Todas las personas tenemos derecho a presentar denuncias administrativas contra actos de corrupción.
Sin embargo, uno de los mayores problemas que enfrentamos es que las autoridades no investigan, ya sea por negligencia, incapacidad o por acuerdos políticos de impunidad.
¿Qué podemos hacer contra estos acuerdos de impunidad?
Según el Poder Judicial: nada. No teníamos derecho a defendernos, ni siquiera a través de demandas de amparo.
Solo el Estado podía participar en el combate a la corrupción; los ciudadanos éramos simples espectadores.
Sin embargo, ya logramos revertir ese criterio.
La Suprema Corte reconoció que cualquier denunciante de responsabilidades administrativas puede ampararse contra los acuerdos de impunidad que se dicten en la investigación o en el enjuiciamiento de un acto de corrupción.
Este criterio ahora es jurisprudencia obligatoria para todos los juzgados y tribunales federales.
Se logró a través de la contradicción de tesis 253/2020.
Uno de los criterios en contradicción viene de un amparo que presentamos en @MXvsCORRUPCION contra un carpetazo de la SFP.
Para las abogadas: la SCJN resolvió que los denunciantes tenemos interés jurídico para impugnar cualquier acto u omisión en la investigación o substanciación contra faltas administrativas graves, siempre y cuando se agote el principio de definitividad.
No estoy de acuerdo con la condición de agotar el principio de definitividad, pero es un obstáculo menor.
Lo importante es que ya podremos impugnar cualquier acuerdo de impunidad en la Secretaría de la Función Pública.
1. Todavía no es Ley. Falta que pase por la Cámara de Diputados.
2. Si la aprueban, sería inconstitucional. Según la Constitución, el presidente de la Suprema Corte solo puede durar 4 años.
3. Podría ser impugnada a través de amparos...
y acciones de inconstitucionalidad presentadas por el 33% de cualquiera de las Cámaras del Congreso o la CNDH (já).
4. El problema es que le tocaría a la misma Suprema Corte resolver estos casos. El ministro Zaldívar sería juez y parte en su propio caso.
5. El Senado quiere ampliar la presidencia de Zaldívar en la Corte y en el Consejo de Judicatura.
Esto violaría una de las principales garantías de la independencia judicial: que los jueces tengan periodos transexenales y sean independientes de mayorías políticas momentáneas.
Existen cinco formas de combatir jurídicamente la militarización decretada por AMLO esta semana.
Va la explicación.
¿Quiénes pueden impugnar el decreto?
1. El 33% de la Cámara de Diputados. 2. La CNDH. 3. Organizaciones civiles. 4. El Congreso de la Unión.
¿Qué se impugna?
Un acuerdo publicado el lunes en el DOF, en el cual AMLO ordenó el despliegue de las Fuerzas Armadas para realizar actividades policiales durante los próximos 4 años en todo el territorio nacional, sin controles efectivos y sin subordinación a los civiles.
Estas son las formas en que puede impugnarse esa militarización.
Si se hace bien, la Suprema Corte (SCJN) podría invalidar el acuerdo de AMLO y regresar a los militares a sus cuarteles, al menos por ahora.
¿Por qué la @SEDENAmx adjudicó 1,350 MDP para comprar ventiladores a la empresa de varios priístas exfuncionarios de @EPN?
¿Por qué su domicilio está en un lote baldío?
¿Por qué intentaron esconder el contrato haciéndolo confidencial?
¿Por qué contrataron con el exsenador José María Tapia, que manejaba los recursos del Fondo de Desastres Naturales (Fonden) que AMLO acusó de corrupción y que tuvo varias observaciones de la Auditoría Superior de la Federación?
¿Por qué firmaron el contrato con Edwin Alejandro Medina, quien fue operador priísta y trabajó para una ONG que posiblemente es fantasma y fue demandada por el Conaculta por 11 MDP?