2010: sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/Pagina…
2016:
sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/Pagina…
2020:
sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/Pagina…
Aquí el comunicado: 👇🏻
internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicad…
🚨Gravísimo e incorrecto este criterio.🚨
La SCJN insiste en darle vigencia a un artículo derogado en julio de 1997.
Que si un trabajador cotizó (pagó) con un tope de 25 SM, el IMSS puede pagarle la pensión tomando como base únicamente 10 SM. Esta regla sólo aplicaría a aquellos que cotizaron antes de junio 1997 y a la fecha siguen cotizando.
@elnidodelseguro, así como las publicaciones del Lic. Gustavo García Cuenca.
He visto decenas de resoluciones de pensiones Ley 73 recientes y todas han sido calculadas a 25 SM / UMAS. Si mañana vas a la ventanilla y tramitas tu pensión, imagino será igual.
Estamos a tiempo; vamos en la segunda llamada, para cuando sea la tercera, puede que sea muy tarde. OJO: @gibranrr
Se dio el lujo de construir teatros, estadios de béisbol, parques acuáticos y hasta tener dos equipos de fútbol en primera división. ¡Sí! El Atlante y el Oaxtepec FC, fueron del IMSS.