#BuenasTardes #domingo. El refranero popular suele tener un dicho para cualquier situación que se precie. Este caso no iba a ser una excepción: "Nunca es tarde si la dicha es buena". Vamos con el hilo 🧵de hoy.
#ViolenciaDeGénero 👇
1) Hoy optaré por analizar algunos comentarios con los que me he topado estos días por estos lares, en el ámbito del #maltrato sobre la mujer pareja. Antes de nada, puntualizar que todos y cada uno de ellos se vertieron desde perfiles anónimos, ¿mera casualidad o coincidencia?
2)Comenzamos:
- "Tengo a un amigo al que han denunciado falsamente en dos ocasiones". Hay veces que dudo sobre si es realmente un amigo o el sobrino del peluquero de su hermana. Nunca lo sabré. El caso es que cuando indagas en los hechos, primero te indican que lo detuvieron...
3)..."por la cara", que Su Señoría lo puso en libertad y que ella es una mentirosa compulsiva. Cuando intentas profundizar, salen con un "no sé si se archivó o no por falta de indicios/retirada de la denuncia, el caso es que se comió dos noches de calabozo injustamente". Yo, ...
4)...que soy de los que preguntan (como los niños, prácticamente), insisto: "a ella entonces no la han condenado por denuncia falsa, ¿verdad?" La respuesta suele ser un "creo que no". Aquí siempre me viene a la cabeza la descripción que aparece en el perfil de @natalia_velilla:..
5)..."Toda historia tiene (al menos) dos versiones". Esta, en concreto, según mi interlocutor (o interlocutora), parece no tener ninguna probada judicialmente.
El caso es que, hoy en día, todo el mundo conoce a alguien a quien se le ha detenido por #ViolenciaDeGénero...
6)...falsamente, ¿no os parece? ¡Ojo! Con esto no quiero decir que alguno (o alguna) esté en lo cierto, porque de todo hay en la viña del señor. Pero, ¿tantos? Sinceramente no lo creo.
Sigamos: - "Encima, una de las veces lo detuvieron el viernes y estuvo encerrado hasta el...
7)...lunes". Lo cierto es que ésta, siendo totalmente honesto, me escama una barbaridad. Pienso: "A lo mejor me equivoco, pero en cada partido judicial de nuestro país hay un juzgado de guardia todos los días de la semana, festivos incluidos". De hecho, procesalmente la...
8)...detención preventiva no ha de durar más del tiempo estrictamente necesario para practicar las diligencias de investigación y, en todo caso, no podrá superar las 72 horas. ¡Qué cosas!
Otra (ésta os confieso que es de matrícula de honor): "A mi amigo le propusieron firmar...
9)...una confesión para soltarlo y lo hizo, con tal de salir de ese infierno". En este caso se refería a la Policía, es decir, fase preprocesal, en la Comisaría. Y yo me pregunto: ¿La firmó antes o después de recibir asistencia letrada? Porque la LECrim prevee, desde 2015, que...
10)... el detenido se entreviste con su Letrado/a antes del acto de toma de declaración. Yo, en algo más de cuatro años y medio, ni he visto semejante situación, ni me la han contado.
Y para terminar un clásico: "Existe un protocolo policial que obliga a la detención por VG en...
11)...todo caso". Ésta es la más recurrente, sin duda. No me explayaré: ni existe un protocolo policial en el que se obligue a detener "en todo caso", ni existe un protocolo policial que recoja un catálogo de circunstancias a valorar para proceder a la detención. Cada situación..
12)...es distinta, y sólo los primeros intervinientes (o el Instructor de las diligencias), analizados los indicios que se aportan y aquellos hallados a través de las indagaciones practicadas, tienen la responsabilidad de decidir si recurren a la medida cautelar de la detención.
13)Para terminar, hacer - nuevamente - un llamamiento a la implicación ciudadana en la lucha contra esta lacra social (sí, lacra social, porque se asesinan a 60 mujeres de media al año y actualmente, según estudios y encuestas, hay 600.000 mujeres sufriendo VG en España). FIN

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Aug 24, 2021
Hoy me apetece hilar, siquiera brevemente, al respecto de las cifras relativas a la criminalidad conocida a lo largo del año 2020. Los datos se publican, con periodicidad trimestral, por el @interiorgob en sus "Balances de criminalidad", de acceso libre. Allá vamos 🧵👇 Image
Antes de nada conviene apuntar que la estadística en cuestión dimana de la información aportada por las FFCCS del Estado (Policía Nacional y Guardia Civil), los Cuerpos de Seguridad dependientes de las CCAA y también aquellas Policías Locales que facilitan datos a los primeros.
Asimismo, además de las cifras globales a nivel nacional, se publican otras de alcance automómico, por provincias, capitales de provincias y localidades que cuenten con una población superior a 30.000 habitantes; así como relativas a los territorios insulares, uno a uno.
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Aug 8, 2021
En el hilo de la semana hablaré de #ViolenciaDeGénero y #ViolenciaDoméstica. En concreto analizaré las cifras de criminalidad conocida al respecto de las dos tipologías, relativas al pasado 2020 completo. El INE publica anualmente un informe sobre la temática. Allá vamos👇
En primer lugar, conviene definir legalmente ambas conductas: la primera, la #ViolenciaDeGénero, está regulada por la LIVG, que data del año 2004. En ella se incluyen las conductas de relevancia penal ejercidas por el hombre sobre su mujer pareja (o ex).
El artículo 87 ter de la LOPJ recoge el catálogo de delitos competencia de los JVSM. A saber: contra la vida, lesiones, contra la libertad, contra la libertad sexual, intimidad, etc. Al final aparece un cajón de sastre: siempre que exista violencia/intimidación en la conducta.
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Jul 26, 2021
El hilo de esta semana vuelve a versar sobre #ViolenciaDeGénero, para no cambiar el guion. Esta vez, y a raíz de un comentario visto recientemente en RRSS, hablaré de nuevo sobre si la violencia tiene o no género, con un enfoque criminológico. Vamos allá 🧵👇 Image
Hace unos días me topé con lo siguiente: una criminóloga a quien conozco afirmaba taxativamente que “la violencia no tiene género”. Lo hacía, además, a colación de la noticia que aquí os comparto, al respecto de una madre que presuntamente maltrataba a su bebé (varón). Image
No conforme con lo expuesto, la autora de la publicación decía, literalmente, “Repetid conmigo… La violencia no tiene género”. Una frase que en los últimos tiempos se ha esgrimido en no pocas ocasiones para equiparar violencias que, criminológicamente, presentan diferencias.
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Jun 28, 2021
El hilo de esta semana versará sobre muertes violentas en el ámbito de la #ViolenciaDeGénero. Para quien no lo supiera, la @DelGobVG recoge la información al respecto en unas fichas de acceso público a través de su Web oficial. Veámoslo en detalle 🧵👇
1) Los datos de los que hace acopio la Delegación incluyen: víctimas mortales por CCAA, grupos de edad de víctimas y agresores, nacionalidad de los intervinientes, tipo de relación sentimental y de convivencia,…
2) … existencia de denuncias previas (referenciando quién la interpuso – la propia víctima u otras personas – y si el proceso iniciado continuó o fue archivado), medidas de protección en favor de la víctima, quebrantamientos registrados y…
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Jun 17, 2021
El hilo de hoy versará sobre las reformas operadas por la L.O. 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Me centraré en sus implicaciones policiales mayormente. Al lío 🧵👇
1) Antes de entrar en materia me gustaría hacer unas cuantas puntualizaciones de carácter general. Hay varios aspectos que, si bien no son estrictamente policiales, conviene destacar. Por un lado aparece la referencia al ejercicio positivo de la responsabilidad parental.
2) El concepto es descrito por el legislador como “integrador” y abarca la importancia del núcleo familiar en la sociedad actual y, por extensión, en nuestros niños, niñas y adolescentes. Se prevén ayudas con finalidad preventiva para las familias desde las Instituciones.
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Jul 11, 2020
#BuenosDias #Sábado. El hilo 🧵de hoy versará sobre intervención policial con víctimas de #ViolenciaDeGénero extranjeras y en situación irregular en nuestro país. Estamos ante una situación de doble vulnerabilidad que ha de ser tratada de una forma especial. Veámoslo 👇
1) El marco legal de referencia lo encontramos en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Concretamente en su artículo 31 bis, incluido a raíz de la reforma llevada a cabo ex L.O. 10/2011.
2) Ya en el apartado 1 del artículo, el legislador prevé que cualquier víctima extranjera, sea cual fuere su situación administrativa, tenga acceso en igualdad de condiciones a los recursos y derechos reconocidos en las L.O. 1/2004, nuestra Ley Integral.
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