1. Una Corte de Nueva York acaba de afirmar la legalidad de los bonos PDVSA 20s. La corte no halló necesario entrar en discusión de asuntos constitucionales venezolanos dado que halló que la obligación se regía por ley de Nueva York.
2. Tal como advertimos en su momento, era ilusorio esperar otra decisión. Si las cortes estadounidenses abriesen la puerta al desconocimiento por gobiernos de obligaciones pasadas con argumentos de ley local, generarían una enorme inestabilidad en los mercados de deuda soberana.
3. La Juez Polk incluso tomó la inusual decisión de ordenar a la junta ad hoc de PDVSA pagar los costos legales incurridos por los acreedores como resultado de la demanda. Esto indica un claro reconocimiento del poco fundamento legal de la demanda en base a la ley de NY.
4. La decisión es consecuencia esperable de una conducta irracionalmente hostil hacia los mercados financieros por parte de representantes del gobierno interino. Muchas voces advirtieron la necesidad de un diálogo constructivo con los mercados financieros internacionales.
5. La confianza de los mercados financieros será clave para la recuperación de nuestra economía cuando logremos volver a la democracia. Debemos promover una relación constructiva con ellos que vea a la inversión internacional como un aliado clave de la reconstrucción.
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1. El dictamen de la Juez Katherine Polk sobre el caso de los bonos PDVSA 2020 contiene elementos claves para la discusión nacional y el establecimiento de responsabilidades en este caso. Paso a ofrecer un breve resumen de los puntos más resaltantes.
2. La decisión de la Juez de Nueva York se basa en la observación de que, si bien la Asamblea Nacional tenía la autoridad para declarar la ilegalidad de Bono PDVSA 20 en el 2016, decidió no hacerlo.
3. El dictamen comienza por establecer que las decisiones de la AN en el 2016 constituían Actos de Estado. Eso implica que una corte de otro país debe aceptarlos sin cuestionar su legalidad. Por tanto, la AN pudo anular el bono PDVSA 2020 en el momento de su emisión.
1. Para entender el peligro de pérdida de CITGO ante los acreedores en procesos judiciales y la discusión sobre la responsabilidad de diversos actores públicos en ella, es importante entender los detalles de los procesos judiciales en curso. Abro hilo explicativo.
2. Es incorrecto alegar que la pérdida de CITGO es consecuencia inevitable de la acumulación por parte de la República de altos niveles de deuda financiera y por expropiaciones, dado que CITGO es una empresa legalmente separada de la República amparada por el velo corporativo.
3. Esto no quiere decir que Chávez y Maduro estén exentos de culpa en la pérdida potencial de nuestra empresa. Por el contrario, como argumentamos a continuación, sus actuaciones irresponsables fueron las primeras en poner en riesgo a la empresa.
1. Paso a explicar la situación actual del litigio de Crystallex con Venezuela. En una decisión emitida ayer, el Juez Leonard Stark ordenó el reinicio del proceso de venta de las acciones de PDV Holding, dueña de CITGO, para pagar un laudo obtenido por la compañía canadiense.
2. El caso se remonta a la decisión por parte del gobierno de Chávez de negar una licencia ambiental a Crystallex en 2008 para explotar la mina de Las Cristinas, sobre la que había adquirido derechos. Crystallex argumentó que esta negación constituía una expropiación.
3. En 2016, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) falló a favor de Crystallex, otorgando una compensación de $1,4 millardos. Crystallex después introdujo el caso en una corte de Delaware para ejecutar esta sentencia.
1. En un comunicado publicado hoy por @PresidenciaVe, el gobierno interino desestima la propuesta de ayudar a los venezolanos en el exterior argumentando falta de acceso a fondos en cuentas externas. Paso a analizar en detalle estos argumentos.
2. El comunicado no presenta cifras oficiales y usa lenguaje impreciso al referirse a los fondos afectados por restricciones, lo que complica su interpretación. Invito a las autoridades a publicar estadísticas que permitan sentar una base cuantitativa para la discusión.
3. Es importante notar que es esta la primera vez que el gobierno interino alega no tener acceso a sus cuentas externas. En ocasiones pasadas, ha hecho importantes movilizaciones de fondos para pagar obligaciones cuyo sustento legal ha sido cuestionado. bloomberg.com/news/articles/…
1. ¿Cuál es la situación de los activos externos de Venezuela? ¿Cuál es el riesgo de que se pierdan frente a los acreedores? En este hilo doy una breve explicación de los riesgos y de lo que podemos hacer para protegerlos.
2. Los gobiernos de Chávez y Maduro acumularon una deuda de $154 millardos a pesar de recibir el boom petrolero más grande de la historia. Al mismo tiempo, expropiaron numerosas inversiones internacionales, violando tratados de protección de inversión suscritos por el país.
3. En 2017, el país entra en default de su deuda, presionado por la caída de la producción petrolera. Además, varias empresas expropiadas ganan demandas en tribunales de arbitraje internacionales.