Europa Press condenada a rectificar una noticia sobre la web ROJADIRECTA. La sentencia dice que la noticia tenía afirmaciones falsas sobre un proceso judicial y obliga a Europa Press a rectificar y enviarle la rectificación a los medios a los que mandó la noticia errónea. HILO👇
Europa Press publicó y difundió entre los medios que LaLiga, tras llevar a juicio a ROJADIRECTA, había conseguido que el Supremo de Dinamarca dictara sentencia declarándola ilegal.
Por considerar que TODAS esas afirmaciones son falsas, les pedimos rectificación por burofax.
En el burofax les dijimos que:
- La resolución no era una sentencia sino un auto de medidas cautelares
- No se dictó tras ningún juicio sino antes de iniciar el propio procedimiento e incluso antes de la demanda
- No está dictado por el Tribunal Supremo
- No declara la web ilegal
Ese mismo burofax se envió a EFE y algunos medios publicaron nuestra rectificación. Así lo hizo por ejemplo MARCA.
Sin embargo Europa Press nos contestó que se nega a rectificar porque consideraba a LaLiga una "fuente fiable". Así que les demandamos.
Con la demanda aportamos una traducción jurada de la resolución de la que había "informado" Europa Press, que dejaba claro que esas afirmaciones eran falsas. El juzgado, en una sentencia firme por no recurrida, condena a Europa Press con un fallo interesante por inusual👇
La sentencia dice que Europa Press se opuso a la rectificación pese a reconocer la inexactitud de los hechos contenidos en su publicación. Las razones por las que una agencia de noticias va a juicio para resistirse a corregir una noticia que reconoce como inexacta, se me escapan
La sentencia condena a Europa Press y a su director a rectificar la noticia (y no solo a publicar "nuestra versión", como es lo usual), a publicarla en su web y a remitirla a los mismos medios a los que mandó la noticia errónea, así como a las costas del procedimiento. El fallo:
Las querellas infundadas por delitos de opinión no deben admitirse porque su objeto es anunciarlas y promocionarse. Del mismo modo que la venta de armas es más causa de las guerras que las guerras causa de la venta de armas, esos pleitos existen solo por el negocio de la querella
La clásica frase de Sálvame de "te voy a poner una querella criminal" (redundancia incluida) suele decirse como si la querella en sí misma fuera el propio mal que se quiere infligir, con independencia del resultado del pleito. Cuando esté muy claro que ese es el caso: inadmisión
Una vez admitida, por el automatismo con el que se suele actuar, es ya muy difícil para el juez instructor archivarla, porque los motivos que tiene para hacerlo son los mismos que tuvo en su día para inadmitirla. Esta contradicción suele resolverse llevando el asunto a juicio.
Incrusto un fragmento con la introducción a la noticia.
Y aquí dejo el link al vídeo completo explicando cómo se ha venido criminalizando cualquier alternativa de ocio que hiciera competencia a la que fuera dominante en cada época👇
Alucináis con lo de Lola Flores porque no os he contado el día que una empresa quiso cobrarme derechos de autor para SGAE por unas psicofonías. Os lo cuento brevemente en este HILO 👇
Las empresas que fabricaban las copias de CD y DVD con tu música incluían en el precio los derechos de autor para SGAE. Había autores enfadados porque ellos no pertenecían a SGAE, así que pagaban a los autores (que eran ellos) dándole dinero a una entidad en la que no estaban.
Quise ver hasta qué punto las empresas cobraban esta tasa con automatismo, así que les mandé un mail en el que les decía que quería sacar una tirada de CD que contendrían únicamente psicofonías. Es decir, VOCES DE GENTE YA MUERTA. ¿Tenía que pagar a SGAE? Me dijeron que sí.
No es cierto que la condena a Mongolia sea por usar la imagen de Ortega Cano y no sea por vulnerar su honor. Ha sido por ambas cosas: se ha considerado que el uso de su imagen es degradante y vejatorio, lo que vulnera su derecho a la imagen (por usarla) Y a su honor (por vejarlo)
En lo que respecta al uso de la imagen, dice que su uso paródico responde EXCLUSIVAMENTE a un fin económico y no satírico, pues promociona un espectáculo. Con esa visión, este tipo de sátira se veda a quienes participan del tráfico económico: cómicos o revistas satíricas.
La decisión de que ese uso paródico de su imagen vulnera también el honor de Ortega Cano, creo que es contrario a la libertad de expresión porque se realiza en un contexto humorístico, sobre un personaje de proyección pública y con episodios polémicos que se prestan a esa sátira.
Aquí va otra historia de juicios. Es la historia de una persona a la que un día la vida se le paraliza porque, sin saber de qué va la cosa, se ve involucrada en un proceso penal en el que le piden cárcel. La razón: un error de conceptos en una pericial informática. HILO👇
Sergio (nombre inventado) recibe una citación para declarar como investigado. Se le imputa haber realizado diversas publicaciones en internet que perjudicaron gravemente a María (también invent).
Sergio va a declarar tranquilamente porque no hizo esas publicaciones. No conoce de nada a María ni tiene razón alguna para perjudicarla. Cuenta eso ante el juez y se va a casa. Él todavía no sabe que le quedan 3 años de procedimiento penal ni que el fiscal le pedirá cárcel.
Hoy ha sido noticia el caso de dos personas mandadas a juicio por comentarios en un foro sobre la calidad de su vivienda y que el juez considera posiblemente DELICTIVOS. Os cuento aquí qué ha pasado exactamente con este caso en este HILO👇
Nos llega una querella de una promotora inmobiliaria y que para mí es tan absurda que no entendí cómo se admitió a trámite. Se acusa de escribir comentarios denigratorios en un foro por quejarse de las calidades de una vivienda que para la promotora estaban bien.
La querella dice que los comentarios de los querellados afirmaban hechos que sabían que eran falsos, porque dicen que las calidades de su vivienda eran una basura, cuando en realidad eran excelentes y de hecho la recibieron sin poner ninguna objeción.