Lasso PRESIONA CON TODO para impedir la participación del binomio #ArauzRabascall. Con sus “juristas” d alquiler, han posicionado -más mediática q jurídicamente- la existencia d una ilegalidad. El riesgo sigue latente y es vital q TODOS sepamos desvirtuar sus mentiras.
Abro hilo.
Muchos han sustentado las razones q permiten participar al binomio #ArauzRabascall. No obstante, nuestro sistema legal se ha convertido en una comedia d mal gusto en la q 3 ungidos jurisconsultos (los Trujillo-boys) deciden qué es lo q “en realidad” “quiso decir” la norma...
Por eso, aquí veremos:
-Qué argucias usan para hablar d “ilegalidad”
-Cómo éstas han mutado en función d la coyuntura política y porqué son una farsa jurídica.
Esto dejará sin piso sus intenciones, y probará q -lejos d ser juristas imparciales- solo son politiqueros d medio pelo.
Veamos cómo muta su “argumento jurídico”:
-1ro se centraban en la “FORMALIDAD d la aceptación”
-Luego en la sentencia ejecutoriada q INHABILITA a Correa
-Después dijeron q sin aceptación Correa NO EXISTE como precandidato
-y al final, q sin aceptación, no hubo DEMOCRACIA INTERNA.
Ese hilo conductor es la clave para seguir la pista a sus leguleyadas:
1.Formalidad
2.Inhabilitación
3.Inexistencia
4.Democracia Interna
Si bien el “argumento” muta con el tiempo y la coyuntura política, saben qué es lo q no cambió nunca? La conclusión! En todos los escenarios..
su conclusión fue siempre la misma: el binomio “NO PUEDE PARTICIPAR”.
Ya ahí se ve el sesgo antidemocrático d los abogados. Un análisis imparcial, se habría centrado en examinar qué dice la normativa respecto d la “aceptación”, en vez d centrarse EN CÓMO IMPEDIR la participación.
Recordemos ahora la estrategia legal d la RC: se registra al binomio Arauz-Correa (q ganó las primarias d Centro Democrático), el CNE constata la existencia d una inhabilidad para Correa (la sentencia ejecutoriada) y da 48horas al partido para reemplazar a Correa por Rabascall.
Todo aquello ocurrió al pie d la letra, tal como señala la normativa y es justamente lo q está siendo impugnado en el Contencioso por presión d Lasso y Romo, con base en los “argumentos” d los Trujillo-boys. Ahora sí, veamos cuáles han sido y por qué mutaron dichos “argumentos”.
El 2 d septiembre, Ismael Quintana decía q Correa es “irremplazable” porq “no cumplió con la FORMALIDAD reglamentaria d ACEPTAR la candidatura”, lo q también “afecta a su BINOMIO” ya q “por el art.143 d la Constitución, ambos (presidente y vicepresidente) serían inseparables.”
Aquí conviene recordar algo clave: en Derecho Público SOLO SE PUEDE HACER lo q la norma jurídica EXPRESAMENTE PERMITE; a diferencia del Derecho Privado, q permite hacer TODO lo q la Ley NO PROHIBE. El Derecho Público es más restrictivo: en él no caben interpretaciones extensivas.
Ahora sí, vamos al 143 d la Constitución, q cita Quintana:
“las candidaturas a Presidente y Vicepresidente d la República constarán en la misma papeleta”
FIN!
¿Acaso dice ahí q el binomio se debe calificar en su unidad? Acaso dice ahí q la candidatura del uno condiciona al otro?
De hecho, el mismo art. habla d candidaturaS, o sea 2 CANDIDATOS en una misma papeleta para efectos prácticos. Así d forzado es el “razonamiento” q usan. Y por qué? Porque saben q bloquear a Correa ya no basta. Para ganar, la derecha necesita bloquear al binomio Arauz-Rabascall.
Volvamos al eje del argumento: Correa es “irremplazable” porq “no cumplió con la FORMALIDAD d ACEPTAR la candidatura”. Esto no es más q un invento de Quintana, sin sustento legal alguno, pues el propio Reglamento de Inscripciones (art. 13) señala q la falta d FORMALIDADES..
..en la presentación d una candidatura ES CAUSAL DE NEGACIÓN d la misma (literal K).
¿Por qué importa esto? Porque, inmediatamente después, el mismo reglamento, en su art.14, señala que EN CASO DE NEGAR la inscripción, el CNE dará al partido 2 días PARA REEMPLAZAR AL CANDIDATO.
Como Correa “no aceptó”, el reglamento señala q el incumplimiento d tal “formalidad” conduce a su remplazo por Rabascall. Jaque mate!
Tan pobre y mal elaborado era ese “argumento” q -días después- con la sentencia del caso “Sobornos”, Quintana se apuró en reformarlo y “pulirlo”.
Así, el 9 d septiembre, decía:
“Correa no solo no aceptó, sino q ESTANDO INHABILITADO, NO PUEDE INSCRIBIRSE. Sin inscripción no hay rechazo, y sin rechazo no hay reemplazo”. Noten q el eje del argumento ya no es la “no aceptación”, sino la -por ellos tan ansiada- inhabilidad.
Aquí podrán ver con total claridad la falta d ética y doble moral d estos abogados, pues este “argumento” solo se sostiene falseando descaradamente el proceso d inscripción. En este punto es crucial revisar qué dice el Código d la Democracia sobre EL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN:
Una vez realizadas las elecciones primarias, los precandidatos q hayan triunfado, son proclamados "precandidatos ganadores" por sus partidos. Luego, cada partido realiza la SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN, y el CNE procede entonces con la CALIFICACIÓN d candidatos (art.93), es decir..
..revisa q cada candidato haya cumplido los requisitos y no tenga inhabilidades, en cuyo caso, mediante resolución, INSCRIBE al candidato.
No obstante, en caso d algún incumplimiento o inhabilidad, el candidato no podrá inscribirse (será rechazado), pero podrá ser reemplazado.
Nótese, pues (esto es CRUCIAL) q d acuerdo al Código d la Democracia (art.93) el “procedimiento d inscripción” contempla 3etapas sucesivas con un orden bien definido:
1)Solicitud d inscripción
2)Calificación d candidatos
3)Inscripción propiamente dicha.
Ahora lean a los abogados:
-"...estando inhabilitado, no puede inscribirse. Sin inscripción no hay rechazo, y sin rechazo no hay reemplazo”. (Quintana)
-"Paso 1 SE INSCRIBE EL PRECANDIDATO. Paso 2 CNE analiza inhabilidades…Paso 4 se reemplaza al Precandidato. Sin Paso 1, no puede haber Paso 4". (García).
Como pueden ver, pretenden situar la inscripción ANTES d la calificación.
¿Pero, recuerdan lo q decía la ley? ¡La inscripción es EL ÚLTIMO PASO!
¿Error inocente? ¡En absoluto! Pues, como saben, al tener inhabilidad (debido a la sentencia ejecutoriada) Correa no puede inscribirse,
..entonces, maliciosamente equiparan la “Inscripción” (q está DESPUÉS d la calificación) con la “SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN” (q está ANTES d la calificación). ¿Para qué? para q ese “Correa no puede inscribirse” sea tratado por el CNE como un “Correa no puede solicitar inscripción".
Entienden ahora lo que se oculta detrás del “sin inscripción no hay rechazo ni reemplazo” de Ismael Quintana y el “Sin paso 1 no hay paso 4” de Ramiro García? Lo que buscan es un subterfugio de tinterillos para impedir la calificación, ETAPA EN LA QUE SE HABILITA EL REEMPLAZO!
Es decir, en vez d proceder conforme a la Ley: [revisar la solicitud, comprobar q hay inhabilidad, rechazar la inscripción y proceder al reemplazo], razonan al revés: [hay inhabilidad, entonces no puede “solicitar” inscribirse, por lo q no puede ser calificado ni reemplazado].🤦🏻♂️
¿Qué debemos entender d aquello? Que el propio partido debía “auto eliminarse” sin una resolución debidamente motivada por parte d la autoridad electoral? Esto es tan ridículo como exigirle a un solicitante de crédito q sea él mismo el que determine si es o no sujeto de crédito.
Quién decide si uno es sujeto d crédito? El solicitante o el banco? Obviamente el banco, al CALIFICAR LA SOLICITUD DE CRÉDITO. Y recuerden q estamos en Derecho Público: ¿dónde está el artículo q señala q al haber inhabilidad, el CNE no debe RECEPTAR la solicitud d inscripción?
Este sainete también se les cayó, no porq hayan reconocido su mentira, sino porq el mismo Código d la Democracia(art. 95) señala entre los REQUISITOS para inscribir candidaturas el “no estar incurso en ninguna d las INHABILIDADES O PROHIBICIONES establecidas en la Constitución.”
O sea q, según la Ley, NO TENER inhabilidades ES REQUISITO para ser inscrito. ¿Por qué esto es relevante? Porque el art.104 señala que si un candidato incumple los REQUISITOS establecidos en la Constitución y la Ley, “SE RECHAZARÁ SU CANDIDATURA Y PODRÁ SER REEMPLAZADO en 2días.”
Como vieron, tergiversan la inscripción al decir “Correa inhabilitado, no puede inscribirse", pero EL MISMO ARTÍCULO q les dice q Correa no puede inscribirse, por incumplir un requisito (el art.104), TAMBIÉN LES DICE q Correa debe ser rechazado y remplazado en 2 días. Jaque mate!
Al percatarse q la inhabilidad CONDUCE INDEFECTIBLEMENTE AL REEMPLAZO, Oyarte y Quintana cambian d estrategia: abandonan la tesis d la “inhabilidad” y se centran d nuevo en la “no aceptación”. Por qué? Para así nuevamente tratar d impedir la calificación y bloquear el reemplazo!
Así, el 17 d septiembre, partiendo d la “no aceptación” d Correa, Quintana sostenía: “Como él no existe en el plano electoral, porque no es precandidato a nada, no lo pueden reemplazar. Por simple lógica, ud no puede reemplazar algo q no existe.” Para apuntalar esta idea, señala:
“lo importante para la calificación y reemplazo es q el CNE se haga una simple pregunta: ¿Correa tiene la calidad d precandidato? La respuesta es NO LA TIENE.”
Como ven, Quintana pretende posicionar 2elementos clave: 1) q el mecanismo d reemplazo solo cabe para los precandidatos
2) q para tener calidad d “precandidato” (y existir electoralmente) es necesario “haber aceptado”.
Y concluye q como Correa no aceptó, no tiene la calidad d precandidato (no existe electoralmente) y por lo tanto no puede ser reemplazado (“no se puede reemplazar lo q no existe”).
Lo mismo defiende el nefasto Consejero del CNE, Enrique Pita, al decir: “es inexplicable q el sistema d inscripción d candidaturas del CNE permita q el binomio Arauz-Correa registre su solicitud cuando uno d sus postulantes NO TIENE CALIDAD DE PRECANDIDATO por no haber aceptado”.
Pero dónde habla la Ley d “inexistencia”? Dónde dice q “la inexistencia imposibilita el reemplazo”? Adivinaron: EN NINGÚN LADO. La Ley señala UN SOLO MOMENTO para descartar candidatos: EN LA CALIFICACIÓN! Como ven, a falta d sustento legal, se inventan todo lo q la norma NO DICE:
términos, procedimientos y etapas. Descaro total! Infelizmente para las “invenciones” d Quintana y Oyarte, si leemos la parte d la Ley q regula la “DEMOCRACIA INTERNA DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS”, notaremos q se habla d “precandidaturas” para referirse en general a todos quienes
participan en procesos d democ.interna, independientemente d si ganaron o aceptaron la precandidatura. Ejemplos d esto son los art.344, 347 y 352.
Así que sí, sr Quintana, Correa TIENE la calidad d precandidato desde q la lista 1 lo postuló a sus elecciones primarias. Jaque mate.
Pero piensen en los pobres abogados del CNE o del Contencioso tratando d hallar una base legal para sustentar tal mamarrachada? Y éste no es un tema menor, pues el debido proceso EXIGE q las decisiones d las autoridades estén siempre MOTIVADAS (léase: debidamente fundamentadas).
Imaginen un informe jurídico q diga: “Considerando la imponderable lógica cuántica d Quintana y Oyarte(…)se resuelve q el binomio Arauz-Correa NO EXISTE y es irremplazable”.
Tan grotesco era el argumento, q Quintana y Oyarte lo abandonan y buscan algo ligeramente menos ridículo.
Así, el 22 d septiembre, lanzan su más reciente invento:“Candidaturas q NO PROVENGAN DE PROCESOS DE DEMOCRACIA INTERNA deben ser DESCALIFICADAS(art.105.1.)”. Además señalan: “aquellas q no cumplen requisitos o generan inhabilidad, pueden subsanarse por reemplazo(art.104)”
y claro, para él “CORREA Y YAKU ENTRAN EN EL PRIMER ESCENARIO. Están fuera”. Como ven, para los Trujillo-boys, ahora resulta q Correa debe ser descalificado -según ellos- por no provenir de un proceso de democracia interna y -obviamente🙄no faltaba más- sin opción a reemplazo.
¿Notaron q Quintana reconoce q una inhabilidad HABILITA EL REEMPLAZO?(art.104) Exactamente lo contrario d lo q decía 13días antes: “estando inhabilitado, no puede inscribirse, y sin inscripción no hay rechazo ni reemplazo”. Criterio jurídico a merced d las necesidades políticas.
Veamos ahora d dónde surge su nueva “genialidad”. Quintana sostiene q el proceso d democracia interna se compone d 2fases:
-Elección primaria
-Aceptación d la nominación
Como Correa “no aceptó”, su proceso d democracia interna no concluyó y su candidatura debe ser descalificada,
con base en el art.108 d la Const. y 105.1 d la Ley, q -según Quintana- exige q los precandidatos provengan d procesos d democracia interna y d no ser el caso, da paso a “descalificar” candidaturas. Un aplauso a Oyarte y Quintana q -POR FIN- presentan un sustento legal tangible.
Ahora sí, pulvericemos este pobre remedo d argumento jurídico. Asumamos (d momento) q lo q interpreta Quintana es correcto, y q Correa al “no aceptar”, incumplió la 2da fase del proceso d democ. interna. ¿Será verdad lo q dice Quintana al respecto del art.105.1 d la ley? ¡Veamos!
-Qué dice el art.105.1?
“El CNE no podrá negar la inscripción d candidaturas SALVO en el caso d candidaturas q no provengan d procesos d democracia interna o elecciones primarias”
(Por cierto, si les indignó ver cómo se inventan normativa para fraguar “argumentos”, abróchense!)
-Cómo leen el art. Quintana y Oyarte?
“El CNE no podrá negar la inscripción d candidaturas SALVO en el caso d candidaturas q no provengan d procesos d democracia interna”
...Como q se les perdió algo, no?
¿Qué tan grave es OMITIR la expresión “o elecciones primarias”? ¡Adivinen!
Sigamos la lógica d Quintana. El proceso d democ.interna tiene 2condiciones: elecciones primarias y aceptación.
Aplicando el 105.1 MUTILADO POR QUINTANA, cabe preguntar: Correa viene d un proceso d democracia interna? NO, porq no tiene aceptación, así q CABE NEGAR su candidatura.
Ahora usemos el 105.1 SIN MUTILAR. Cabe preguntar: Correa viene d un proceso d democracia interna O ELECCIONES PRIMARIAS? Sí: aun si no concluyó la democ.interna, nadie cuestiona q GANÓ LAS PRIMARIAS. Al cumplir una d las 2condiciones, NO SE PUEDE NEGAR su candidatura.Jaque mate!
Su argumento “estrella” depende d un artículo mutilado. Lo increíble es q a esta farsa se suman 40“juristas”!
¿Qué pasa? No hay un solo abogado d derecha q sepa leer una norma? Pregúntenles cuánto es 2+2. No se sorprendan si responden “cuánto quiere q sea y cuánto me va a pagar”!
Y no crean q esto es lo único viciado en esta caricatura d argumento. ¿Notaron q el 105.1 habla de “negar” candidaturas? Pese a esto, Quintana, Oyarte y los 40 juristas, usan cuidadosamente sus palabras: NUNCA dicen “negar”, sino “DESCALIFICAR”, término q jamás aparece en la ley.
Por qué? Error inocente? NO! Saben q al decir “negar”, activarían la parte del Reglamento d Inscripciones pertinente a la “Negativa d candidaturas” q reconoce la ausencia d democ.interna como causal d negación (art.13.a) y q señala cómo proceder en tal caso: EL REEMPLAZO(art.14).
Es más, recuerdan las “2 fases” d democ.interna d Quintana? Eso NO CONSTA ni en la Constitución ni en la Ley. De dónde sale entonces? Quintana las “deduce” d la famosa Disp. Transitoria 2da del Reglamento d Democracia Interna 2020 (puesta con dedicatoria para bloquear a Correa),
y q cataloga la “aceptación” como acto “expreso, indelegable y personalísimo”; y q el CNE interpretó como “presencial” para rechazar la aceptación telemática d Correa.
Noten el uso d normas a conveniencia: con la Transitoria del un Reglamento, fraguan la “falta d democ.interna”..
..q luego usan para activar el art. 105.1 d la Ley, pidiendo “descalificar” al binomio, pero evitan hablar d “negación” para impedir q se active EL OTRO REGLAMENTO (el de Inscripciones) q norma la NEGACIÓN DE CANDIDATURAS y habilita el reemplazo. Esto no solo demuestra mala fe..
..sino el irrespeto y prostitución de su propia profesión pues, en vez de interpretar las normas en su conjunto, de modo integral y armónico, toman ÚNICAMENTE LAS QUE CONVIENEN a su procaz pretensión: impedir la inscripción del binomio y apuñalar la democracia.
Por último, quién mejor para desmentir los embustes del dr.Quintana sobre los procesos d democracia interna, q el propio dr.Quintana. Recordemos q Quintana llegó a decir q tanto Correa como Yaku debían ser “descalificados”, ambos por “no provenir d procesos d democracia interna”.
Pero días antes (cuando aún defendía aquello d eliminar al binomio Arauz-Correa debido a q Correa "no existe” como precandidato) ante la pregunta “qué pasaría con Yaku?” Quintana respondió tajantemente: “el efecto debería ser el mismo, la descalificación”. Con un pequeño “pero”:
“el efecto debería ser el mismo, PERO LA RAZÓN ES DIFERENTE: su precandidata vicepresidencial NO PROVIENE DE UN PROCESO DE DEMOC. INTERNA”. Quintana reconoce q d los 2binomios, aquél q NO PROVIENE d democ.interna, es Yaku. No Correa! Ese es Ismael Quintana: argumentos a la carta.
Ahí los tienen, prostituyendo su práctica para impedir la participación democrática. Se entiende el calificativo d “prostitutos jurídicos”? Tengan la certeza q si alguno responde, no será con sustento legal, sino con las típicas frasecitas condescendientes q disfrazan su bajeza.
Por último, sepan q ES ESTE ARGUMENTO de la “falta d democracia interna”, el q presentó ante el Tribunal Contencioso Electoral ese insulso recadero de la oligarquía, Michael Aulestia, aupado por 40 juristas sin sangre en la cara. ¡Con esa payasada quieren impedirnos participar!
No hay más q decir. Ahí tienen todos los elementos para defender la Democracia en cada mesa, en cada grupo, en cada espacio, en cada calle. Sin excusas. No nos negarán la participación con engaños, tergiversando leyes, ni mutilando normas. @TCE_Ecuador#NoNosRobaranLaDemocracia!
• • •
Missing some Tweet in this thread? You can try to
force a refresh
Hasta q llegó el día...
Un Papa pide -sin eufemismos ni tapujos- q se lleve a la práctica eso de "Ama al prójimo como a ti mismo" y se le tilda de comunista.🙄
¿Qué sigue?¿Excomulgar a Jesucristo por mandar un representante que se atreve a criticar el dogma neoliberal?
Abro hilo.
Noten q el Papa no "atacó" la propiedad privada. Solo dijo q es un derecho "natural secundario" y q la tradición cristiana no lo reconoce ni como intocable ni como absoluto. Es decir señaló q la propiedad privada NO ESTÁ POR ENCIMA DE TODO. Qué clase d enfermo ve ahí un ataque?⬇️
Es más, en línea con una visión ética q busca el bien común, el Papa habla de "la función social DE CUALQUIER FORMA DE PROPIEDAD PRIVADA", señala q "el mercado no resuelve todo" y pide no tragarse el "dogma neoliberal". Noten q nunca dice q el mercado "no resuelve nada"...
La sentencia fue un golpe duro; y aunque predecible y fraudulento, no por ello menos doloroso. Negarlo sería engañarse. Pero perder una batalla no significa perder la guerra. Y sí, por si alguno no se ha dado cuenta, estamos en guerra: una guerra por la democracia.
Abro hilo.
Duele ver a quien dio todo por cambiar al país, condenado por un manojo d corruptos.
Lo más triste es q no fue un golpe al correísmo: fue contra todo el q ose querer cambiar las cosas.
El mensaje es claro: "no cederemos nuestros privilegios y castigaremos a quien los cuestione".
Yo tenía unos 16 años cuando, un día, mi taita me sentó en la sala y me preguntó: "cuáles son los 3 poderes del Estado?"
"Ejecutivo, legislativo y judicial", respondí.
Me dijo: "No. Los 3 poderes del Estado son: el poder económico, el poder administrativo y el poder represivo."
En las últimas horas, muchos han mostrado aprensión respecto de la viabilidad política del binomio d la RC.
Comprensible, tras casi 4años de persecución. No obstante, lo q busca el gobierno es que perdamos la calma y demos un paso en falso. No caigamos en su juego! Abro hilo...
Desde q Correa se presentó en el CNE(por medio d su Dispositivo Móvil d Presencia Virtual)para aceptar su candidatura, junto con Andrés y Pierina, todos caímos en el juego del gobierno: centrarnos en los términos "expresa, indelegable y personalísima", dejando de lado lo d fondo.
(Digan lo q digan,↖️es buen meme)
El gob y sus voceros han jugado muy bien sus cartas, creando la ilusión d q no hubo modificación del reglamento y d q a Correa se le aplicó la misma norma de 2012. Karma Correísta, le han dicho. Empecemos desmontando esa mentira tan bien contada.
Hace 12 días empezó a regarse el rumor d q "un perfecto desconocido" sería candidato por la Revolución Ciudadana.
Aunque buscaron minimizarlo y dijeron q era un chiste, hoy nadie se ríe. Hagamos un balance d lo q ha sido la llegada d Andrés Aráuz a la lid electoral.
Abro hilo.
La derecha estaba lista para enfrentar a un candidato "convencional" del correísmo. Seguramente estuvieron meses planificando ataques contra Pierina, Marcela o Gustavo Jalkh.
Pero Arauz los descoloca por completo y los pone a correr buscando algo -cualquier cosa- en contra suya:
..que si firmó tal cosa o q si dijo tal otra...🙄
Pero no hace falta ir muy lejos: como todos saben, la "fiscal maravilla" es un sabueso dedicado a perseguir correístas. ¿Por qué entonces, hasta el día de hoy, no existe en Fiscalía NINGUN EXPEDIENTE ABIERTO CONTRA ANDRÉS ARAUZ?
Hasta hoy evité hablar de posibles candidatos, porq creo q eso abona a divisionismos internos y agendas grupales.
En vez d eso, aguardé pacientemente por la decisión del partido, esperando no ver los errores del pasado. Hoy q la decisión está tomada, abro hilo sobre Andrés Aráuz.
Empiezo con la pregunta q muchos deben tener en su mente: ¿será que aprendimos de los errores pasados?
Creo q la mejor forma de responder a eso es ésta:
Andrés Aráuz es TODO LO OPUESTO a Lenin Moreno.
Moreno era un tipo sin preparación, sin claridad política, sin convicciones
Un tipo q nunca frenteó nada, no se peleaba ni incomodaba a nadie: contaba cachos y daba charlas motivacionales. Quizá su solo "mérito" era ser el único al que "favorecían las encuestas". Tal vez por eso los Fander/Barrera presionaron por su candidatura. Querían exactamente eso:
Como saben, el @Micc_Ec le hizo un flaco favor a @LeonidasIzaSal1 con un twit totalmente desubicado(img 1). Y luego Iza empeoró las cosas echando más leña al fuego (img 2y3).
Dadas las reacciones q eso generó, creo prudente ir más allá d la "primera impresión".
Abro hilo.
Si Yaku Pérez/L. Tibán/S. Quishpe/J.Vargas, lanzan sus precandidaturas gritando su odio al correísmo, a nadie sorprende. Pero si lo hace Iza, agita las aguas. Por qué? Porq quienes vieron en él un cambio en la dirigencia indígena y un retorno a las bases, esperaban algo distinto.
Entonces verlo referirse a la RC con expresiones tipo "falsa Revolución/criminalización/enemigo d las organizaciones/gobernó para los grupos de poder/permitió redes corruptas", molestó a más de uno y generó varios tipos de reacciones, algunas con un preocupante tinte racista: