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(1)
“Jaque mate en cuatro jugadas”

-2ª jugada.

Con la causa dentro del TJUE, en principio, solo se resolvería la situación personal de los “Presos y Exiliados”. Si el TJUE resuelve favorablemente, todos libres y a casa.
(2)
Pero la partida queda en tablas. El Gobierno Español, aun recibiendo una condena, habría conseguido intimidar al “Poble Català”. Para eso, no era necesario haber empezado el viaje!
La resolución del TJUE, ha de intimidar al Gobierno Español. Y como se consigue eso?
(3)
Abierta la puesta del TJUE, ya se puede entrar en el meollo de la cuestión.

La Generalitat tenía derecho a convocar una consulta no vinculante, de acuerdo al “Estatut”?

Están en juego, los derechos de las minorías, dentro de un estado europeo.
(4)
En esta situación se encuentran otros Pueblos/Naciones históricas (Escocia, Flandes, Baviera, Euskadi, Córcega…) Unos tienen reconocido, el derecho de autodeterminación, en sus derechos internos nacionales y otros no.
(5)
El TJUE tendrá que resolver de acuerdo al derecho unificado europeo. Al ser una resolución única que afecta a todos los miembros de la UE, es previsible que el TJUE resuelva hacia arriba (reconociendo a todos, el derecho que tienen algunos).
(6)
Las estrategias jurídicas son difíciles y complicadas. El equipo jurídico del exilio es internacional y de Champions. Su hábitat profesional es el TJUE, el TEDH y la ONU. Ven en el reconocimiento del “Derecho de Autodeterminación de los Pueblos” la última frontera jurídica.
(7)
Llevan décadas preparándose. El desarrollo de la estrategia jurídica, del derecho de autodeterminación, no ha empezado en Catalunya. El caso català es la oportunidad actual. También se ha iniciado la vía escocesa. El caso català, es el que consideran que ganarán.
(8)
Los objetivos de la jugada son:

-El reconocimiento jurídico, del “Derecho de Autodeterminación” dentro de la UE.
-Revertir el artº 155 de la CE. Con todo lo que eso conlleva.
-Luz verde para la 3ª jugada.
Pd. Revertir el 155 de la CE, con todo lo que eso conlleva, realmente se refiere a volver a la situación jurídica anterior al 08/09/2017.
Pd2. Otro objetivo, es forzar a los Estados de le UE (que tienen Países/Naciones/Territorios en su seno, en la misma situación que Catalunya y que están reconocidos por el Comité Europeo de las Regiones) a resolver el conflicto a través de la “Comisión Europea”.
Pd3. Repasando el hilo, me hado cuenta que (2) no es lo contundente que ha de ser. La razón es que en el original, explicaba la razón jurídica que obligaba al TJUE a pronunciarse sobre la autodeterminación. Al final lo he suprimido por no dar pistas al enemigo.
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