final serán anulados por la justicia europea.
3)
Centrando el tema exclusivamente en la intención de Llarena, en su pregunta prejudicial, hay que decir que su intención choca frontalmente con un PRINCIPIO FUNDAMENTAL del derecho europeo.
Read 7 tweets
30 Mar
1)
vilaweb.cat/noticies/marta…
¿En qué se diferencia una extradición de una OEDE?

Sencillamente en la soberanía política de estado.
2)
Las extradiciones son entre países que mantienen intacta su soberanía política de estado. La decisión inicial (admisión a trámite) y final (derecho de asilo) corresponde a la política y no a la justicia. Las extradiciones son derecho internacional.
3)
Las OEDE parten de la cesión de soberanía política de los estados/nación de la UE hacia la estructura de estado supranacional de la UE. No existe intervención de la política ni al inicio ni al final.
Read 6 tweets
28 Mar
1)
Posibilidades de las prejudiciales de Llarena. Primera parte.

La sentencia belga sobre Puig gira sobre dos argumentos y una certificación.
2)
A-Certificación: Informe del grupo de trabajo de la ONU.
B-Argumento 1. Juez natural predeterminado por ley.
C-Argumento 2. Declaraciones previas de jueces antes de resolución judicial.
Los argumentos 1 y 2, se resumen en falta de garantías de un juicio justo.
3)
Empecemos por la certificación.

-El “Grupo de trabajo de la ONU” se utiliza como certificación en todo el mundo.
-Vale lo mismo para un caso en Birmania como en España.
Read 13 tweets
20 Mar
2)
Llarena parte de un error básico, considera que las OEDE son extradiciones.
Las extradiciones son detenciones y entrega, entre países que mantienen su propia soberanía judicial.
3)
Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, los estados/nación cedieron a la UE su soberanía judicial.

Las OEDE son detenciones de ámbito UE.

Lo que vale entre Jaén y León, vale entre Madrid y Bruselas.
Read 6 tweets
16 Mar
1)
Amic @Bernat i sense que serveixi de precedent, no estic d'acord amb tu en un petit punt. 😘
Pressuposes que P. Sánchez té la suficient capacitat de "estadista" per haver planificat l'actual tsunami espanyol.
2)
Penso que aquest tsunami és la conseqüència directa del desastre de C’s a Catalunya.
C’s és un artifici FRONTISSA. Com frontissa estava sobre-representat (poder/poltrones).
Amb la desfeta catalana, el PP li ha fet una OPA hostil a C’s per reajustar els seus acords (poltrones).
3)
-A Madrid, ni C’s i PSOE ha tingut capacitat de reacció.
-A Múrcia el PP ha negociat trànsfugues.
-A Andalusia i CyL, C’s ha acceptat el reajustament.

Amb aquest panorama a C’s campi qui pugui.

Que P. Sánchez intenti treure profit del tsunami és una altra qüestió.
Read 5 tweets

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