Un intento de aporte al debate sobre la posibilidad de una Asamblea Constituyente (AC) en nuestro país, desde la perspectiva de un politólogo. Es que aquí no solo hay un asunto jurídico, también una disputa política, una lucha por construir mayorías.
Toda Constitución (1/9)
pretende expresar un acuerdo general sobre las reglas que rigen la convivencia dentro de un Estado, y tiene la intención de durar en el tiempo. Por ello tiene procedimientos exigentes para reformarla (art. 206), y cláusulas que condenan intentos de violación a lo que ella (2/9)
establece (art. 45, 46). Una AC no suele existir como mecanismo de cambio constitucional; por ello, aparecen como intentos de legitimación política después de golpes de Estado (nuestras Constituciones de 1979 y de 1993 por ejemplo); como resultado de un amplio acuerdo (3/9)
político, después de situaciones extremas, que requirió de reformas constitucionales a través del Congreso para hacerlo viable (Colombia en 1990, Bolivia en 2004, Chile 2019); o como iniciativas impuestas a la fuerza por un presidente electo sobre la base de su popularidad (4/9)
y capacidad de movilización en las calles (Chávez 1999, Correa, 2007).
El tema es que la AC no solo elabora un texto, también puede dar lugar a la construcción de una nueva mayoría. Usando los recursos del poder y movilizando a la población, se puede imponer la (5/9)
convocatoria a una AC o a un referéndum para aprobar la misma; y se puede lograr construir una mayoría en la AC. Si se logra, la AC se puede declarar soberana, con capacidad de intervenir todos los poderes del Estado bajo esa mayoría. Luego, la nueva Constitución puede (6/9)
habilitar la reelección presidencial, y establecer que el primer periodo no cuente, por haber estado regido por la Constitución anterior. Ese libreto lo hemos visto ya, con sus variantes particulares, con Fujimori (el precursor de estas prácticas), Chávez, Morales y Correa. (7/9)
El que se pueda lograr esto no depende de la elaboración de grandes argumentos jurídicos, sino de la capacidad de movilización y presión en las calles, y de la resistencia y autonomía del Congreso, la Corte Suprema, el TC, los organismos electorales, y las FFAA y policiales.(8/9)
Lo mejor para el país es que cualquiera que sea el camino de cambio constitucional, se busque el más amplio consenso político, no la construcción de una mayoría coyuntural que sirva como instrumento para limitar a la oposición y al pluralismo político. (9/9)

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24 Apr
Un complemento al hilo de ayer. En Perú, en las elecciones de abril de 1990, Cambio 90 obtuvo 32 de 180 diputados; pero en noviembre de 1992 obtuvo mayoría, 44 de 80 escaños en el Congreso Constituyente; y en las elecciones de abril de 1995, 67 de 120 congresistas. (1/7)
En Venezuela, en la elección de noviembre de 1998, el MVR de Chávez obtuvo 35 de 207 diputados; en abril de 1999 ganó el referéndum para una Asamblea Constituyente (AC) con más del 80%; en julio, con el 65% de los votos obtuvo el 95% de la representación para la AC; (2/7)
y en el nuevo Congreso, elegido en julio de 2000, obtuvo 92 de 165 asambleístas.
En Bolivia, el MAS tuvo mayoría desde el inicio del proceso: en diciembre de 2005 el MAS ganó 72 de 130 diputados; y en la elección de AC de julio de 2006 obtuvo 137 de 255 asambleístas. (3/7)
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20 Nov 20
Sobre el debate respecto a una nueva Constitución y una Asamblea Constituyente, una humilde opinión inicial.
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una reforma política, que incluía un proyecto de reforma constitucional para mejorar la gobernabilidad y el equilibrio de poderes, y proponía la eliminación de la vacancia por incapacidad moral. La implementación de todas esas recomendaciones está muy a medias, y (3/9)
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18 Nov 20
Encuesta del @IEPeruanos, entrevistas realizadas entre el 12 y 15 de noviembre.
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7 Jul 20
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4 Jun 19
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