2) Una noticia que ha pasado desapercibida.
¿Qué Francia expulsa administrativamente a un ciudadano de la UE?
¿Eso no es contrario al derecho europeo?
El hecho que pase, no significa que el ciudadano (aunque sea un incívico) no pueda reclamar una indemnización al estado francés.
3) Vale que la justicia francesa no le dará la razón, que ha sido expulsado en base a un convenio bilateral.
¿Un convenio bilateral puede ser contrario al derecho europeo?
Y tanto que al final el TJUE puede condenar a Francia.
🤔 Y por que será que me he acordado de una cosa. 🤪🤪🤪🤪
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“Cosa ya juzgada” (non bis in idem) en el seno de la UE.
2) Érase una vez un ciudadano alemán que un juez americano le acusaba de Corrupción, blanqueo y estafa.
El caso fue visto por la fiscalía alemana y dijo que nada de delitos, en todo caso una falta administrativa.
El caso fue revisado por un juez alemán que dio el visto bueno.
3) El ciudadano alemán pago la multa.
El juez americano no acepto la decisión alemana (¿nos empieza a sonar?) y dicto una orden internación de detención (notificación roja de Interpol).
1) Es su día dije:
“La vía negociada es posible, porque la vía unilateral es factible”.
En palabras de @vpartal, independentismo reformador versus independentismo rupturista.
2) También dije:
“La vía unilateral no depende de la vía negociada, pero la vía negociada si depende de la vía unilateral”.
3) Y también:
“Contra más tiempo pase sin resolverse el problema por la vía negociada, la vía unilateral que no depende de asuntos internos, dejará sin juego a la vía negociada”
En la societat actual, si algú vol canviar la societat de veritat, necessita una revolució.
Només les revolucions són capaços de fer por.
2) Catalunya està en una cruïlla de camins.
A un costat hi ha el camí de les reivindicacions socials i a l'altre costat hi ha la reivindicació d'identitat sobirana (identitat lliure).
3) Contra les reivindicacions socials el capitalisme està preparat, contra la reivindicació de lliure sobirania NO.
En l'actualitat si algú vol avenços socials, primer ha de reivindicar la sobirania personal i / o comunitària.
2) Por poner un solo ejemplo de confluencias de caminos en el terrero inexplorado, la justicia escocesa tiene que decidir si traslada la causa a Bélgica. El motivo es la residencia de Posantí.
3) Plantear la residencia solo tiene sentido si no hay fuga o nunca hubo fuga a la justicia.
Si Bélgica acepta la causa acepta el argumento.
2) Normalmente un mensaje ha de tener en cuanta al receptor y para que sea efectivo ha de tener argumentos escalonados, que hagan más fácil su asimilación.
Catalunya tiene “presos sociales” y “presos políticos” (segun la visión del receptor del mensaje).
3) Una democracia consolidada difícilmente aceptará que España tiene presos políticos, la razón es que en sus sistemas es efectiva la inmunidad parlamentaria y simplemente no tienen presos políticos.