Durkheim: La división del trabajo social. Libro I: La función de la división del trabajo. Capítulo 1: Método para determinar esta función. Resumen:
«Función» se usa en dos sentidos: 1. El que designa un sistema de movimientos vitales con abstracción de sus consecuencias (e.g. en «función de digestión», «de respiración», etc.).
2. El que expresa la relación de correspondencia entre esos movimientos y algunas necesidades del organismo (e.g. cuando se dice que la función de la respiración es la incorporación de oxígeno).
En este estudio «función del trabajo social» alude al segundo sentido, i.e., qué necesidades sociales satisface ésta.
Frente a «rol» o «función», las palabras «fin» y «objeto» son inadecuadas para expresar esto por cuanto se comprometen con una intencionalidad y preconcepción de ese fin; y las palabras «resultado» o «efecto» por cuanto no connotan la correspondencia con necesidades.
La división del trabajo tiene en primer lugar la función de aumentar la fuerza productiva y habilidad del trabajador, permitir el desenvolvimiento intelectual y material de las sociedades y, en definitiva, ser la fuente de la civilización.
Pero esta función no tiene carácter moral más que de un modo indirecto y lejano; y ello por tres razones:
1. Porque si se toma como medida de la inmoralidad colectiva la tasa de suicidios y crímenes, resulta así que éstas aumentan a medida que la civilización progresa.
2. Porque si se analiza los elementos de la civilización se encuentra asimismo que estos carecen de carácter moral; en efecto:
a. Economía. El gran industrial no cumple mejor sus obligaciones morales que el artesano y el pequeño industrial.
b. Arte. Éste es absolutamente refractario a todo lo que parezca una obligación en tanto corresponde al dominio de la libertad; es un lujo bueno de tener pero no obligatorio.
c. Ciencia. Aprender cierta ciencia vulgar es ciertamente una obligación social, lo que se explica por su función clarificadora en la medida en que contribuye a adaptarse a los cambios. Pero tampoco es obligatorio ser científico propiamente dicho.
3. Porque las necesidades cuya satisfacción constituye la función de la civilización son consecuencia a su vez de la división del trabajo.
Luego si ésta es valiosa ha de ser por otra función.
Tanto la semejanza como la desemejanza pueden ser causa de atracción entre los hombres. Pero no cualquier desemejanza sino solo aquellas que se completan mutuamente. Todos nosotros buscamos entre nuestros amigos las cualidades que nos faltan y uniéndonos a ellos nos sentimos
menos incompletos. Se forman así pequeñas asociaciones de amigos en las que cada uno desempeña diferente papel de acuerdo con su carácter en dependencia mutua. En esto consiste la solidaridad como efecto moral de la división del trabajo.
Genera una imagen de nosotros mismos inseparable de la nuestra y deviene parte integrante y permanente de nuestra conciencia. No solamente sirve para dotar a nuestras sociedades de lujo económico sino que, principalmente, asegura su cohesión como tales.
El estudio de la solidaridad compete a la Sociología. En efecto, aunque la solidaridad depende de nuestro organismo individual como la constitución física y psíquica que la soporta, se trata de un hecho social y esa parte suya es indistinta y genérica.
Las variedades esenciales de solidaridad social tienen su reflejo en el derecho. En efecto, la solidaridad implica que los miembros del grupo mantengan relaciones mutuas de forma permanente, y donde esto se da inevitablemente se produce la organización definida en que consiste
el derecho. Puede suceder que las costumbres no estén de acuerdo con el derecho, o incluso que sólo toleren una reglamentación difusa, pero estos casos son excepcionales y transitorios; normalmente las costumbres no son sino la base del derecho.
Se trata entonces de clasificar las diferentes especies de derecho como medio para determinar las de solidaridad. Para ello no vale la distinción derecho público (individuo-Estado)/derecho privado (individuo-individuo); y ello por tres razones:
1. Porque todo derecho es privado en tanto trata necesariamente de individuos que son los que actúan. 2. Porque todo derecho es público en tanto es una función de la sociedad. 3. Porque la noción de Estado es obscura y poco analizada.
Conviene clasificarlas en función de las diferentes sanciones; y ello por dos razones: 1. Porque todo precepto jurídico es una regla de conducta sancionada. 2. Porque las sanciones dependen de la función social que los preceptos desempeñan.
Hay dos clases de sanciones jurídicas: 1. La que consiste en un dolor o disminución que se ocasiona al agente (fortuna, honor, vida, libertad, etc.). Se la llama represiva. Corresponde al derecho penal.
2. La que se limita a «poner las cosas en su sitio», i.e. restablecer las relaciones perturbadas a su forma normal. Corresponde a los derechos civil, mercantil, procesal, administrativo y constitucional.
Se trata ahora de ver a qué tipos de solidaridad corresponden ambas clases.
F. Hayek: Principios de un orden social liberal (1966). Resumen:
«Liberalismo» confunde dos corrientes: 1. La que se desarrolló inicialmente en Inglaterra con los Whigs a finales del siglo XVII. Defiende la limitación de poderes del gobierno, una interpretación evolucionista de los fenómenos socioculturales y una limitación de la capacidad
de la razón humana; es respetuoso con la tradición, moderado y compatible con las creencias religiosas y con un gobierno no democrático. Autores: D. Hume, A. Smith, E. Burke, T.B. Macaulay o Lord Acton.
Resumen: El reclamo de supresión de la brecha salarial (discriminación estructural relativa a una diferente remuneración por sexo a igual trabajo) se funda en la equivocidad explicativa suscitada por las estadísticas agregadas globales de ingresos, (1/3)
y carece de fundamento una vez se controlan las diversas variables y en especial el nº de horas trabajadas en el mercado laboral por hombres y mujeres (2/3)
debido a preferencias personales vinculadas principalmente a los roles familiares (hombre→proveedor, mujer→cuidadora), determinados biológicamente en buena medida por la hipergamia. (3/3)
Sto. Tomás: Suma teológica. Parte primera. Cuestión 3: Sobre la simplicidad de Dios. Resumen:
De algo que se sabe que existe [es] falta por averiguar «cómo es» [su modo de existencia] y después «qué es» [su esencia]. De Dios no se puede saber «qué es», sino sólo «qué no es»; luego hay que tratar no «cómo es» sino «cómo no es» (compuesto, mudable, etc.).
ARTÍCULO 1: DIOS, ¿ES O NO ES CUERPO?
Dios no es corpóreo, y ello por tres razones: 1. Porque todo cuerpo que mueve a otro es a su vez movido. Pero Dios es inmóvil. 2. Porque todo cuerpo está en potencia en tanto divisible. Pero Dios es acto puro.
Steven Goldberg: La inevitabilidad del patriarcado (1973). Capítulo 4: La agresión masculina y la conquista de poder, autoridad y posición. Resumen:
Las diferencias biológicas hormonales entre hombres y mujeres, en tanto determinan una mayor agresividad masculina, son suficientes para explicar la inevitabilidad del patriarcado, el dominio masculino y su conquista de los roles de alto estatus social.
No implica que las hormonales sean las únicas diferencias biológicas determinantes entre hombres y mujeres, aunque sí son las únicas que pueden ser justificadas con pruebas biológicas directas y no hipotéticas aunque sean convincentes.
Steven Goldberg: La inevitabilidad del patriarcado. Capítulo 5: Las manifestaciones societarias de la agresión masculina. Resumen:
Ninguna sociedad ha dejado nunca de diferenciar roles sexuales; hay elementos biológicos que se manifiestan inevitablemente en todas ellas, y es por tanto imposible que se llegue a desarrollar una sociedad que no los establezca.
No es por el contrario inevitable el estatus social mayor o menor atribuido a los roles masculinos y femeninos correspondientes, ni que se considere superior o inferior al hombre o a la mujer.
S. Freud: Tres ensayos sobre teoría sexual (1905). Primer ensayo: Las aberraciones sexuales. Resumen:
El concepto de «instinto sexual» explica las necesidades sexuales del hombre así como el concepto de «instinto de nutrición» explica sus necesidades alimentarias. La libido es al instinto sexual lo que el hambre es al instinto de nutrición.
Digo «objeto sexual» a la persona de la que parte la atracción sexual; y digo «fin sexual» al acto hacia el cual impulsa el instinto sexual. Existen importantes desviaciones de la normalidad sexual tanto en el objeto como en el fin que hay que analizar.