El acceso a la función pública debe hacerse respetando los principios de igualdad, merito y capacidad, pero, ¿significa esto que deba hacerse necesariamente por medio de oposición libre? #Hilo
Creo que todo el mundo está al corriente del conflicto existente entre empleados públicos temporales en abuso de temporalidad y opositores que defienden el turno libre. Todos ellos tienen para defender su posición, sin duda.
Pero la clave es que el acceso debe hacerse respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad. Luego la pregunta es...

¿Realmente se respetan estos principios?
En primer lugar, es una falacia afirmar que los procesos selectivos deben ser de acceso libre mediante el sistema de oposición.

El EBEP permite el acceso a la condición de funcionario por oposición, concurso-oposición o concurso de méritos (cuando se disponga por ley)
Respecto del personal laboral, se podrá acceder a a condición de personal laboral fijo por oposición, concurso-oposición o concurso de méritos (sin necesidad de habilitación legal)
En resumen, eso de las exigencias constitucionales de igualdad, mérito y capacidad no implican que el sistema sea la oposición libre.
Por otra parte, el acceso por oposición libre, para tener unas mínimas posibilidades de conseguir plaza implica tiempo (años de estudio) y dinero (preparadores, academias, temarios, etc.)
Esto significa que las capas menos pudientes de la sociedad no pueden permitirse, salvo casos extraordinarios de capacidad y sacrificio, en empleados públicos con plaza en propiedad.
Millones de personas no pueden permitirse estar uno, dos o tres años sin trabajar, del mismo modo que tampoco tienen capacidad económica para sufragar el coste de preparación de las oposiciones.
Si realmente queremos que el acceso sea en igualdad, entonces habrá que dotar a todas las personas de las mismas posibilidades. Academias y preparadores gratuitos en función de la renta. Temarios accesibles, etc.
Es de sobra conocido, además, que hay procesos selectivos viciados, con tribunales a medida, preguntas filtradas, etc. Solo hay que ver los periodicos.
Si a esto le sumamos que hay cientos de miles de empleados que han sufrido abuso en su contratación temporal, pues está claro que el sistema NO funciona.
Finalizo. Siento si no gusta, pero en esta compleja ecuación la parte más débil son los empleados públicos que han sufrido abuso. Comprendo que moleste, pero en esta vida no se puede contentar a todo el mundo.

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27 Aug
Muy aberrante no debe ser cuando la equiparación salarial por trabajo de "igual valor", aunque se trate de diferentes categorías profesionales, lo exige la Directiva 75/117, el Estatuto de los Trabajadores, el TC y el TS...pero que sabré yo.

libremercado.com/2021-08-26/una…
Art. 1 Directiva 75/117:

(...) El «principio de igualdad de retribución», implica para un mismo trabajo o para un trabajo AL QUE SE ATRIBUYE UN MISMO VALOR la eliminación, en el conjunto de los elementos y condiciones de retribución, de cualquier discriminación por razón de sexo
Art. 28.1 ET:

El empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de IGUAL VALOR la misma retribución, (...), sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o condiciones de aquella
Read 10 tweets
28 Jul
¿Sabíais que en plena pandemia se premiaba económicamente a los gerentes de centros hospitalarios públicos por contratar el menor numero de trabajadores posibles? Pues ya lo sabéis, así está el país.
¿O que se obliga a trabajar a enfermeras embarazadas en el área de urgencias, hasta el punto de dar a luz en turno de noche a 3 días de salir de cuentas?
O que en abril de 2021 se dejan sin efecto los contratos COVID, los cuales no se han renovado a pesar de encontrarnos con una nueva ola que está colapsando primaria y está aumentando la presión hospitalaria.
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23 Jul
Importante. Estamos recibiendo cientos de llamadas en relación con el derecho de los interinos de más de 10 años a un acceso mediante concurso de méritos. esta medida NO existe, NO está en el BOE, NO sabemos si realmente llegará a entrar en vigor y en que términos.
En resumen, estáis dando por hecho algo que no sabemos si se llegará a producir y en que condiciones. El objetivo ya lo han conseguido con el globo sonda, que os pongáis nerviosos y penséis que la política solucionará con una varita mágica una bola de nieve de hace 15 años.
Si eres interino en vacante desde hace más de tres años: demanda

Si eres temporal encadenando contratos/nombramientos desde hace más de tres años en el mismo puesto: demanda

Solo así tendrás opciones de estabilizar el puesto o acceder por concurso de méritos.
Read 5 tweets
21 Jul
@In_AyA_we_trust Es decir, concurso de méritos para aquellos interinos que lleven más de 10 años en el mismo puesto y que este nunca se haya incluido en ninguna OPE...es decir, el 1% de los afectados (como mucho)
@In_AyA_we_trust Las plazas ocupadas por interinos se incluyen en las OPE, con independencia de que estas se cubran finalmente o no en función del resultado del proceso, pero ofertadas están, luego ya no se aplica la excepcionalidad.
@In_AyA_we_trust En Educación el nombramiento interino es anual, por lo que tampoco están 10 años con el mismo vínculo, luego también se quedan fuera.
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21 Jul
Comentario a vuela pluma tras las supuestos acuerdos para la tramitación del RDL 14/21 (#Icetazo)
1. La excepción para los interinos que llevan más de 10 años se aplica siempre y cuando su plaza no se cubra en las futuras OPE. Es decir, no es que los interinos de 10 años se salven, se salvarán si su plaza no se cubre (al menos según los medios).
¿Qué significa esto? Pues que los interinos que ahora mismo ya estén con sus plazas en OPE y sean cesados en próximas fechas no se beneficiarán de esta medida (está por negociar).
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19 Jul
Pilar, precisamente por no tener de experiencia profesional nuestro sistema laboral dispone de modalidades específicas, como el contrato en prácticas o el de formación, donde el trabajador percibe un salario significativamente inferior al de un trabajador ordinario. (mini hilo)
Pero el becario (stagier) no solo aprende de uno de los "dioses" de la gastronomía, sino que al mismo tiempo ejecuta elaboraciones (al principio sencillas y cada vez más complejas) de las cuales el chef obtiene un rendimiento económico, ya que ese producto se sirve al cliente.
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