Hoy me apetece hilar, siquiera brevemente, al respecto de las cifras relativas a la criminalidad conocida a lo largo del año 2020. Los datos se publican, con periodicidad trimestral, por el @interiorgob en sus "Balances de criminalidad", de acceso libre. Allá vamos 🧵👇
Antes de nada conviene apuntar que la estadística en cuestión dimana de la información aportada por las FFCCS del Estado (Policía Nacional y Guardia Civil), los Cuerpos de Seguridad dependientes de las CCAA y también aquellas Policías Locales que facilitan datos a los primeros.
Asimismo, además de las cifras globales a nivel nacional, se publican otras de alcance automómico, por provincias, capitales de provincias y localidades que cuenten con una población superior a 30.000 habitantes; así como relativas a los territorios insulares, uno a uno.
El informe publicado al respecto del cuarto trimestre de 2020 también cuenta con los datos anuales y un resumen introductorio sobre las variables de mayor interés involucradas en las diferentes oscilaciones, por tipologías delictivas. Hay un desglose detallado y bien trabajado.
Según los datos registrados por los Cuerpos policiales mencionados, a lo largo de 2020 y en comparación con aquellos relativos a 2019 se ha producido un descenso porcentual en la criminalidad conocida del 19'4%. Las infracciones penales en 2020 han sumado un total de 1.773.366.
En 2019, por su parte, se contabilizaron 2.199.475 hechos de relevancia jurídico-penal.
Los propios autores del informe apuntan que la significativa bajada en la delincuencia (denunciada) está marcada, indudablemente, por la pandemia ocasionado por el COVID-19.
Las medidas restrictivas de derechos, concretamente aquellas que han mermado nuestra libertad de movimientos, han supuesto un freno eficaz para el crimen. Menos contactos implican un menor número de oportunidades para delinquir, unido al hecho de que las calles han estado vacías.
Esto último permite, indudablemente, un mejor control informal y formal. Las FFCCS, por ejemplo, en sus labores de patrullaje proactivo, son capaces de detectar y evitar la comisión de delitos con una probabilidad mucho mayor, debido al menor número de personas en vía pública.
Continúa el informe diciendo que se ha producido un descenso en la mayoría de los tipos penales: homicidio y asesinato, delitos graves y menos graves de lesiones y riña tumultuaria, secuestros, aquellos que atentan contra la libertad sexual (- 13'6% con respecto a 2019), etc.
Solamente se han registrado incrementos en las tentativas de homicidio doloso y en los tipos penales que atentan contra el bien jurídico salud pública. Es decir, los de tráfico de drogas mayoritariamente. En términos porcentuales este último creció en un 2'2% en relación a 2019.
Estamos ante un escenario criminológico inédito, causado por un virus que ha alterado nuestras rutinas de manera ostensible. De hecho, ya hemos empezado a ver estudios sobre las variables implicadas, la influencia de determinados factores de riesgo y de protección en el delito.
Por último puntualizar, una vez más, que las cifras oficiales de criminalidad no representan la realidad: en ciertos tipos penales, unos más que otros, existe una infra-denuncia a tener en consideración. Sobre todo en aquellos que tienen lugar al amparo de relaciones personales.
Esos en los que sujeto activo y pasivo mantienen un vínculo afectivo que, en el ámbito de los delitos contra las personas, facilita al agresor la consecución de sus propósitos criminales y la ulterior búsqueda de impunidad. Toca investigar causas.
Gracias por leer hasta aquí. FIN
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En el hilo de la semana hablaré de #ViolenciaDeGénero y #ViolenciaDoméstica. En concreto analizaré las cifras de criminalidad conocida al respecto de las dos tipologías, relativas al pasado 2020 completo. El INE publica anualmente un informe sobre la temática. Allá vamos👇
En primer lugar, conviene definir legalmente ambas conductas: la primera, la #ViolenciaDeGénero, está regulada por la LIVG, que data del año 2004. En ella se incluyen las conductas de relevancia penal ejercidas por el hombre sobre su mujer pareja (o ex).
El artículo 87 ter de la LOPJ recoge el catálogo de delitos competencia de los JVSM. A saber: contra la vida, lesiones, contra la libertad, contra la libertad sexual, intimidad, etc. Al final aparece un cajón de sastre: siempre que exista violencia/intimidación en la conducta.
El hilo de esta semana vuelve a versar sobre #ViolenciaDeGénero, para no cambiar el guion. Esta vez, y a raíz de un comentario visto recientemente en RRSS, hablaré de nuevo sobre si la violencia tiene o no género, con un enfoque criminológico. Vamos allá 🧵👇
Hace unos días me topé con lo siguiente: una criminóloga a quien conozco afirmaba taxativamente que “la violencia no tiene género”. Lo hacía, además, a colación de la noticia que aquí os comparto, al respecto de una madre que presuntamente maltrataba a su bebé (varón).
No conforme con lo expuesto, la autora de la publicación decía, literalmente, “Repetid conmigo… La violencia no tiene género”. Una frase que en los últimos tiempos se ha esgrimido en no pocas ocasiones para equiparar violencias que, criminológicamente, presentan diferencias.
El hilo de esta semana versará sobre muertes violentas en el ámbito de la #ViolenciaDeGénero. Para quien no lo supiera, la @DelGobVG recoge la información al respecto en unas fichas de acceso público a través de su Web oficial. Veámoslo en detalle 🧵👇
1) Los datos de los que hace acopio la Delegación incluyen: víctimas mortales por CCAA, grupos de edad de víctimas y agresores, nacionalidad de los intervinientes, tipo de relación sentimental y de convivencia,…
2) … existencia de denuncias previas (referenciando quién la interpuso – la propia víctima u otras personas – y si el proceso iniciado continuó o fue archivado), medidas de protección en favor de la víctima, quebrantamientos registrados y…
El hilo de hoy versará sobre las reformas operadas por la L.O. 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Me centraré en sus implicaciones policiales mayormente. Al lío 🧵👇
1) Antes de entrar en materia me gustaría hacer unas cuantas puntualizaciones de carácter general. Hay varios aspectos que, si bien no son estrictamente policiales, conviene destacar. Por un lado aparece la referencia al ejercicio positivo de la responsabilidad parental.
2) El concepto es descrito por el legislador como “integrador” y abarca la importancia del núcleo familiar en la sociedad actual y, por extensión, en nuestros niños, niñas y adolescentes. Se prevén ayudas con finalidad preventiva para las familias desde las Instituciones.
#BuenosDias#Sábado. El hilo 🧵de hoy versará sobre intervención policial con víctimas de #ViolenciaDeGénero extranjeras y en situación irregular en nuestro país. Estamos ante una situación de doble vulnerabilidad que ha de ser tratada de una forma especial. Veámoslo 👇
1) El marco legal de referencia lo encontramos en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Concretamente en su artículo 31 bis, incluido a raíz de la reforma llevada a cabo ex L.O. 10/2011.
2) Ya en el apartado 1 del artículo, el legislador prevé que cualquier víctima extranjera, sea cual fuere su situación administrativa, tenga acceso en igualdad de condiciones a los recursos y derechos reconocidos en las L.O. 1/2004, nuestra Ley Integral.
#BuenosDias. Lo prometido es deuda: aprovecho que estoy de libranza tras mi guardia para hilar🧶, brevemente, sobre las circunstancias que rodean a los abusos y agresiones sexuales, como conductas más habituales en el campo de la #LibertadSexual. Al lío 👇
1)Hace unas semanas traía a colación el Informe sobre delitos contra la libertad e indemnidad sexual en España de 2018, elaborado por el Gabinete de Coordinación y Estudios, al que podéis acceder online a través de la página web del Ministerio de Interior.
2)En él se analiza la evolución de esta tipología delictiva en un periodo de seis años, los comprendidos entre 2013 y 2018. Ya comenté en su día que los hechos conocidos registrados han ido en constante incremento: hemos pasado de 8.923 (2013) a 13.782 (2018).